Resumen corto:
e AA 0 00 OD IRE CEIEA REEE 2010010006895 A TOTS] 21012010 – 11:53 Operador: LADIAZ, CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES’ SUPERINTENDENCIA VALORES Y SEGUROS. Santiago, 20 de enero de 2010 Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente Superintendencia de Valores y Seguros Presente Ref.: Comu
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IRE CEIEA REEE 2010010006895 A TOTS] 21012010 – 11:53 Operador: LADIAZ, CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES’
SUPERINTENDENCIA VALORES Y SEGUROS.
Santiago, 20 de enero de 2010
Señor
Guillermo Larraín Ríos Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros Presente
Ref.: Comunica hecho esencial
Señor Superintendente:
De conformidad con lo dispuesto en los nuevos artículos 146 y siguientes de la ley de sociedades anónimas y debidamente autorizado, informo a usted en carácter de hecho esencial que en su sesión celebrada en el día de ayer, el Directorio de Depósito Central de Valores S.A., Depósito de Valores (DCV) acordó adoptar políticas generales de habitualidad sobre operaciones ordinarias en consideración a su objeto social.
Las políticas generales de habitualidad que se detallan a continuación comenzarán a regir el 19 de enero de 2010 y permitirán celebrar operaciones con partes relacionadas sin necesidad de autorización previa del Directorio, ni darse a conocer en la próxima junta de accionistas, ni que los señores Directores informen al Directorio ningún otro cumplimiento de requisitos conforme a lo establecido en el inciso 2% letra b) del artículo 147 de la Ley 18.046.
Políticas Generales de Habitualidad
i. Conforme a su objeto social, son ordinarias todas aquellas operaciones entre el DCV y sus depositantes, sociedades o entidades emisoras, sociedades o entidades pagadoras, destinadas a recibir en depósito valores de oferta pública y facilitar las operaciones de transferencia de dichos valores, mediante el contrato de depósito, de emisor, de pagador, de banco liquidante, de registro de emisiones desmaterializadas, de información estadística y sus respectivos anexos y addenda.
ji, Asimismo, son ordinarias todas aquellas operaciones de compensación y liquidación y contratos con bolsas de valores, con operadores de cámara y con cámaras de compensación o entidades de contraparte central.
iii. De igual forma, son ordinarias todas aquellas operaciones bancarias, de seguros y de inversiones, con bancos, corredores de bolsas y administradoras de fondos mutuos.
> | DCV : iv. Finalmente, son ordinarias todas ‘aquellas operaciones y contratos con sus proveedores de servicios computacionales o de información, de asesorías profesionales, de gestión, de arrendamientos, de seguridad, de provisión de personal externo temporal, de telefonía y cualquier otra similar, normal y corriente, de desarrollo de sistemas, de aseo, cafetería y radiotaxi y de custodia o bodegaje.
Sin otro particular, saludamos atentamente al señor Superintendente, o DEPÓSITO CENTRAL DE VALORES S.A,, o DEPÓSITO DE VALORES
Fernand4 Yáñez González Gerénte General
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a33c81aa308dbe0155cb7ec6f122c81fVFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RtcG5OVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909