Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

EF SECURITIZADORA S.A. 2017-04-06 T-18:00

E

EF SECURITIZADORA S.A.
Av. Nueva Providencia 1901, piso 2, Providencia
Santiago – Tel 224 104 100

Señor Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O”Higgins 1449
Santiago
Presente
HECHO ESENCIAL

Comunica aprobación de Política de Habitualidad
EF SECURITIZADORA S.A. RUT 96.971.830-8

Inscripción Registro de Valores N* 782

Ef

Santiago, 6 de abril de 2017

De nuestra consideración:

Encontrándome debidamente facultada, y en virtud de lo establecido en el artículo 9? e
inciso segundo del artículo 10? de la Ley N* 18.045 y de lo dispuesto en el artículo 147 N?
7) letra b) de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, informamos el siguiente hecho

esencial sobre EF Securitizadora S.A.:

En sesión de Directorio de EF Securitizadora S.A., celebrada el 5 de abril de 2017, se
aprobó la Política de Habitualidad que se adjunta a esta comunicación. Dicha política se
encuentra a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio en Internet de

la Sociedad.

Saluda atentamente,
A? 7.

e
£ £
IA 104
Fi
Sofía Ide Albónico

Gerente General
EF Securitizadora S.A.

POLÍTICA DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES DEL
GIRO SOCIAL CON PARTES RELACIONADAS

EF SECURITIZADORA S.A.

Inscripción Registro de Valores N* 782

9)

INTRODUCCIÓN.

En cumplimiento de lo prescrito en las disposiciones introducidas por la Ley N” 20.382 a
la Ley N” 18046 de Sociedades Anónimas (“LSA”), EF SECURITIZADORA S.A. (la
“Sociedad”), en su calidad de sociedad anónima abierta, viene en establecer la siguiente
Política de Habitualidad para Operaciones del Giro Social con Partes Relacionadas (la
“Política de Habitualidad”), con el objeto que conforme a la dispuesto en el inciso
segundo del artículo 147 de la LSA, la Sociedad pueda celebrar y/o ejecutar tales
operaciones con partes relacionadas sin necesidad de cumplir con los requisitos y
procedimientos establecidos en los números 1 a 7 del inciso primero del artículo
referido, en la medida que dichas operaciones contribuyan al objeto social y se ajusten
en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de

su celebración y/o ejecución.

La presente Política de Habitualidad fue aprobada en sesión de Directorio de la Sociedad
celebrada con fecha 5 de abril de 2017, la que se encuentra publicada en la página web
de la Sociedad (www.efsecuritizadora.cl) y disponible para los interesados en las oficinas
sociales.

1. Objeto de la Política de Habitualidad.

La presente Política de Habitualidad tiene por objeto determinar aquellas operaciones
ordinarias en consideración al giro de la Sociedad, que podrán ser celebradas y/o
ejecutadas con partes relacionadas, sin la necesidad de cumplir con los requisitos y
procedimientos establecidos en los números 1 a 7 del artículo 147 de la Ley N” 18.046,
en la medida que dichas operaciones contribuyan al objeto social y se ajusten en precio,
términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su

celebración y/o ejecución.
2. Definiciones.

2.1 Operaciones Ordinarias: “Todo acto, contrato, negociación, actividad u operación de
cualquier naturaleza que se desarrolle periódicamente por la Sociedad dentro del
giro ordinario social y que sean necesarias para el normal desarrollo de las

2)

actividades de la Sociedad. Lo anterior, sin perjuicio de que su contratación sea por
períodos mensuales, anuales o de mayor extensión”.

2.2 Operaciones con Partes Relacionadas: “Toda negociación, acto, contrato u operación
en que deba intervenir la Sociedad y, además, alguna de las siguientes personas:

a) Una o más personas relacionadas a la Sociedad, conforme al artículo 100 de la
Ley Ne18.045;

b) Un director, gerente, administrador, ejecutivo principal o liquidador de la
sociedad, por sí o en representación de personas distintas de la sociedad, o sus
respectivos cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o

afinidad inclusive;

c) Las sociedades o empresas en las que las personas indicadas en la letra anterior
sean dueños directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, de
un 10% o más de su capital, o directores, gerentes, administradores, ejecutivos

principales;

d) Aquellas que establezcan los estatutos de la sociedad o fundadamente
identifique el comité de directores, en su caso, aun cuando se trate de aquellas
indicadas en el inciso final del artículo 147; y,

e) Aquellas en las cuales haya realizado funciones de director, gerente,
administrador, ejecutivo principal oO liquidador, un director, gerente,
administrador, ejecutivo principal o liquidador de la sociedad, dentro de los

últimos 18 meses”.

2.3 Personas Relacionadas (Art. 100 Ley 18.045): “Son relacionadas con una sociedad las
siguientes personas:

a) Las entidades del grupo empresarial al que pertenece la sociedad;

b) Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas
en la ley N*18.046;

c) Quienes sean directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o
liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges o sus parientes hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad, y, así como toda entidad controlada,

directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos; y,

d) Toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación
conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la
sociedad o controle un 10% o más del capital o del capital con derecho a voto si
se tratare de una sociedad por acciones”.

2.4. Giro de la Sociedad: El objeto principal de la Sociedad es celebrar y ejecutar todos
los actos y contratos que, conforme a la legislación y normativa aplicable, puedan
realizar en el presente o en el futuro las sociedades securitizadoras.

3.

Operaciones Habituales en consideración al giro social de EF Securitizadora S.A.

Conforme a esta Política serán Operaciones Ordinarias y habituales en consideración al
giro de la Sociedad todos los actos, contratos o actividades de cualquier naturaleza que
digan relación con:

a)

d)

Compra y venta de títulos de deuda de securitización, ya sea de series preferentes
o subordinadas;

Celebración de contratos de administración, por medio de los cuales se encarga la
gestión de bienes integrantes de los patrimonios separados;

La realización de operaciones bancarias y financieras de toda clase, tales como la
inversión en fondos mutuos y depósitos a plazo, la contratación de líneas de
crédito y sobregiro en cuenta corriente, cuenta corriente mercantil, colocación
de instrumentos de deuda en los mercados nacionales o internacionales y las
demás actividades necesarias para el manejo de los recursos líquidos y
financiamiento del capital de trabajo de la Sociedad;

La celebración de contratos de asesorías en materias financieras, administrativas,

contables, tributarias y legales;
La contratación de seguros generales, de vida, viajes y cualquier otro tipo de
seguros, relacionados al grupo y operaciones de la Sociedad;

a

f) La adquisición y arriendo de bienes, así como la contratación de servicios y
personal, necesarios para el desarrollo, operación y mantención de los activos de
la Sociedad;

g) La contratación de asesorías y servicios, así como la adquisición de activos,
bienes e insumos, necesarios para la operación de las oficinas y equipos de
administración de la Sociedad.

4. Vigencia

La presente Política de Habitualidad comenzará a regir desde que sea informada como
hecho esencial a la Superintendencia de Valores y Seguros y seguirá vigente mientras el
Directorio de la Sociedad no acuerde su modificación. Tales modificaciones serán
puestas a disposición de la Superintendencia de Valores y Seguros y se cumplirá con los
requisitos exigidos por la ley en cuanto a su publicidad.

5. Publicidad.

Por último, la presente Política de Habitualidad, así como sus modificaciones, quedarán
a disposición de los interesados en las oficinas de la Sociedad ubicadas en Av. Nueva
Providencia 1901 Piso 2, comuna de Providencia y serán publicados en su sitio en

Internet www.efsecuritizadora.cl.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ed40eabad26499eb8acdd48a23e065fbVFdwQmVFNTZRVEJOUkVFeVRXcEJlVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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