2 CURAUMASAA.
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ROL S.V.S. N” 615
Santiago, 27 de diciembre de 2012.
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de
Valores y Seguros
Presente
REF.: Hecho esencial.
Señor Superintendente:
Comunicamos a Ud., en el carácter de hecho relevante, según lo dispuesto en el artículo
9 y el inciso segundo del artículo 10 de la ley 18.045, lo siguiente:
Curauma S.A. ha celebrado con la Tesorería General de la República un Convenio de
Pago de Impuestos, acogiéndose a los beneficios que otorga la ley 20.630, de
conformidad con la Resolución 1412 exenta.
Curauma S.A. se ha comprometido a pagar la deuda del Convenio en cuotas en un plazo
de doce meses, la primera de las cuales se canceló en el día de ayer. Dichos
vencimientos son coincidentes con los plazos de pago de los otros acreedores de la
Sociedad.
Los efectos sobre resultados y patrimonio que origina el presente hecho relevante se
irán reconociendo en los Estados Financieros de la Sociedad al momento del pago de
cada cuota.
Sin otro particular, saludamos atentamente a Ud.,
p. Curauma S.A.
)
Antonio Espinoza Piza:
erente General
Avda. Apoquindo 3039, Piso 17 – Las Condes
Teléfonos: 22300650 – 22300850
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=6001463ff9649fd43850cecff969583cVFdwQmVFMXFSWGxOUkVVeVRYcFJNRTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909