Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CRISTALERIAS DE CHILE S.A. 2025-11-28 T-10:17

C

Resumen corto:
Cristalerías de Chile S.A. aprobó en noviembre de 2025 una política de elección de directores, basada en requisitos profesionales y experiencia, con procesos de selección y divulgación en sus sitios web.

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Cristalerías de Chile S.A.

Y Planta Padre Hurtado José Luis Caro 501 y Padre Hurtado, Santiago – Chile Ñ Teléfono: (56 – 2) 2787 8888 Cristalchile

Planta Llay – Llay

El Porvenir 626 Ruta 5 Km. 85 Llay – Llay, San Felipe – Chile Teléfono: (56 – 34) 2494637

HECHO ESENCIAL CRISTALERIAS DE CHILE S.A.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N*0061

Santiago, 28 de noviembre de 2025
G. General N_059

Señora

Solange Berstein J.

Presidenta

Comisión para el Mercado Financiero Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449 Presente

Ref.: Informa Aprobación de Política de Elección de Directores

Estimada señora Presidenta:

Por la presente, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9 y 10 de la Ley de Mercado de Valores, en la Norma de Carácter General N*30 y en la Circular N*660, de 1986, ambas de la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF), debidamente facultado al efecto, informo a usted el siguiente Hecho Esencial respecto de Cristalerías de Chile S.A. (la Sociedad:

Con fecha de hoy, el Directorio de la Sociedad, ha tomado conocimiento que el Directorio de Compañía Electro Metalúrgica S.A., sociedad matriz de la Sociedad, en sesión de directorio celebrada el día de ayer, acordó aprobar una política general de elección de directores en sus sociedades filiales (la Política), en conformidad con lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 533 de la CMF. En virtud de lo anterior, a contar de esta fecha el ejercicio del derecho a voto por parte de Compañía Electro Metalúrgica S.A. en la elección de directores de la Sociedad, se sujetarán a las disposiciones de la Política. Finalmente, se adjunta como anexo al presente Hecho Esencial el texto íntegro de la Política, una copia de la cual se encuentra disponible en https:www. cristalchile. cl

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

p.p. CRISTALERIAS DE CHILE S.A.

Gerente General

C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago Banco de Chile Bolsa Electrónica Clasificadoras de Riesgo Archivo

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Cristalchile

ANEXO

Política General de Elección de Directores en Sociedades Filiales

En conformidad con lo establecido por el artículo 92 bis de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas y la NCG N* 533 de fecha 11 de marzo de 2025 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a continuación se establece la política general de elección de directores en sociedades filiales directas y fiscalizadas por dicha Comisión (en adelante denominada también como la Política), aprobada por el directorio de Compañía Electro Metalúrgica S.A. (en adelante denominada también como Elecmeta]).

La presente Política regula los requisitos y procedimientos requeridos para la elección de directores en Cristalerías de Chile S.A. (en adelante Cristalerías), filial directa de Elecmetal sujeta a fiscalización por la CMF.

1. Fecha de aprobación y última actualización Fecha de aprobación: Aprobada por el directorio de Elecmetal de fecha 27 de noviembre de 2025.

2. Idoneidad profesional de los candidatos

Los candidatos a director de Cristalerías deberán cumplir con uno o más de los siguientes criterios de idoneidad profesional:

A.- Estar en posesión de un título profesional o técnico otorgado por una institución de educación superior reconocida en Chile o en el extranjero en áreas como administración, finanzas, derecho, ingeniería, comunicación u otras afines al giro de la filial.

B.- Acreditar un mínimo de cuatro años de experiencia en cargos directivos o de asesoría en empresas chilenas o extranjeras, sea que formen parte del grupo empresarial de Cristalerías o no.

No obstante, en casos calificados será posible nominar un candidato que no cumpla con ninguno de estos requisitos. El Presidente justificará las razones que hacen pertinente el ejercicio de esta facultad extraordinaria en la cuenta que dé al directorio, de lo cual deberá dejarse constancia en el acta de la sesión respectiva, nominación que en este caso requerirá una aprobación específica del directorio.

3. Vinculación con la sociedad matriz

Para efectos del cumplimiento de esta Política, no se exigirá que los candidatos a director de Cristalerías mantengan vínculo contractual alguno con Elecmetal, Cristalerías, ni con otras entidades del grupo empresarial.

La evaluación de los candidatos se centrará en su idoneidad profesional según se detalla precedentemente, sin que la existencia o ausencia de vínculos contractuales constituya un requisito excluyente.

4. Proceso de elección El proceso de designación y elección de directores en Cristalerías se regirá por los siguientes lineamientos: > Búsqueda de candidatos: el Presidente de Elecmetal identificará y evaluará a los candidatos a director de Cristalerías. Con tal objeto, si lo estima necesario, podrá incorporar en el proceso la opinión de uno o más gerentes de Elecmetal o la de terceros asesores.
>” Requisitos: los candidatos propuestos por el Presidente de Elecmetal deberán cumplir con alguno de los criterios y requisitos establecidos en esta Política, y no deberán encontrarse afectos a ninguna de las inhabilidades previstas en la normativa legal y reglamentaria aplicable.

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Cuenta al directorio y confirmación: el Presidente dará cuenta al directorio de Elecmetal de los candidatos seleccionados de acuerdo con esta Política, con los respectivos antecedentes, los que deberán ser confirmados por el directorio.

Documentación: los candidatos nominados por Elecmetal para ser directores en Cristalerías, deberán cada uno entregar un curriculum vitae; una declaración de que cumple con alguna de las exigencias de idoneidad profesional previstas en la Sección 2 de esta Política; y la declaración de que acepta su nominación al cargo de director, que no tiene inhabilidades para desempeñarlo en conformidad con la normativa legal y reglamentaria aplicable y no está afecto a la prohibición contemplada en el artículo 3* letra d) del Decreto Ley N*211.

Reelecciones: no será necesario conducir un nuevo proceso de selección respecto de aquellos directores previamente nominados por Elecmetal y que sean propuestos para su reelección.
Revisión periódica: el proceso previsto en esta Política será revisado al menos una vez al año para asegurar su vigencia y efectividad.

5. Mecanismos de divulgación La Política será difundida mediante: > > > >

Publicación en el sitio web de Cristalerías: https: www.cristalchile. cl

Publicación en el sitio web de Compañía Electro Metalúrgica S.A.: https:www.me- elecmetal.com

Disponibilidad física: en las oficinas sociales de Elecmetal de Av. Andrés Bello 2233, piso 11 y 12, comuna de Providencia, Santiago.

Hecho esencial de la filial: tan pronto como Cristalerías tome conocimiento de que el directorio de Elecmetal aprobó la presente Política o cualquier modificación de la misma, deberá divulgarlo como hecho esencial junto con una copia de la Política.

6. Disposición final

A contar de la fecha en que Cristalerías tome conocimiento de esta Política, el ejercicio del derecho a voto en la elección de directores en dicha sociedad por parte de Elecmetal (a través de los respectivos vehículos societarios, en su caso) quedará sujeto a las disposiciones de esta Política.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9d636177f3ecd83ec39e3530dc5dd669VFdwQmVVNVVSWGhOUkdkNlRrUmplRTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1764336001

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