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FONDO DE INVERSIÓN SETF ENERGIAS RENOVABLES CHILE 2023-04-19 T-10:44

F

Santiago, 19 de abril de 2023

Señores
Comisión para el Mercado Financiero
Presente

HECHO ESENCIAL
FONDO DE INVERSIÓN SETF ENERGÍAS RENOVABLES CHILE

Administrado por
Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9? y en el inciso 2* del artículo 10 de la Ley
N?*18.045 sobre Mercado de Valores, y conforme a las disposiciones de la Ley 20.712 (la
“Ley”) y su Reglamento, informamos como hecho esencial del FONDO DE INVERSIÓN
SETF ENERGÍAS RENOVABLES CHILE (el “Fondo”), que con fecha 18 de abril de
2023, fue celebrada la Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo (la “Asamblea”) en
la cual se aprobaron siguientes materias:

A) Aumentar el capital del Fondo mediante la emisión y colocación de 100.000.000 cuotas

ii.

iii.
iv.

vi.

vii.

viii.

de iguales características a las ya existentes, en los siguientes términos:

Número de cuotas: 100.000.000 cuotas de iguales características a las existentes.
Precio de colocación: El precio de colocación será calculado según el valor cuota del
día hábil inmediatamente anterior a la fecha del aporte, en la forma señalada en el
artículo 10? del Reglamento de la Ley.

Plazo de colocación: El plazo de colocación será por toda la duración del Fondo.
Colocación: La colocación se efectuará directamente por la Administradora.

Forma de pago: Los aportes al Fondo serán pagados en pesos chilenos o moneda
extranjera, de acuerdo con los mecanismos de conversión establecidos en el
Reglamento Interno.

Cuotas no suscritas: En caso de no colocarse la totalidad de las cuotas, y vencido el
plazo de colocación, el número definitivo de cuotas del Fondo quedará reducido a las
cuotas efectivamente suscritas y pagadas al vencimiento de dicho periodo.

Opción preferente: De acuerdo a lo establecido en el artículo 52 del Reglamento
Interno y a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley, se propone que no exista oferta
preferente alguna sobre las cuotas emitidas.

Fracciones de cuotas: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento
Interno, el Fondo no contempla fracciones de cuotas, para cuyos efectos se devolverá
al Aportante el remanente correspondiente a las fracciones de cuotas.

Se deja constancia que dicha Asamblea fue auto convocada, habiéndose asegurado de
antemano la concurrencia de la totalidad de las cuotas suscritas con derecho a voto del Fondo,

según lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley, por lo que no fue necesario cumplir con las
formalidades de citación.

Sin otro particular, le saluda muy atentamente,

Claudio Yáñez Fregonara
Gerente General
p.p. Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d5908cd3382b5710a206e84f56a9eac8VFdwQmVVMTZRVEJOUkVVeVRucEJlVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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