Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

EMPRESA NACIONAL DEL CARBON S.A. 2013-03-13 T-16:30

E

ENACAR S.A.
Empresa Nacional del Carbón S.A.

GG N? 56/2013.
HECHO ESENCIAL
EMPRESA NACIONAL DEL CARBON S.A.
ENACAR S.A.
REGISTRO DE VALORES N” 0037
Lota, 13 de Marzo de 2013.
Señor

Fernando Coloma Correa

Superintendente de Valores y Seguros
Avenida Bernardo O”Higgins N? 1449, Piso 9
Santiago.

MAT.: Comunica citaciones a Juntas Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Empresa Nacional del
Carbón S.A.

De nuestra consideración:

Cumplo con informar a Usted, debidamente facultado por el Directorio, que en Sesión Ordinaria de Directorio de
la Empresa Nacional del Carbón S.A. N* 2067, celebrada el día 12 de Marzo del año en curso, el Directorio
acordó citar a Juntas Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas para el día 11 de Abril de 2013, las que se
celebrarán en las oficinas del Sistema de Empresas – SEP – ubicadas en calle Monjitas N* 392, Piso 12,
Santiago, a las 12:00 horas la Junta Ordinaria e inmediatamente a continuación de realizada la primera, la Junta
Extraordinaria, a fin de conocer y pronunciarse sobre las materias que se señalan a continuación:

OBJETO DE LA JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS:

1.- Pronunciarse sobre la Memoria, Balance y demás Estados Financieros e Informe de los Auditores
Externos e Inspectores de Cuentas, correspondientes al ejercicio finalizado al 31 de diciembre de
2012.

2.- Fijación de la remuneración de los Directores.

3.- Designación de Auditores Externos y de Inspectores de Cuentas para el ejercicio 2013.

4.- Tratar las demás materias que competen a esta Junta Ordinaria conforme a la Ley y a los Estatutos
de la Sociedad. (e

OBJETO DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS:

1.- Dejar sin efecto el último aumento de capital acordado por la Junta Extraordinaria de Accionistas
celebrada el 27 de Abril de 2012, en la parte no suscrita y pagada a la fecha de la Junta y efectuar las
modificaciones estatutarias que procedan, en su caso;

2.- Disolución anticipada y liquidación de la sociedad;

3.- En caso de aprobarse la materia que precede, designar una Comisión Liquidadora y determinar sus
facultades, obligaciones, remuneración y plazo para cumplir su cometido;

4.- Adoptar todos los demás acuerdos que sean necesarios y procedentes para llevar adelante y formalizar
legalmente lo que decida la Junta, con relación a las materias que preceden.

Sin perjuicio de lo informado precedentemente, la comunicación a que se refiere el artículo 63 de la Ley N*
18.046, se enviará oportunamente a esa Superintendencia.

Saluda atentamente a Ud.,

Carlos Cousiño N* 226 – Lota Alto – Fono: 041-876111 – Fax: 041-875007

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=fd1d021e2a3878d5ecb9122277fe994aVFdwQmVFMTZRWHBOUkVGNVRXcFpNRTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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