Santiago, 20 de enero de 2021
Señor
Joaquín Cortez H.
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref: HECHO ESENCIAL
De mi consideración:
ENGIE Energía Chile S.A., sociedad anónima abierta inscrita en el Registro de Valores con el N° 0273,
(en adelante indistintamente “EECL” o la “Sociedad”), en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° e
inciso segundo del artículo 10° de la Ley 18.045, por medio de la presente comunica en el carácter
de hecho esencial respecto de la Sociedad, de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la
oferta de ellos, lo siguiente:
Con esta fecha, Engie Energía Chile S.A. (“EECL”) y Eólica Monte Redondo SpA ( “EMR”), filial de
EECL, alcanzaron un acuerdo con Goldman Sachs & Co. LLC y Goldman Sachs Lending Partners LLC
(“GS”) sobre los términos y condiciones de una operación de financiamiento, en el marco de la Ley
N° 21.185, que “Crea un Mecanismo Transitorio de Estabilización de Precios de la Energía Eléctrica
para Clientes Sujetos a Regulación de Tarifas” y de la Resolución Exenta N° 72, de la Comisión
Nacional de Energía (conjuntamente, la “Regulación del Mecanismo de Estabilización de Precios”),
específicamente respecto de las cuentas por cobrar a diversas empresas de distribución de energía
eléctrica (las “Distribuidoras”) de las que la Sociedad y su filial EMR son actualmente titulares y de
las que podrían llegar a ser titulares en el futuro en virtud del mecanismo de estabilización de
precios, introducido en la normativa aquí citada.
En virtud de lo acordado con GS, EECL y EMR podrán vender gradualmente a Chile Electricity PEC
SpA (el “Comprador”), según se publiquen los decretos de Precio de Nudo Promedio con sus
correspondientes cuadros de saldos de pago, las cuentas por cobrar a Distribuidoras de las que son
titulares actualmente o que podrían llegar a ser titulares en virtud de la Regulación del Mecanismo
de Estabilización de Precios hasta por un monto total comprometido de hasta US$162 millones, si
se cumplen las condiciones pactadas para ello.
Adicionalmente, EECL, su filial EMR y el Inter-American Investment Corporation (“IDB Invest”) se
encuentran negociando un acuerdo bajo el cual IDB Invest participará, sujeto a las condiciones que
al efecto se establezcan, en el financiamiento de la adquisición por parte del Comprador de una
parte de las referidas cuentas por cobrar que aquél ha comprometido adquirir conforme lo
expresado y de las transacciones adicionales de adquisición de cuentas por cobrar que se acuerden
entre la Sociedad y el Comprador.
EECL estima que el monto de cuentas por cobrar a Distribuidoras en virtud de la Regulación del
Mecanismo de Estabilización de Precios podría alcanzar la suma total de hasta US$266 millones,
para esta entidad y EMR conjuntamente, entre el presente y la fecha en que se alcance el límite
estipulado para saldos no recaudados establecido en dicha regulación, lo que no podrá ocurrir
después de julio de 2023.
La venta de las cuentas por cobrar anteriormente referidas tiene por objetivo obtener recursos
financieros para la Sociedad y preservar su liquidez, lo que adquiere especial relevancia en el actual
contexto de inversiones en activos de generación renovable en que se encuentra inmersa la
Sociedad.
En conformidad con lo establecido en la Circular N° 988 de la Comisión a su cargo, comunicamos a
usted que la venta de dichas cuentas por cobrar se hará a un descuento a tasas de mercado lo que
representará un costo financiero a ser reconocido en los estados de resultados de la compañía. En
esta etapa no es posible cuantificar los efectos que tendrá este Hecho Esencial en los resultados de
la Sociedad.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
Digitally signed
by AXEL
A. NICOLAS L
LEVEQUE
Date: 2021.01.20
08:04:55 -03’00’
Axel Levéque
Gerente General
Engie Energía Chile S.A.
c.c: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1e3c45f640506f5bdb1a74ac4244f7daVFdwQmVVMVVRWGhOUkVGNVRVUk5lRTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108