CE
Planta Padre Hurtado
Y José Luis Caro 501
Padre Hurtado
y e Santiago – Chile
Teléfono: (56 – 2) 2787 8888
Cristalchile
Planta Llay – Llay
2 El Porvenir 626
Santiago, 26 de febrero de 2019 ¡¡ay-Llay -Chile
Teléfono: (56 – 34) 494 637
N* 014 /
Inscripción Registro de Valores N*61
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Aprobación de Política General de
Habitualidad para Operaciones con
Partes Relacionadas
De nuestra consideración:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 9* y en el inciso segundo del Artículo 10% de la
Ley N* 18.045, y a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 30, debidamente
facultado por el Directorio de la Sociedad, informamos a usted que en sesión de
Directorio efectuada el día de hoy, se aprobó la actualización de la Política General de
Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de Cristalerías de Chile S.A.,
la que se adjunta.
Esta política se encontrará a disposición de los accionistas de la Sociedad en las
oficinas sociales y en el Sitio de Internet de la Sociedad www.cristalchile.cl, de
conformidad con lo señalado en la letra b) del artículo 147 de la Ley 18.016.
Sin otro particular, saludamos atentamente a usted,
p. CRIST ¡AS DE CHILE S.A.
As
Edu arvallo Infante
Gerente General
C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica
Archivo
Adj.: Lo indicado
ECl/atw.
Cristalchile
Política General de Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas de
Cristalerías de Chile S.A.
Introducción
En cumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones introducidas por la Ley N”20.382 a
la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas (“LSA”), Cristalerías de Chile S.A. (la
“Sociedad”), en su calidad de sociedad anónima abierta, viene en establecer la siguiente
política general de habitualidad, respecto de aquellas operaciones que sean ordinarias en
consideración al giro de la Sociedad, a fin de que conforme a lo dispuesto en el inciso 2
del artículo 147 de la LSA, la Sociedad pueda ejecutar tales operaciones con partes
relacionadas, sin necesidad de cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos
en los números 1) al 7) del inciso 1 del referido artículo.
La presente Política fue aprobada en sesión de directorio de la Sociedad celebrada con
fecha 26 de febrero de 2019, se encuentra publicada en la página web de la Sociedad
(www. cristalchile.cl) y disponible para los interesados en las oficinas de ella ubicadas en
José Luis Caro 501, comuna Padre Hurtado, Santiago.
Objeto
A. Para ser incluida en esta política, una operación no sólo tiene que ser habitual, sino
que el carácter ordinario de la misma ha de ser funcional al giro de la sociedad, esto
es:
a) El desarrollo y explotación de uno o más establecimientos industriales del ramo de
envases, vajilla, contenedores, empaques y similares, sean éstos de vidrio, cristal,
cartón, plástico u otros materiales susceptibles de ser utilizados para tales fines,
incluyendo el embotellado y envasado;
b) La elaboración de vidrios y cristales en todas sus formas, aplicaciones y
características;
c) La exportación, importación y comercialización de productos y materias primas
relacionadas con las actividades precedentes; y
d) La inversión y/o explotación directa o indirecta en actividades navieras, agrícolas,
vitivinícolas, agroindustriales, forestales, pesqueras, mineras, químico industriales,
de la construcción, de turismo, de medios de transporte, de bienes de consumo
masivo, de medios de comunicación, exportaciones y la producción de electricidad
y actividades complementarias. Asimismo podrá realizar actividades sanitarias; e
inmobiliarias, especialmente, aquellas que consistan en dar y/o tomar en
arrendamiento y, en general, cualquier otra forma de cesión del uso o goce
temporal, de inmuebles amoblados o sin amoblar. Asimismo podrá efectuar
compraventa de acciones.
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Cristalchile
B. En consideración a lo anterior, el directorio de Cristalerías de Chile S.A. establece que
las siguientes operaciones son habituales y ordinarias en consideración al giro social:
1. La adquisición de vidrio, cristal, cartón, plástico y toda clase de insumos que se
requieran para fabricar los productos indicados en los literales a) y b) del párrafo A
anterior;
2. La venta de botellas, envases, vajilla, contenedores, embalajes, empaques y
similares, así como de toda clase de vidrios, sea que tales productos se
encuentren terminados o no;
3. La contratación de energía eléctrica y toda clase de hidrocarburos y combustibles,
y de todos los servicios domiciliarios que pudieren requerirse para el adecuado
funcionamiento de sus establecimientos industriales, comerciales y oficinas;
4. La producción de electricidad y actividades complementarias;
5. La celebración de contratos de transporte terrestre, aéreo y marítimo, y de
fletamento;
6. La contratación de toda clase de seguros;
7. La contratación de servicios afines al giro social, tales como servicios
computacionales, informáticos y de telecomunicaciones, entre otros;
8. La contratación de publicidad en medios de comunicación social;
9. Las operaciones de financiamiento, incluidos contratos de mutuo, cuenta corriente
mercantil y cualquier otra modalidad que permita a la compañía contar con los
recursos que requiera o poner a disposición de entidades relacionadas sus
excedentes de caja;
10. La celebración de contratos de derivados;
11. Las operaciones de cambios internacionales, de exportación y de importación;
12. Dar y/o tomar en arrendamiento bienes inmuebles; y
13. La explotación del rubro del embotellado y envasado.
C. Atendido lo expuesto en el literal precedente, se consideran desde ya como
operaciones habituales con partes relacionadas, a título meramente ejemplar:
1. Venta de botellas, embalajes y cobro de fletes a Sociedad Anónima Viña Santa
Rita;
2. Venta de botellas, embalajes y cobro de fletes a Viña Los Vascos;
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Cristalchile
3. Venta de botellas, embalajes y cobro de fletes a Viñedos Emiliana S.A.;
4. Venta de botellas a Viña Doña Paula S.A.;
5. Ventas a Rayén Curá S.A.l.C;
6. Venta de botellas, embalajes y cobro de fletes a Olivos del Sur S.A.;
7. Venta de botellas, embalajes y cobro de fletes a Embotelladora de Aguas Jahuel
S.A;
8. Venta de botellas, embalajes y otros servicios a Embotelladora Andina S.A.;
9. Venta de botellas y embalajes a Comercializadora Novaverde S.A.;
10. Venta de botellas y embalajes a Cervecería Austral S.A.;
11. Contratación de publicidad con Ediciones Financieras S.A.;
12. Contratación de servicios con Servicios y Consultorías Hendaya S.A.;
13. Contratación de servicios con Servicios Compartidos Ticel Ltda.;
14. Dar en arrendamiento oficinas a Servicios Compartidos Ticel Ltda.; y
15. Operaciones financieras que incluyen tomar depósitos a plazo, operaciones de
cobertura de moneda extranjera y créditos bancarios con Scotiabank Azul.
D. En todo caso, las operaciones habituales definidas en esta política que celebre la
sociedad con partes relacionadas no estarán, en ningún caso, exentas de los
requisitos materiales exigidos por el artículo 147 de la ley 18.046, esto es:
¡. Tener por objeto contribuir al interés social; y
li Ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el
mercado al tiempo de su aprobación.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=1559b8e3e4cec9e2d341651b4f436105VFdwQmVFOVVRWGxOUkVGNlRrUkJNazFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108