Resumen corto:
Metro S.A. aprobó en diciembre 2025 una política para la elección de directores en filiales, vigente desde 1/1/2026, con criterios de idoneidad, diversidad y transparencia, y un proceso de selección y divulgación.
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HECHO ESENCIAL Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 0421
Santiago, 17 de marzo de 2026 N GG0492026
Ref.: Comunica Hecho Esencial.
A : SEÑORA PRESIDENTE COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO
DE: GERENTE GENERAL METRO S.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9* e inciso segundo del artículo 10* de la ley N*18.045 y en la Norma de Carácter General N*30 de la Comisión para el Mercado Financiero, debidamente facultado, cumplo con informar el siguiente hecho esencial respecto de la Sociedad:
a) En la Sesión Ordinaria del Directorio de Metro S.A. celebrada el 15 de diciembre de 2025, se acordó aprobar la Política General de Elección de Directores en Sociedades Filiales o Coligadas Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. (en adelante la Política).
b) La presente Política se aprobó en conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas y la Norma de Carácter General N*533 (en adelante, NCG 533) de la Comisión para el Mercado Financiero.
c) Se hace presente que la Política que se adjunta en este Hecho Esencial, será puesta a disposición permanente de los accionistas y terceros interesados, conforme a los requisitos de la NCG 533: a En el sitio web institucional de la Matriz, bajo la sección de Gobierno Corporativo: www.metro.cl; y b En las oficinas sociales de Metro S.A. y de cada una de sus Sociedades.
Saluda atentamente a usted.
I Firmado digitalmente | por Felipe Andrés
And rés Bravo Busta Fecha: 2026.03.17
Bravo Busta 18:32:59 -03’00’
Felipe Bravo Busta Gerente General Metro S.A.
Ignacia
Castro 5 >.
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Acercar a Las personas a vivir una mejor ciudad POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN SOCIEDADES FILIALES O
COLIGADAS EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.
Versión: 1
POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN DE
DIRECTORES EN SOCIEDADES
FILIALES O COLIGADAS EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO
S.A.
Fecha EmisiónActualización
Diciembre 2025
RevisiónActualización
Firma
María Ignacia Castro Cruz Gerente Corporativo de Asuntos Legales
Maria Ignacia Castro Firmado digitalmente por Maria Ignacia Castro Cruz Cruz Fecha: 2026.03.16 16:43:58 -03’00’
Aprobación
Firma
Felipe Bravo Busta Gerente General
Firmado digitalmente por Felipe Andrés Bravo Busta
Felipe Andrés Bravo Busta Fact: 2026.03.17 20:24:05
POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN SOCIEDADES FILIALES O COLIGADAS EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.
I. Introducción y Objeto
El Directorio de la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. (en adelante, la Sociedad o la
Matriz) establece y difunde la presente Política General de Elección de Directores en sus Sociedades Filiales o Coligadas (en adelante, la Política).
La presente Política se aprueba en conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas (en adelante, la Ley o LSA) y la Norma de Carácter General N*533 (en adelante, NCG 533) de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la CME).
El objeto principal de esta Política es establecer las directrices y parámetros que serán considerados por la Matriz para la nominación o proposición, aceptación y posterior designación, de los directores e integrantes de los órganos de administración en aquellas sociedades filiales o coligadas en las que tiene participación y estén fiscalizadas por la CMF, con el fin de velar por el interés social de la filial o coligada y maximizar su valor económico.
II. Ámbito de Aplicación
Esta Política será aplicable a los directores y demás integrantes del órgano de administración de aquellas sociedades filiales o coligadas en que Metro S.A. tenga participación, que estén constituidas y domiciliadas en Chile y fiscalizadas por la CMF (las Sociedades Filiales o la Filial).
De conformidad con el artículo 86 de la LSA, se entiende por sociedad filial de una sociedad anónima matriz aquella en la que ésta controla directamente O a través de otra persona natural o jurídica más del 50% de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar a la mayoría de sus directores O administradores.
Por su parte, de acuerdo con el artículo 87 de la LSA, se entiende por sociedad coligada de una sociedad anónima matriz aquella en la que ésta, que se denomina coligante, sin controlarla, posee directamente o a través de otra persona natural o jurídica el 10% o más de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones, o pueda elegir o designar o hacer elegir o designar por lo menos un miembro del directorio o de la administración de la misma. La sociedad en comandita será también coligada de una anónima, cuando ésta pueda participar en la designación del gestor o en la orientación de la gestión de la empresa que éste ejerza.
Respecto de las Sociedades Filiales de Metro S.A. que estén constituidas o domiciliadas en el extranjero, deberá cumplirse con la normativa local sobre designación y funcionamiento de directores que les sea aplicable, en conformidad a la ley correspondiente.
Esta Política solo aplicará a aquellas Sociedades Filiales o coligadas directas de la Matriz que son fiscalizadas por la CMF.
TIT. Aprobación y Actualización
La presente Política ha sido aprobada por el Directorio de Metro S.A. con fecha 15 de diciembre de
2025. Corresponderá al Directorio de Metro S.A. la modificación de esta Política y ésta deberá siempre ajustar su contenido a lo que establezca la CMF mediante norma de carácter general.
IV. Idoneidad Profesional de los Candidatos a Directores
Los criterios de idoneidad profesional que se establecen a continuación servirán como lineamientos referenciales para la selección de los candidatos a director de las Sociedades Filiales, buscando asegurar que el gobierno corporativo de cada Filial se ejerza con el más alto estándar y que puedan contribuir en forma relevante al interés social de la Filial.
1. Integridad y Ausencia de Inhabilidades: Los candidatos no deben encontrarse en ninguna de las causales de inhabilidad para ser director de una sociedad anónima establecidas en el artículo 35 y 36 de la Ley N* 18.046. Deben poseer integridad y reputación intachable, y no estar afectos a un conflicto de interés que afecte la independencia o el desempeño objetivo del cargo.
2. Formación y Experiencia: El Directorio de la Matriz será el encargado de definir el perfil ad hoc de los candidatos conforme a las necesidades específicas de la Filial, privilegiando competencias estratégicas y valorando especialmente la experiencia tanto en el sector público como en el privado.
3. Conocimientos Específicos: Se privilegiarán conocimientos específicos que la persona pueda tener en áreas esenciales vinculadas con las Sociedades Filiales o coligadas.
4. Disponibilidad: Se requiere que los candidatos tengan la disponibilidad necesaria para ejercer responsablemente el cargo.
5. Diversidad de Competencias: La selección buscará la diversidad de competencias y la complementariedad de perfiles profesionales, para abordar la administración de las Sociedades Filiales o coligadas con una visión integral.
V. Vinculación de los Candidatos con la Matriz
La Matriz reconoce que la composición del Directorio de una Filial puede beneficiarse tanto de la inclusión de personas vinculadas al grupo empresarial (cuyo conocimiento aporta valor en términos de alineación y eficiencia) como de aquellas que no poseen dicha vinculación (quienes pueden aportar una perspectiva independiente y enriquecedora). La existencia o ausencia de vínculos directos o indirectos con la Matriz no constituye, por sí misma, un requisito excluyente ni preferente para la selección.
Para Metro S.A. no es determinante el tipo o grado de vinculación que un candidato tenga, con la Matriz, con la Filial o coligada a cuyo Directorio postula, o con las demás sociedades del grupo, y podrá eventualmente privilegiar la nominación de directores o ejecutivos principales de la Matriz.
La nominación podrá recaer en una persona externa a Metro S.A. cuando, en opinión del Directorio de la Matriz, sea necesario contar con sus conocimientos o experiencia específicos o independencia que no se encuentran internamente.
La Matriz tendrá libertad para ejercer su voto en la elección de directores, con la finalidad de conformar un grupo que sea competente para administrar la Filial o coligada y velar por su interés social.
VI. Proceso de Elección de Directores en las Sociedades Filiales y coligadas
El proceso de búsqueda, designación de candidatos y elección de directores se regirá por los siguientes procedimientos:
1. Proceso de Búsqueda: El Directorio de la Matriz, por sí o a través de la Administración o de asesores externos, realizará un levantamiento y búsqueda de candidatos, considerando los criterios de idoneidad indicados en la Sección IV, los estatutos, la Ley aplicable y la normativa impartida por la CMFE.
2. Responsable de la Nominación: El Presidente del Directorio de Metro S.A. será el responsable de la nominación de los directores e integrantes de los órganos de administración de las Sociedades Filiales o coligadas que se presentará al Directorio de la Matriz. La nominación podrá recaer en directores o ejecutivos principales de la Matriz, u otros perfiles estratégicos definidos por la Matriz, así como en profesionales independientes. De todas formas, deberá considerar para la composición del Directorio de la Filial o coligada, el cumplimiento de la obligación de equidad de género de conformidad con lo regulado en el artículo 31 de la Ley N18.046 y la Ley N*21.356.
3. Documentación del Candidato: Previo a la nominación al Directorio de la Matriz, los candidatos seleccionados deberán hacer llegar al menos la siguiente documentación: a Currículum o perfil profesional y demás antecedentes requeridos por las políticas de gobierno corporativo; b Una declaración escrita que indique que cumple con las exigencias de idoneidad profesional; y c Una declaración escrita referida a no infringir la prohibición de participación simultánea en empresas competidoras (interlocking), conforme al artículo 39, letra d), del Decreto Ley N* 211 de 1973, en caso de resultar elegido.
4. Aprobación del Directorio de la Matriz: El Directorio de Metro S.A. acordará la nominación de los candidatos en base a la propuesta del responsable de la nominación.
5. Trámites de la Filial: La Matriz o su Administración deberá entregar la nómina definitiva de candidatos a la Administración de la Filial o coligada con la anticipación necesaria para que esta cumpla con los procedimientos y requisitos legales y normativos de la Junta de Accionistas.
6. Instrucción de Voto: Los términos en que el representante de la Matriz deberá votar las acciones en la junta de accionistas de la Filial o coligada serán determinados por el Directorio de la Matriz, el que instruirá al mencionado representante.
7. Reelección: No será necesario llevar a cabo el proceso de selección completo cuando los directores previamente nominados por Metro S.A. en la Filial o coligada sean propuestos para su reelección.
8. Reemplazo: Si se produjere la vacancia de un director titular, en su caso, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima junta ordinaria de accionistas que deba celebrar la sociedad y en el intertanto, el directorio de la Filial o coligada podrá nombrar un reemplazante.
VII. Funciones y Responsabilidades Generales de los Directores designados por Metro S.A.
A A los directores de las Sociedades Filiales o coligadas elegidos o designados por la Matriz les serán aplicables, en lo que corresponda y no sea contrario a las normas específicas aplicables a las Sociedades Filiales o coligadas, las normas que se establezcan para los directores de Metro S.A.
1. Deberes y Diligencia: Los directores deben ejercer su cargo procurando el interés social de la respectiva sociedad. Deberán emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios.
2. Actuación Individual: Deben desempeñar sus funciones con independencia, lealtad y profesionalismo. Es fundamental que el director: conozca la situación de la sociedad; se asegure de que los intereses del grupo no contradigan los intereses corporativos de la Filial; y cuente con la información necesaria acerca de los negocios de la entidad, los principales riesgos a los que se enfrenta y cómo se gestionan.
3. Remuneración: Se estará a lo regulado por los accionistas de las Sociedades Filiales o coligadas en las juntas ordinarias de accionistas. En todo caso, si el director elegido para la Filial o coligada es ejecutivo principal o director de la Matriz, no percibirá remuneración en su calidad de director de la Sociedad Filial o coligada.
4. Cese del Cargo: En el caso de término de la relación laboral o contractual con Metro S.A., el ejecutivo o director designado director de la Sociedad Filial o coligada deberá cesar inmediatamente en el cargo de director en que hubiere sido nominado, designado o propuesto por la Sociedad, y deberá otorgar la respectiva carta de renuncia.
VII. Mecanismos de Divulgación
El texto íntegro y actualizado de la presente Política estará a disposición permanente de los accionistas y terceros interesados, conforme a los requisitos de la NCG 533: a En el sitio web institucional de la Matriz, bajo la sección de Gobierno Corporativo: www.metro.cl; y b En las oficinas sociales de
Metro S.A. y de cada una de sus Sociedades Filiales.
Cada Sociedad Filial fiscalizada por la CMF comunicará el texto de esta Política al mercado como hecho esencial, de acuerdo con la normativa vigente. Igual comunicación se efectuará respecto de cualquier modificación o actualización.
IX. Vigencia
Esta Política comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2026.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4eda02b899759b15d1633394df004523VFdwQmVVNXFRWHBOUkVVMFRtcEZlVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1773847801