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FONDO DE INVERSIÓN HMC CIP IX: FONDO DE INVERSIÓN HMC CIP IX 2025-07-14 T-19:04

F

Resumen corto:
Citación a Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo HMC CIP LX el 24 de julio de 2025, en Vitacura, para modificar reglamento y establecer tasa compensatoria, con participación remota permitida.

**********
Santiago, 24 de julio de 2025

Señores Comisión para el Mercado Financiero Presente

Ref, Comunica citación a Asamblea Extraordinaria de Aportantes Fondo de Inversión HMC CIP IX.

De mi consideración,

Por medio de la presente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N*

20.712 y a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N? 18.045 de Mercado de Valores, comunicamos en carácter de HECHO ESENCIAL, lo siguiente:

Por acuerdo del directorio de HMC S.A. Administradora General de Fondos, se citó a Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo de Inversión HMC CIP LX (en adelante, el Fondo), a celebrarse en primera citación, el día 24 de julio de 2025, a las 15:00 horas y en segunda citación el día 24 de julio de 2025 a las 15:15 horas, en las oficinas ubicadas en Av. Américo Vespucio Norte N? 2500, oficina 401, comuna de Vitacura, Santiago, con el fin de modificar la regulación relativa a las promesas de suscripción y pago de cuotas contenida en el reglamento interno y establecer el cobro de una tasa compensatoria respecto de aquellos nuevos inversionistas que firmen contratos de promesa, además de adoptar los demás acuerdos que sean necesarios para implementar las decisiones de la Asamblea, incluido el otorgamiento del texto refundido del reglamento interno del Fondo.

Podrán participar en la asamblea, con derecho a voz y voto, los aportantes que figuren inscritos en el Registro de Aportantes del Fondo en la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha en que haya de celebrarse la respectiva asamblea. Adicionalmente, se hace presente que, conforme lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 435 y el Oficio Circular N* 1141, ambos de la Comisión para el Mercado Financiero se permitirá la asistencia remota a la asamblea. Conforme a lo anterior, se acordó y aprobó la utilización de medios tecnológicos y procedimientos necesarios para acreditar la identidad de las personas que participen remotamente en ella o de su poder, en su caso, y su votación, los que serán oportunamente comunicados en la citación pertinente.

La calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la asamblea respectiva, en el lugar de su celebración y a la hora en que deba iniciarse.

Sin otro particular, saluda atentamente,

Ricardo Mogrovejo Morón Gerente General HMC S.A. Administradora General de Fondos

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e657b069f24613faa6f6b738c5d65bb7VFdwQmVVNVVRVE5OUkZFMVRtcG5kMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1752534301

Por Hechos Esenciales
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