Señores
LarramnVial”
ACTIVOS
Santiago, 30 de abril de 2021
Comisión para el Mercado Financiero
PRESENTE
HECHO ESENCIAL
FONDO DE INVERSIÓN LV-PATIO RENTA INMOBILIARIA |
Administrado por
Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos
En virtud de lo establecido en el artículo 9” y en el inciso segundo del artículo 10” de
la Ley de Mercado de Valores, en relación con el artículo 18” de la Ley N” 20.712,
debidamente facultado y en representación de Larraín Vial Activos S.A. Administradora
General de Fondos (la “Administradora”), sociedad administradora del Fondo de
Inversión LV-Patio Renta Inmobiliaria | (el “Fondo”), vengo en comunicar a ustedes
como hecho esencial que el Directorio de la Administradora en sesión de fecha 29 de
abril de 2021, acordó citar a las siguientes asambleas del Fondo (las “Asambleas”), a
celebrarse el día 17 de mayo de 2021, en Avenida El Bosque Norte 0177, piso 4, comuna
de Las Condes, Santiago:
A) Asamblea Ordinaria de Aportantes, a celebrarse a las 11:00 horas, con el fin de
tratar en ella las siguientes materias:
1.
Aprobar la cuenta anual del Fondo que presentará la Administradora,
relativa a la gestión y administración del Fondo y aprobar los estados
financieros correspondientes;
Elegir a los miembros del Comité de Vigilancia y fijar su remuneración, si
correspondiere;
Aprobar el presupuesto de gastos del Comité de Vigilancia;
Designar a la empresa de auditoría externa del Fondo, entre aquellas
inscritas en el Registro que al efecto lleva la Comisión para el Mercado
Financiero;
Designar al o los peritos valorizadores independientes que se requieren
para valorizar las inversiones del Fondo; y
Cualquier asunto de interés común de los Aportantes que no sea propio de
una Asamblea Extraordinaria.
B) Asamblea Extraordinaria de Aportantes, a celebrarse a las 11:30 horas, con el fin
de tratar en ella las siguientes materias:
1.
Modificación de la Sección 1.1 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de que dicha Sección sea consistente con el plazo máximo 60 días
corridos dispuesto para el pago de los rescates parciales de cuotas del
10.
11.
LarramnVial”
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Fondo, de acuerdo con lo señalado en las Secciones 4.1.3.2 y 4.1.3.3 del
Reglamento Interno del Fondo.
Modificación de la Sección 2.1 del Reglamento Interno del Fondo, la cual
se refiere al Objeto del Fondo, con el propósito de indicar el porcentaje
mínimo que deberá invertirse en activos asociados a la actividad
inmobiliaria.
Modificación de la letra a) de la Sección 2.2.3 del Reglamento Interno del
Fondo, con el objeto de especificar los instrumentos y activos en los cuales
podrá invertir el Fondo, con el fin de dar cumplimiento a su objeto.
Modificación de las Secciones 2.2.7 y 2.2.10 del Reglamento Interno del
Fondo, con el objeto de rectificar que el Fondo no podrá incurrir en ningún
tipo de inversión directa en bienes raíces, conforme a la prohibición
dispuesta en el Artículo 57 de la Ley Unica de Fondos.
Modificación de la Sección 2.3.1 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de regularizar los instrumentos de deuda de alta liquidez en los
cuales podrá invertir el Fondo.
Modificación de la Sección 3.1 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de especificar el valor cuota inicial del Fondo, conforme a lo
dispuesto en el número 1, letra F), Título 1.1 de la Norma de Carácter
General N* 365.
Ampliar la Sección 3.3.1.3 del Reglamento Interno del Fondo, con el fin de
especificar aquellos gastos en los que podrá incurrir la Administradora y
que serán de cargo del Fondo, en relación con los acuerdos e instrumentos
de financiamiento que se contraten por cuenta de Fondo, con el propósito
de dar cumplimiento al Objeto del Fondo, propiamente tal.
Modificación de la Sección 3.3.1.9 del Reglamento Interno del Fondo, con
el objeto de eliminar el término “Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras”.
Modificación de las Secciones 4.1.3.2, 10.1, 11.8 y 11.9 del Reglamento
Interno del Fondo, con el objeto de especificar que los días a los que dichos
plazos se refieren, son días corridos o hábiles, según corresponda en cada
Caso.
Modificación de la Sección 4.1.6 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de especificar el plazo máximo en el cual deberán pagarse las cuotas
objeto de las promesas que se hubieren suscrito a su respecto, conforme a
lo dispuesto en el literal f), letra G), Título 1.1 de la Norma de Carácter
General N* 365
Modificación de la Sección 4.1.8 del Reglamento Interno del Fondo, e
incorporación de nueva Sección 12.7 a dicho Reglamento Interno; con el
objeto de dejar constancia y especificar las condiciones en virtud de las
cuales procederá la aplicación del beneficio tributario dispuesto en el
artículo 107 de la Ley de Impuesto a la Renta.
LarramnVial”
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12. Modificación de las Secciones 6.2 y 6.3 del Reglamento Interno del Fondo,
referidas al cálculo del valor contable del Fondo, con el objeto de extender
el plazo para informar a los inversionistas y al público en general, el valor
contable del patrimonio del Fondo y el número total de cuotas en
circulación al 31 de enero de cada año, el cual de manera excepcional
podría informarse hasta el décimo día hábil del mes de abril del año
respectivo;
13. Modificación de la Sección 7.2.5 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de establecer que el Comité de Vigilancia se reunirá
ordinariamente, a lo menos, dentro del plazo de 30 días corridos contado
desde la publicación de los estados financieros trimestrales.
14. Modificación de la Sección 8.2 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de complementar el texto referido a la “Comunicación a los
Aportantes” y especificar la forma en la cual se remitirán los comprobantes
de rescate y canje de cuotas a los Aportantes, en atención a lo dispuesto
en las Secciones 4.1.5 y 5.2 del Reglamento Interno del Fondo.
15. Modificación de la Sección 19 del Reglamento Interno del Fondo, con el
objeto de especificar que el plazo allí indicado es de días corridos y de
esclarecer el mecanismo mediante el cual la Administradora asegurará el
pago a los Aportantes, respecto del monto de las indemnizaciones que a
cada uno de ellos le corresponda, en atención al número de cuotas que
mantengan a la fecha en la que el Fondo haya sufrido el perjuicio que
originó la indemnización. Lo anterior, en relación con aquellas
indemnizaciones que la Administradora perciba producto de aquellas
demandas en que ésta incurra por daños que se hubieren causado al Fondo.
16. Modificación del Anexo A del Reglamento Interno del Fondo, con el objeto
de reemplazar la celda “Remuneración Fija Mensual (IVA Incluido)”, por
una nueva celda que indique “Remuneración Fija Anual (IVA Incluido), en
atención a lo dispuesto en la Sección 3.2.1 del Reglamento Interno del
Fondo.
DERECHO A PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA
Tendrán derecho a participar en las Asambleas, los Aportantes que se encuentren
inscritos en el Registro de Aportantes en la medianoche del quinto día hábil anterior a
la fecha de su celebración.
PARTICIPACIÓN Y VOTACIÓN A DISTANCIA
En consideración a lo dispuesto por la Comisión para el Mercado Financiero en la Norma
de Carácter General N” 435 y en el Oficio Circular N” 1.141, ambos de fecha 18 de
marzo de 2020, se informa a los Aportantes que podrán participar y votar en las
Asambleas por medios tecnológicos, a través del sistema de videoconferencia.
Más detalles respecto de los mecanismos para conectarse al sistema de
videoconferencia, serán enviados por correo electrónico a cada uno de los Aportantes.
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CALIFICACIÓN DE PODERES
La calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de las Asambleas,
en el lugar de su celebración y a la hora en que deba iniciarse.
Sin otro particular, se despide atentamente,
Claudio Yáñez Fregonara
Gerente General
LARRAÍN VIAL ACTIVOS S.A.
ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS
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