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ECAPITAL SARTOR CORREDORES DE BOLSA DE PRODUCTOS S.A. 2016-12-05 T-12:50

E

ACTA
SESIÓN EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO

ECAPITAL SARTOR CORREDORES DE BOLSA DE PRODUCTOS S.A.

En Santiago de Chile, a 25 de noviembre de 2016, siendo las 09:30 horas en las oficinas
ubicadas en calle Cerro El Plomo N* 5420, piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de
Santiago, Región Metropolitana, se reunió en sesión extraordinaria el Directorio de la sociedad
“ECAPITAL SARTOR CORREDORES DE BOLSA DE PRODUCTOS S.A.” (“la Sociedad” o “la
compañía”), con la asistencia de los Directores señores Sergio Yáñez Astete, Pedro Pablo
Larraín Mery, José Miguel Sanhueza Campos, Manuel Lara Calderón y Sergio Vásquez Vargas.
Asiste especialmente invitado don Cristian Daniel Rodríguez Pinilla. Preside la sesión don
Manuel Lara Calderón y actuó como Secretario, don Jorge Radrigán Reyes, Gerente General
de la Sociedad.

Se trataron y acordaron las siguientes materias:
1. ACTADELASESIÓN ANTERIOR

Se dio lectura al acta de la sesión precedente, la cual se encuentra firmada por todos los directores
asistentes a la misma.

2. ANALISIS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 Y
RESULTADOS DE LA MARCHA DE LA EMPRESA.

El señor Presidente manifestó que, como es de conocimiento de los señores directores, se ha
concluido la elaboración de los Estados Financieros de la Sociedad al 30 de septiembre de 2016,
a los cuales procedió a dar lectura. Se analizaron dichos resultados provisorios obtenidos por la
Sociedad durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y 30 de septiembre de 2016, los
cuales fueron discutidos por los señores directores en profundidad.

El Directorio, por unanimidad, aprobó la gestión llevada a cabo por la Administración de la
sociedad.

3. RENUNCIA DEL GERENTE GENERAL.

El gerente general de la compañía, don Jorge Radrigán Reyes, manifestó al directorio que por

motivos profesionales no le era posible continuar ejerciendo el cargo de gerente general de la
Sociedad, motivo por el cual presentaba su renuncia a dicho cargo.

El directorio, luego de un breve intercambio de opiniones, aceptó la renuncia señalada de forma
unánime, a contar de este momento, agradeciendo al señor Jorge Radrigán Reyes su gestión
como gerente general de la compañía durante el tiempo en que se desempeñó en dicho cargo.

4. DESIGNACIÓN DE NUEVO GERENTE GENERAL.

A continuación, el directorio procedió a designar como nuevo gerente general de la compañía,
de forma unánime, a contar de este momento, a don Cristian Daniel Rodríguez Pinilla, quien
estando presente aceptó el cargo a contar de este momento, agradeciendo tal designación.

5. ESTRUCTURA DE PODERES.

El directorio acordó, por unanimidad, establecer una estructura de poderes para la
administración de la Sociedad, para que sean ejercidas en la forma y con las limitaciones que
para cada caso se contemplen. De esta forma, los apoderados de la sociedad estarán
investidos de una o más facultades que a continuación se enumeran, sin perjuicio de aquellas
otras que expresamente les sean conferidas o de que estén investidos de conformidad con la
ley o con los estatutos sociales: a) Suscribir los contratos de trabajo de los trabajadores de la
Sociedad y ponerles término; b) Celebrar contrato de arrendamiento, subarrendamiento,
leasing, transporte, de servicio, de fletamento, de seguro, de depósito, de mandato, de
transacción, comisión y de cualquier otra especie que se relacionen directamente con el objeto
social, estipulando en ellos las cláusulas de su esencia, naturaleza o meramente accidentales,
pudiendo modificarlos y fijar precios, rentas, honorarios, condiciones, deberes, atribuciones,
épocas y formas de pago y de entrega, para individualizar bienes, fijar cabida y deslindes; para
cobrar, percibir, recibir, entregar, pactar solidaridad o indivisibilidad, tanto activa como pasiva,
convenir cláusulas penales y/o multas a favor o en contra de la sociedad, aceptar toda clase de
cauciones, sean reales o personales, y toda clase de garantías a favor de la sociedad; para
pactar prohibiciones de enajenar y/o gravar; y para ejercitar y renunciar acciones, como las de
nulidad, rescisión, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de
los contratos, exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas y, en general, ejercitar
todos los derechos y todas las acciones que competen a la sociedad; c) Comprar, vender,
permutar y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles
corporales e incorporales, derechos sobre éstos y celebrar contratos de promesa sobre los
bienes enumerados y otros, pudiendo constituir prendas, incluso con cláusula de garantía
general y pactar prohibiciones de gravar y enajenar sobre toda clase de bienes muebles
sociales, sean éstos valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o
incorporales; d) Comprar, adquirir, vender y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes
inmuebles, corporales o incorporales y derechos sobre éstos, celebrar contratos de promesa
sobre ellos, gravarlos con hipotecas y prohibiciones para garantizar obligaciones sociales,
incluso con cláusula de garantía general; e) Dar y tomar en arrendamiento, comodato,
usufructo, administración o concesión, o bien, a cualquier otro título, toda clase de bienes, sean
éstos corporales o incorporales, raíces o muebles; f) Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias

de depósito o de ahorro, contratar toda clase de préstamos y líneas de crédito o de sobregiro en
moneda nacional, con o sin interés, con instituciones bancarias, financieras y particulares, en
forma de mutuo, avance contra aceptación, sobregiros, créditos en cuenta corriente, crédito
documentario o de cualquier otra forma, pudiendo al efecto suscribir, firmar y aceptar los
contratos de mutuo, pagarés, letras de cambio y todo instrumento público, privado, o mercantil
que fuere pertinente; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento y
efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera, incluyendo la
apertura de cartas de crédito y acreditivos; g) Administrar las cuentas corrientes bancarias de
que la Sociedad sea titular, pudiendo girar, depositar, hacer protestar, revalidar, cancelar y
cobrar cheques; hacer y retirar depósitos de dinero, especies o valores a la vista o a plazo,
retirar valores en custodia; girar cheques y suscribir y/o aceptar y girar letras de cambio,
pagarés y demás instrumentos mercantiles necesarios para perfeccionar, documentar y/o
garantizar las operaciones de crédito; retirar talonarios de cheques y solicitar, aprobar o
impugnar los saldos de dichas cuentas corrientes, encomendar comisiones de confianza y dar
instrucciones a bancos particulares o estatales o instituciones financieras nacionales o
extranjeras; h) Realizar operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales,
presentar, firmar y tramitar registros de importación y/o exportación, presentar solicitudes
anexas y cartas explicativas, retirar mercaderías de las aduanas, endosar y retirar
conocimientos de embarque, suscribir declaraciones juradas y toda clase de documentos que
fueren exigidos por el Banco Central de Chile u otras autoridades o reparticiones, solicitar la
modificación de las condiciones bajo las cuales se hubiere autorizado una determinada
operación y solicitar autorización para operar bajo el sistema de cobertura diferida u otro; 1)
Comprar y adquirir a cualquier título, permutar y enajenar a título oneroso toda clase de
materias primas, insumos, productos terminados y, en general, toda clase de bienes muebles
del activo realizable de la sociedad y cuya adquisición o enajenación se relacione directamente
con el giro de la sociedad; j) Aceptar la constitución de toda clase de prendas, hipotecas y
gravámenes en favor de la sociedad, pudiendo al efecto suscribir los instrumentos y/o escrituras
públicas o privadas que fueren pertinentes; k) Cobrar todo cuanto se adeude a la Sociedad por
cualquier motivo o título por cualquier persona, natural o jurídica, incluido el Fisco, sea en
dinero o en otra clase de bienes o valores; firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y retirar
documentos, cheques y otros valores pertenecientes a la Sociedad; |) Aceptar y efectuar
daciones en pago, pagos por subrogación y por consignación, exigir, entregar o recibir
rendiciones de cuentas; cobrar y percibir cuanto se adeude a la Sociedad, extinguir y novar
obligaciones, darlas por extinguidas y alzar y cancelar toda clase de prendas, hipotecas o
cualquier otra caución o gravamen constituido en favor de la Sociedad para la seguridad de sus
créditos; m) Girar, aceptar, endosar en cobranza, garantía o en dominio, acordar liberaciones de
protesto y protestar letras de cambio; pagarés y toda clase de titulos de crédito en moneda
nacional o extranjera; n) Representar a la Sociedad ante toda clase de organizamos de
previsión, Cajas de Previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicio de Seguro
Social, Instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto de Normalización Previsional y ante
la Dirección o Inspecciones Comunales o Regionales del Trabajo y toda clase de organismos,
instituciones o autoridades que se relacionen con las actividades laborales, de previsión y de

seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse
de las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones; 0) Representar a la Sociedad ante toda
clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos de Derecho Público,
fiscales o semifiscales, incluyendo el Banco Central de Chile, el Servicio de Impuestos Internos,
la Tesorería General de la República, la Contraloría General de la República, Municipalidades,
Superintendencias, etc., pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas,
desistirse de las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones; p) Registrar y renovar la
inscripción de marcas comerciales y patentes industriales y de invención, oponerse a su
registro, solicitar nulidades y actuar con amplias atribuciones ante los organismos competentes,
el Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, y el Tribunal de Propiedad Industrial; q) Retirar correspondencia postal,
telegráfica, encomiendas, giros y cualquier otra dirigida a la Sociedad, sea certificada o u
ordinarias; r) Representar a la Sociedad con las facultades de ambos incisos del artículo
séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se dan por expresamente reproducidas; s)
Otorgar mandatos especiales y delegar parcialmente sus facultades; t) Concurrir a la
constitución de asociaciones gremiales o cualquier otro tipo de agrupaciones que reúnan a
empresas cuyo giro, origen o políticas sean coincidentes con las de la Sociedad, incorporarse a
las ya existentes y actuar ante ellas con las más amplias atribuciones; u) Representar a la
Sociedad en las Juntas de Accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que
la Sociedad sea accionista o socia, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones,
pudiendo designar Directores, Inspectores de Cuentas o Auditores Externos, acordar la reforma
de sus estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; v) Concurrir, en
representación de la Sociedad, a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles
como comerciales, sean anónimas, por acciones, colectivas, de responsabilidad limitada, en
comandita por acciones o simple, fondos de inversión, asociaciones o cuentas en participación,
etc.; y w) Actuar con las más amplias facultades en todos los asuntos y trámites relacionados
con la constitución de la propiedad minera.

6. REVOCACIÓN Y OTORGAMIENTO DE NUEVOS PODERES.

El Directorio acordó, por unanimidad, revocar los poderes otorgados con anterioridad,
especialmente los contenidos en escritura pública de fecha 27 de abril de 2015, repertorio
número 6052-2015, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, y
acordó, por unanimidad de los miembros presentes, otorgar los siguientes poderes:

a) Para que el señor Jorge Radrigán Reyes actuando en forma conjunta con uno cualquiera
de los señores Rodrigo Caruti Silva, Juan Tapia Madrid o Sergio Vásquez Vargas,
representen a Ecapital Sartor Corredores de Bolsa de Productos S.A. con las facultades
indicadas en las letras a) a la s) ambas inclusive, a excepción de las facultades
contenidas en la letra d) del acuerdo quinto precedente.

b) Para que los señores Mariano José Silva Squella y Cristian Daniel Rodriguez Pinilla
actuando conjuntamente, o para que actuando una cualqueira de los anteriores

conjuntamente con uno cualquier de los señores Jorge Radrigán Reyes, Rodrigo Caruti
Silva, Juan Tapia Madrid o Sergio Vásquez Vargas, representen a Ecapital Sartor
Corredores de Bolsa de Productos S.A. con las facultades indicadas en las letras a) ala
s) ambas inclusive, a excepción de las facultades contenidas en la letra d) del acuerdo
quinto precedente.

c) Para que uno cualquiera de los señores Manuel Lara Calderón o Sergio Yáñez Astete
actuando conjuntamente con el señor Pedro Pablo Larraín Mery representen a Ecapital
Sartor Corredores de Bolsa de Productos S.A. con las facultades indicadas en las letras
a) a la w) ambas inclusive, del acuerdo quinto precedente.

7. EFECTOS DE ESTOS ACUERDOS

El Directorio acuerda llevar a efecto los acuerdos adoptados de inmediato, sin esperar la
aprobación de esta acta en la próxima reunión.

8. REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA
Se faculta a los señores Gianella Patroni Jara, Valentina Paz Mora Cornejo y José Miguel
Sanhueza Campos, para que actuando indistintamente uno cualquiera de ellos por sí solo,

pueda reducir a escritura pública, ya sea total o parcialmente, la presente acta, si lo estimaren
conveniente.

Siendo las 10:30 horas, sin haber otro asunto que tratar, se levantg la sesión.

orge Radrigán Reyes

Mandél Lara caló 27
Presidente Secretario

José Miguel Sanhueza Campos Pedí

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Sergio

E Vargas
ML (

ristian Daniel Rodríguez Pinill

KK

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1709aa43743b7a0e31e0a4e935e8316dVFdwQmVFNXFSWGxOUkVVMFRsUkZNRTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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