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ENJOY: ENJOY S.A. 2010-04-28 T-17:45

E

EA

PRESIDENTE RIESCO 5711, PISO 15 – Las CONDES // SANTIAGO – CHILE / 7 de
FONO (56-2) 370 59 00 // FAX (56-2) 370 58 03

Le envío.

Santiago, 28 de Abril de 2010
F174.2010
HECHO ESENCIAL
Enjoy S.A.

Inscripción Registro de Valores N° 1033

Señor

Fernando Coloma C.

Superintendente de Valores y Seguros
Presente

De mi consideración:

Por medio de la presente, visto lo dispuesto por el artículo 9° e inciso segundo del artículo 102 de la
Ley N° 18.045, y debidamente facultado, me permito poner en su conocimiento el hecho
esencial que se describe a continuación:

Con fecha de hoy se llevó a cabo la Junta Ordinaria de Accionistas de la sociedad Enjoy S.A. en la
cual se tomaron los siguientes acuerdos:

Se aprobaron todas las materias sometidas a la aprobación de la Junta Ordinaria y que constan en
la citación que se hizo llegar a su Superintendencia y a los accionistas.

Dentro de ellas se eligió al nuevo Directorio de la compañía, el que quedó integrado por las
siguientes personas:

Antonio Martínez Ruiz
Antonio Martínez Seguí
Ignacio González Martínez
Darío Calderón González
Pablo Turner González
Leonidas Vial Echeverría
Vicente Domínguez Vial (Director independiente)

Asimismo, se acordó que las publicaciones de la Sociedad serán realizadas en el Diario Financiero.

Posteriormente y una vez finalizada la Junta Ordinaria de Accionistas se realizó la Junta
Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, la que aprobó un aumento de capital por la suma de
$17.000.000.000 mediante la emisión de 603.264.726 acciones de pago.

Asimismo, la Junta Extraordinaria aprobó facultar al directorio para:

– Llevar adelante la emisión y colocación de las nuevas acciones de pago en las oportunidades que acuerde en conformidad a la ley, y en todo caso dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la Junta;
– Fijar el precio final de colocación dentro de los plazos señalados en el artículo 28 del Reglamento de la Ley 18.046 de Sociedades Anónimas;
– Establecer la forma, precio y oportunidades en que el remanente no suscrito en el período de opción preferente legal o bien en los períodos de opción preferente adicionales que el mismo Directorio estableciere, será colocado entre los propios accionistas o terceros, todo ello en conformidad con la ley.

Finalmente se acordó modificar los estatutos sociales y adoptar los otros acuerdos correspondientes al aumento de capital señalado.

De acuerdo a lo establecido en la Norma de Carácter General N° 30, en fecha próxima remitiré el Acta de ambas Juntas en cuestión.

Sin otro particular, le saluda atentamente,

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c3f8b611bff286122528ca8435862760VFdwQmVFMUVRVEJOUkVFd1RYcG5lRTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
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