LarramnVial”
ACTIVOS
Santiago, 24 de marzo de 2021
Señores
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
, HECHO ESENCIAL
FONDO DE INVERSIÓN ACTIVA DEUDA HIPOTECARIA CON SUBSIDIO HABITACIONAL ll
(“FONDO”)
REF.: COMUNICA ACUERDOS ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES FONDO DE
INVERSIÓN ACTIVA DEUDA HIPOTECARIA CON SUBSIDIO HABITACIONAL Il
De nuestra consideración:
En virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley N* 20.712, por medio de la
presente, comunico en carácter de Hecho Esencial respecto del Fondo lo siguiente:
En Asamblea Extraordinaria de Aportantes, celebrada el día 23 de marzo de 2021,
se acordó:
1. Modificar el Reglamento Interno del Fondo y crear una nueva serie de cuotas
denominada Cuotas Serie l, las cuales solo podrán ser suscritas y deberán ser
mantenidas en todo momento por /i/ Administradoras de Fondos de Pensiones;
y /1i/ Compañías de Seguros de Vida, y gozarán de los mismas beneficios y
características de las cuotas Serie A existentes.
2. Aumentar el capital del Fondo mediante la emisión de cuotas de la nueva serie,
en los siguientes términos y condiciones:
i. Monto de la emisión: 150.964.997 pesos;
ii. Serie de Cuotas: Serie |.
iii. Número de Cuotas: 5.000.000 Serie 1.
iv. Precio de colocación de las Cuotas: El precio de colocación será
equivalente al valor cuota vigente de la serie A.
v. Plazo de colocación de las Cuotas: Hasta el 20 de noviembre de 2023.
vi. Colocación: La colocación podrá efectuarse directamente por la
Sociedad Administradora y/o sus agentes colocadores, o a través de los
medios remotos habilitados por la Administradora o sus agentes
colocadores, en la medida que la Administradora o dichos agentes
cuenten con los medios remotos habilitados que se indican en el
Contrato General de Fondos.
vii. Forma _de pago: Al contado, en dinero efectivo, vale vista bancario,
depósito en cuenta corriente, cheque o transferencia electrónica.
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ACTIVOS
viii. Valores no suscritos: La emisión no se sujeta a condición alguna de
colocación. Terminado el periodo de colocación, el número definitivo
de Cuotas del Fondo quedará reducido a las Cuotas efectivamente
suscritas y pagadas al vencimiento del plazo de colocación.
El Presidente hace presente que en virtud del artículo 24 del
Reglamento Interno del Fondo y del artículo 36 de la Ley 20.712, la
opción para suscribir cuotas de la nueva emisión de cuotas del Fondo,
deberán ser ofrecidas, a lo menos por una vez, preferentemente a los
aportantes del Fondo a prorrata de las cuotas que posean. Para estos
efectos, se contemplará un período de 30 días de opción preferente de
suscripción de Cuotas para los aportantes que figuren inscritos en el
Registro de Aportantes del Fondo con al menos 5 días hábiles de
anticipación a aquél en que se dé inicio al período de opción preferente
y que cuenten con los requisitos de establecidos para la nueva serie.
3. Adoptar los demás acuerdos necesarios para llevar a efecto lo resuelto por la
asamblea.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud. ,
Claudio Yáñez Fregonara
Gerente General
Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1c6284dcfa7b953858de90afc8547e5cVFdwQmVVMVVRWHBOUkVWNFRVUk5kMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108