Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

EMPRESAS CABO DE HORNOS S.A. 2010-06-03 T-12:24

E

Any

CABO 1 DE HORNOS
HECHO ESENCIAL
EMPRESAS CABO DE HORNOS S.A.
ROL: 3.501 /Registro de Valores N’094
Santiago, Mayo 31 de 2010.
Señor

Guillermo Larraín Ríos

Superintendente de Valores y Seguros
Avda. Libertador Bdo. O”Higgins N*1449,
Presente

Señor Superintendente.

Para los efectos establecidos en los artículos 9? y 10% inciso segundo de la Ley N*18.045 y lo dispuesto en la Norma de
Carácter General N%30 emitida por esa Superintendencia, informamos a Ud. y al mercado en general, en carácter de
“Hecho Esencial” respecto de EMPRESAS CABO DE HORNOS S.A., lo siguiente.

a) En la Sesión Ordinaria de Directorio de Empresas Cabo de Hornos S.A., celebrada con esta misma fecha, se
acordó acerca de la “POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD” de la Sociedad, para Operaciones
ordinarias del Giro Social con Partes Relacionadas (la “Política de Habitualidad”) según lo indica el artículo
N147, letra b) de la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas.

b) De acuerdo a lo indicado por el artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas, dicha “Política de
Habitualidad” permitirá a la Sociedad eximirse del cumplimiento de los requisitos y procedimientos indicados
en los números 1 al 7 de dicho artículo, para aprobar operaciones con partes relacionadas que sean aquellas
indicadas en la referida Política de Habitualidad.

c) Se hace presente que la “Política de Habitualidad” que se adjunta en este Hecho Esencial. será puesto a
disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio de Internet de EMPRESAS CABO DE
HORNOS S.A., www.cabodehornos.cl

Sin otro particular, saludamos atentamente a Ud.,

EMPRESAS HORNOS S.A.

c.c.: Bolsas de Comercio de Santiago y Valparaiso

EMPRESAS CABO DE HORNOS S.A.
Agustinas 814, Of. 706 – Fonos: (56-2) 6338481 -6339119 – Fax: (56-2) 6338480
E-Mail: gerencia (SWcabodehornos.cl / Santiago – Chile

Política De Habitualidad De Empresas Cabo De Hornos S.A.
Para Operaciones Con Partes Relacionadas

1. OBJETIVO.
Establecer una política general de habitualidad para las operaciones ordinarias en consideración al
giro social de Empresas Cabo De Hornos S.A., que permita celebrar operaciones con partes
relacionadas, independiente de su monto, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos
establecidos en los numerales 1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N” 183.046 sobre Sociedades
Anónimas.

2. ALCANCE.
Respecto a todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Empresas Cabo De Homos
S.A. con sus personas relacionadas.

3. POLÍTICA.

Se considerarán como operaciones ordinarias Empresas Cabo De Hornos S.A. aquellas que ésta
realice dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal desarrollo de sus actividades
comerciales, sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en los numerales
1) a 7) del referido artículo 147 de la ley N* 18.046, debiendo en todo caso ser aprobadas
previamente por el directorio y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que
prevalezcan en el mercado.

Estas operaciones se considerarán habituales, independiente de su monto y sin perjuicio de que su
contratación sea por periodos mensuales, anuales o de mayor extensión.

Para la aplicación de la presente política, se considerarán operaciones habituales del giro, entre otras
y a modo ejemplar, las que a continuación se indican:

a) Contratación de servicios de transporte aéreo de pasajeros y programas de alojamiento y arriendo
de autos en el extranjero para los ejecutivos de la compañía, con la filial Turismo Cabo de
Hornos Ltda.. cuyo objeto social es el de agencia de viajes.

b) Prestación de servicios de administración contable y arriendo de oficinas con la filial Turismo
Cabo de Homos Ltda..

Se deja constancia que la política aprobada quedará a disposición de los accionistas en las oficinas de
Empresas Cabo De Homos S.A. y en el sitio de Internet http://www cabodehormnos.c

4. VIGENCIA.

La presente política entrará en vigencia a contar de esta fecha y se mantendrá vigente en tanto el
Directorio no acuerde su modificación conforme a la ley.

Acordada por el Directorio de Empresas Cabo De Hornos S.A. con fecha 24 de mayo de 2010.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=cfb451683e6b5302ee7b196081ce97a5VFdwQmVFMUVRVEpOUkVFeFQxUlplVTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
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