elecDa
GRUPO CGE
Santiago, 25 de mayo de 2013.
HECHO ESENCIAL
EMPRESA ELÉCTRICA DE ANTOFAGASTA S.A.
Sociedad Anónima Abierta
Inscripción Registro de Valores N2333
Señor Presidente:
En conformidad a lo establecido en el artículo 9%e inciso 2*del artículo 10? de la Ley N*18.045
sobre Mercado de Valores, lo previsto en la Sección II de la Norma de Carácter General N*30 de
la Comisión para el Mercado Financiero, y encontrándome debidamente facultado por el
directorio de Empresa Eléctrica de Antofagasta S.A. (en adelante indistintamente la “Sociedad” o
“Elecda”), informo a usted como hecho esencial, lo siguiente:
Que con esta fecha se celebró la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad (la “Junta”) en
la cual se adoptaron los siguientes acuerdos en relación a la fusión por incorporación de Elecda,
Empresa Eléctrica de Arica S.A. (“Emelari”) y Empresa Eléctrica de Iquique S.A. (“Eligsa”), (todas
las anteriores conjuntamente como las “Sociedades Absorbidas”) en Compañía General de
Electricidad S.A. (“CGE” y la “Fusión” respectivamente):
1)
2)
3)
4)
Aprobación de operación entre partes relacionadas: Se aprobó la Fusión como operación
entre partes relacionadas, de acuerdo con lo dispuesto en el Título XVI de la Ley de
Sociedades Anónimas, dándose cumplimiento a lo dispuesto en su artículo 147.
Antecedentes que sirven de base para la Fusión: Se aprobaron los siguientes
documentos:
Estados financieros auditados de CGE, Elecda, Emelari y Eligsa al 31 de marzo de 2018.
Informe pericial sobre el valor de la Sociedad, CGE, Emelari y Eligsa y la relación de canje
de las acciones, que incluye las bases utilizadas para establecer dicha relación, el factor
de canje, el número de acciones a emitir por la absorbente, CGE, y el estado de situación
financiera pro forma post fusión, elaborado por don Cristián Maturana Rojas, con fecha 4
de mayo de 2013.
Fusión: Se aprobó la Fusión por absorción o incorporación de Elecda, Emelari y Eligsa en
CGE, siendo esta última la que absorberá a las tres primeras, adquiriendo todos sus activos
y pasivos y sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones, produciéndose de pleno
derecho la disolución de las sociedades absorbidas, sin necesidad de liquidación, de
conformidad al Título IX, artículo 99, de la Ley 18.046.
Asimismo, y tal como lo indica el artículo 158 del Reglamento de Sociedades Anónimas, la
Fusión producirá sus efectos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5” del citado
Reglamento, esto es, en la última fecha de reducción a escritura pública de las actas de las
juntas extraordinarias de Fusión de Elecda, Emelari, Eligsa y CGE, siempre y cuando los
extractos de dichas reducciones a escritura pública sean oportunamente inscritos y
publicados de acuerdo al artículo 5” de la Ley 18.046.
Relación de canje: Se aprobó la relación de canje de acciones propuesta en el informe
pericial, por lo cual los accionistas no controladores de las Sociedades Absorbidas recibirán
0,7387, 0,4031 y 0,8065 acciones de CGE por cada acción que posean en Elecda, Emelari
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GRUPO CGE
y Eligsa, respectivamente. Las acciones de los controladores en las Sociedades Absorbidas
quedarán sin efecto al producirse la Fusión.
5) Estatutos de CGE: Se aprobaron los nuevos estatutos de CGE considerando las
modificaciones que deberá conocer y aprobar la Junta Extraordinaria de Accionistas de
CGE al aprobar la Fusión.
6) Facultades y poderes: Se facultó ampliamente a los abogados de la Sociedad, para los
efectos de la legalización, ejecución, materialización y cumplimiento de los acuerdos
adoptados en la Junta.
Asimismo, se informa que los accionistas de Emelari, Eligsa y CGE se encuentran citados a juntas
extraordinarias para los días 28, 29 y 31 de mayo de 2018 respectivamente, donde se prevé que
se aprobará la Fusión en los mismos términos y condiciones aprobados por la Junta, teniendo en
consideración los mismos antecedentes que se pusieron a disposición de los accionistas de la
Sociedad.
Derecho a retiro: De conformidad con lo dispuesto en el N*2 del artículo 69 de la Ley N*18.046
sobre Sociedades Anónimas, los accionistas disidentes de los acuerdos de Fusión tendrán el
derecho a retirarse de la Sociedad previo pago por ésta del valor de sus acciones. Se considerará
como accionista disidente aquel que en la Junta votó en contra de la Fusión o que, no habiendo
asistido a ella, manifieste su disidencia por escrito a la Sociedad dentro del plazo de 30 días
contados desde esta fecha.
El precio a pagar a los accionistas disidentes que hagan uso de su derecho a retiro asciende a
$318,8785 por acción, que corresponde al valor libro de la acción de la Sociedad reajustado a esta
fecha, determinado de acuerdo al Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas.
La información relativa al ejercicio del derecho a retiro se comunicará mediante un aviso
destacado publicado en el diario “El Mercurio” y en el sitio web de la Sociedad www.elecda.cl,
además de enviar una comunicación escrita dirigida a los accionistas con derecho a éste al
nisilio que tuvieren registrado en la Sociedad.
l
Presidente
AL SEÑOR
JOAQUÍN CORTEZ HUERTA
PRESIDENTE
COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO
PRESENTE
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=7b92c82e0c8e92418f6927cebd97893dVFdwQmVFOUVRVEZOUkVFMVRrUlJORTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108