FIRST FACTORS
SERVICIOS FINANCIEROS
Santiago, 16 de diciembre de 2011.
HECHO ESENCIAL
First Factors S.A.
Sociedad Anónima Cerrada
Inscripción Registro de Valores: 1068
Sr.
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Avda. Libertador Bernardo O’Higgins 1.449
Presente
Ref: Informa determinación de Política General
de Operaciones ordinarias y habituales.
De mi consideración,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley 18.046 de Sociedades
Anónimas y artículo 9” e inciso 2” del artículo 10 de la Ley N” 18.045 sobre Mercado de
Valores, encontrándome debidamente facultado al efecto, vengo en informar en carácter de
Hecho Esencial, que en Sesión de Directorio celebrada con fecha 15 de diciembre de 2011 se
acordó adoptar las políticas generales de la compañía relativas a operaciones ordinarias y
habituales en consideración al giro social y que se detallan a continuación:
Se entenderá por operaciones ordinarias de la sociedad, en consideración a su giro,
todo acto, contrato, negociación u operación que se enmarque dentro de su objeto social.
Por su parte, el directorio del mismo modo, acordó que se entenderá por operaciones
habituales aquellas que se desarrollan en atención a su giro y que son necesarias para el
normal desarrollo de su actividad empresarial.
FIRST FACTORS
SERVICIOS FINANCIEROS
Ley de Sociedades Anónimas, norma que ha solicitud del directorio, se reproducirá en la
correspondiente Acta.
De conformidad con lo previamente señalado, y sin que la enumeración sea taxativa
sino meramente ilustrativa, el Directorio señaló que se entenderán como operaciones
ordinarias y habituales de la sociedad las siguientes operaciones:
1.- Contratos de factoring, de leasing, de cesión de créditos, de mandato para
constitución de garantías y suscripción de pagarés, y cualquier otro contrato accesorio que
garantice éstos;
2.- La compraventa de bienes raíces y muebles para entregarlos en arrendamiento con
opción de compra, y cualquier otro contrato accesorio que garantice los contratos de leasing.
3.- La celebración de contratos de seguro de daños a la propiedad, vida, incendio y
cualquier otro relacionado con las operaciones de la compañía;
4.- La celebración de contratos que pretendan dar financiamiento a la sociedad para el
desarrollo de su giro y que se contraigan con personas o empresas relacionadas en los
términos del artículo 146 de la Ley 18.046 , como cuentas corrientes mercantiles, contratos de
mutuo, o cualquier otra que pretenda el fin señalado;
5.- La colocación de instrumentos de deuda y todas las operaciones vinculadas a esta
forma de financiamiento de inversiones;
6.- La contratación y la prestación de servicios financieros, legales, y cualquier otro
relacionado con el giro social;
El Directorio acordó que las operaciones con partes relacionadas que se realicen por
tener éstas el carácter de ordinarias y habituales en consideración al giro y a las políticas
establecidas, deben tener por finalidad el contribuir al objeto social y ajustarse en precio,
término y condiciones a aquellas que prevalecen en el marcado.
El Directorio por unanimidad acordó que la presente política entrará en vigencia una
vez que el acta se encuentre firmada por todos los asistentes, hecho que no ha ocurrido a esta
fecha, pero del que se informará a la Superintendencia por la vía correspondiente y se tendrá a
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SERVICIOS FINANCIEROS
El Directorio por unanimidad acordó que la presente política entrará en vigencia una
vez que el acta se encuentre firmada por todos los asistentes, hecho que no ha ocurrido a esta
fecha, pero del que se informará a la Superintendencia por la vía correspondiente y se tendrá a
disposición de los accionistas y terceros en las oficinas sociales y en el sitio internet de la
empresa.
Sin otro particular saluda tamente a Ud,
Carlos Baudrand Saavedra
Gerente General
First Factors S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a879a60e9e9f8cc272574e349e9a833dVFdwQmVFMVVSWGxOUkVVelQwUkJlazUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909