Resumen corto:
Citación a Junta de Tenedores de Títulos de Deuda Securitizados de Fintesa Securitizadora S.A. el 17/06/2024 a las 11:00 para liquidar Patrimonio Separado y modificar Contrato de Emisión. Firmado por José Miguel Abukhalil Álamo, Gerente General.
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Santiago, 30 de mayo de 2024
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta
Comisión para el Mercado Financiero Presente
HECHO ESENCIAL
FINTESA SECURITIZADORA S.A.
En virtud de lo establecido en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N* 18.045 sobre Mercado de Valores, debidamente facultado y en representación de Fintesa Securitizadora S.A. (la Sociedad, sociedad emisora de los Títulos de Deuda de Securitización Desmaterializados Series BSABN-ABH, BSABN-BBH y BSABN-CBH (los Títulos, con cargo a la formación de patrimonio separado (el Patrimonio Sepatrado), según Contrato de Emisión de Títulos de Deuda de Securitización con Formación de Patrimonio Separado que consta en la escritura pública de fecha 4 de julio de 2002, otorgada en la notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, y sus modificaciones posteriores (el Contrato de Emisión), vengo en comunicar a ustedes como hecho esencial que Banco de Chile, en su carácter de Representante de los “Tenedores de Títulos, a solicitud de la Sociedad, ha citado a los Tenedores de los Títulos a una Junta de Tenedores de Títulos de Deuda Securitizados de las Series referidas a celebrarse el día 17 de junio de 2024, a las 11:00 horas.
La Junta se ha citado con el siguiente objeto:
1. Acordar la liquidación del Patrimonio Separado, y sus términos, designando especialmente al liquidador del Patrimonio separado;
2. Acordar las modificaciones al Contrato de Emisión relativas a los plazos, montos y vencimiento de los Bonos, así como el reemplazo de las respectivas tablas de desarrollos de los Bonos, contenidas en el Contrato de Emisión;
3. Pronunciarse sobre la forma de enajenación de los activos que forman parte del Patrimonio Separado, en caso de corresponder;
4. Pronunciarse sobre la forma en que se realizará la administración del Patrimonio Separado hasta la extinción de los activos que lo conforman, en caso de corresponder;
5. Aprobar todas las demás materias que determine la Junta relativas a la administración o liquidación del Patrimonio Separado;
6. Aprobar todas las demás modificaciones al Contrato de Emisión, y los demás acuerdos que sean necesarios para cumplir y llevar a efecto las aprobaciones que en definitiva adopte la Junta.
7. Facultar al Representante de los Tenedores de Bonos para acordar con el Emisor el texto específico de las eventuales modificaciones al Contrato de Emisión, y para suscribir la o las escrituras públicas de modificaciones correspondientes, así como cualquier otra escritura pública que tenga por objeto complementar o rectificar las escrituras de modificación del Contrato de Emisión, con el objeto de subsanar eventuales errores u observaciones de la Comisión para el Mercado Financiero.
Sin otro particular, se despide atentamente,
José Miguel Firmado digitalmente por José Miguel
Abukhalil Abukhalil Alamo Fecha: 2024.05.30 Alamo 11:06:33 -04’00’
José Miguel Abukhalil Álamo Gerente General
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=bcbd03941954a2db4a259829080105e1VFdwQmVVNUVRVEZOUkVrMVRtcG5kMDlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1717084202