ECONSSA (
Empresa Concesionaria de Servicios Sanitarios S.A. Carta NO 477112
SANTIAGO, Julio 13 de 2012
SEÑOR
FERNANDO COLOMA CORREA
SUPERINTENDENTE DE VALORES Y SEGUROS
PRESENTE.
Ref.: HECHO ESENCIAL.
De mi consideración:
Por intermedio de la presente, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 9” y 10? de la Ley N” 18.045 y la Norma de Carácter General N* 30 de esa
Superintendencia, informo a Ud. el siguiente hecho esencial:
Con fecha 11 de julio de 2012, la Empresa Concesionaria de Servicios Sanitarios
S.A.(ECONSSA CHILE S.A), según las facultades contempladas en estos Contratos de
Transferencia del Derecho de Explotación de Concesiones Sanitarias (CdT), presentó un
requerimiento ante un Tribunal Arbitral, con el objeto que éste se pronuncie sobre ciertas
inversiones en obras e instalaciones realizadas por Aguas de Antofagasta S.A., que han
sido excluidas por ECONSSA del registro de inversiones por no cumplir con las
exigencias planteadas en los Contratos.
Es importante mencionar que el proceso arbitral tratará materias exclusivamente técnicas
y conceptuales relacionadas con la incorporación y exclusión de obras del registro
previsto en el contrato entre las partes, y forma parte de la gestión corriente del negocio y
el modelo vigente de concesiones sanitarias.
Sin otro particular, saluda atentamente.
GABRIEL CALDES CONTRERA
GERENTE GENERAL
ECONSSA CHILE S.A.
R/pcm
.c.: archivo
Monjitas 392 piso 10 of.1003, Santiago, Chile | (56-2) 733 2700] www.econssachile.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=8f019515a47d2c359fb2c78c29047488VFdwQmVFMXFRVE5OUkVFMVRrUkJkMDVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909