en
CABO 1 DE HORNOS
Santiago, 30 de Diciembre de 2016
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
PRESENTE
Ref.: HECHO ESENCIAL
Comunica citación a junta extraordinaria de accionistas de
Empresas Cabo de Homos S.A.
ipción en el Registro de Val (094
De mi consideración:
En virtud de lo establecido en el articulo 9” y en el inciso segundo del artículo 10? de la Ley de
Mercado de Valores, encontrándome debidamente facultado, por la presente informo a Ud. como hecho
esencial de la sociedad que, en sesión de directorio de Empresas Cabo de Hornos S.A. celebrada el 29 de
diciembre de 2016, se analizó la conveniencia de proceder con la enajenación de los inmuebles Terrenos
Bahía Ester y sus Derechos de Aguas, detallados más adelante, pudiendo el titulo de la enajenación ser la
compraventa, dación en pago u otro que determine el Directorio, ya sea a un tercero o relacionado, para
que con el producto de la venta se extingan las obligaciones de la compañía para con terceros.
Luego de debatir sobre la materia y teniendo en cuenta que estos Inmuebles pudieren
representar al momento de su enajenación más del 50% del activo de Empresas Cabo de Hornos
S.A. el directorio acordó en consecuencia convocar a junta general extraordinaria de accionistas de la
sociedad para el día 26 de enero de 2017 a las 17:00 horas, en las oficinas de la Notaría Patricio Raby
Benavente ubicadas en Gertrudis Echeñique N* 30, Of N”44 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago,
con el objeto de someter a la consideración de los accionistas de la sociedad las siguientes
materias:
a) Acordar y autorizar la venta y enajenación de los siguientes inmuebles y derechos de
aprovechamiento de aguas: a) El Lote 24 del plano 10, b) El Lote V del plano 16, ambos ubicados
en la Provincia de Ultima Esperanza, en el sector Balmaceda, Bahia Ester, comuna de Puerto
Natales y c) Derechos de Aprovechamiento de Aguas no consuntivo por un metro cubico por
segundo, de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, en el Río sin
nombre, ubicado en el Sector de Balmaceda, que desemboca al mar chileno en el seno de Ultima
Esperanza, en la Bahía Ester, Provincia de Ultima Esperanza, Duodécima Región. Se informa que
el referido acuerdo tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en el N? 4 del artículo 57
de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con lo señalado en el artículo sesenta y siete
número nueve del mismo cuerpo legal
(b) Adoptar todos los demás acuerdos necesarios para llevar a cabo lo resuelto por la junta.
CABQ E MÓRNOS
De acordarse la enajenación propuesta, los accionistas que hubieren votado en contra y los que
no hubieren concurrido a la junta y hubieren manifestado en tiempo y forma su disconformidad, tendrán
derecho a retirarse de Empresas Cabo de Hornos S.A., todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
69 N? 3 la Ley 18.046,
Según lo dispone el articulo 62 de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán participar en la junta,
con los derechos que la ley y los estatutos les otorgan, los accionistas titulares de acciones inscritas en el
registro de accionistas con 5 dias hábiles de anticipación a la fecha de la junta. La calificación de poderes,
si procediere, se efectuará el mismo día en que se realice la junta, en el lugar de su celebración y a la hora
en que deba iniciarse,
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
is
ME
Gerente General
Empresas Cabo de Hornos S.A.
c.c.: Bolsas de valores.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c05776ccf0ad47d785ef148c5739c062VFdwQmVFNXFSWGxOUkVsM1RWUlpNMDlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909