Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CREDICORP CAPITAL S.A. SECURITIZADORA 2017-09-26 T-13:10

C

HECHO ESENCIAL
Credicorp Capital S.A. Securitizadora

Santiago, 26 de septiembre de 2017

Señor,

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente de Valores y Seguros

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N” 1.449
Presente

De nuestra consideración:

Por la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9? y en el inciso segundo del artículo
10* de la Ley N” 18.045 y lo contemplado en la Norma de Carácter General N” 30 emitida por esta
Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, comunico a usted y al mercado en
general, en carácter de hecho esencial, lo siguiente respecto a Credicorp Capital S.A. Securitizadora
(la “Sociedad”):

Con esta fecha, la Sociedad ha tomado conocimiento de un contrato de compraventa de acciones
celebrado por escritura pública de 21 de septiembre de 2017, otorgada en la Notaría de Santiago
de don Patricio Raby Benavente, entre Credicorp Capital Chile S.A. e Inversiones IMT S.A., únicos y
actuales accionistas de la Sociedad, en virtud del cual la segunda sociedad vende, cede y transfiere
a la primera, la única acción de su propiedad emitida por la Sociedad (la “Compraventa”)

Es del caso señalar que una vez inscrita la transferencia antes mencionada en el Registro de
Accionistas de la Sociedad, y manteniéndose dicha situación por un período ininterrumpido que
exceda de 10 días, todas las acciones emitidas por la Sociedad se reunirán en manos de una sola
persona, esto es, Credicorp Capital Chile S.A., toda vez que esta última habría adquirido la única
acción emitida por la Sociedad que no era de su propiedad con anterioridad a la Compraventa,
operando en consecuencia, la causal de disolución establecida en el artículo 103 N” 2 de la Ley
18.046 sobre Sociedades Anónimas (la “LSA”).

No obstante lo anterior, se hace presente que la Compraventa se encuentra sujeta a la condición
suspensiva consistente en que esta Superintendencia otorgue su aprobación para la inscripción de
dicha transferencia en el Registro de Accionistas de la Sociedad, en conformidad a lo dispuesto por
el artículo 107 la LSA.

Es en virtud de lo expuesto, que con esta misma fecha la Sociedad ha presentado en oficina de
partes de esta Superintendencia, una solicitud de aprobación en conformidad al artículo 107 de la

LSA, para proceder a la inscripción de la Compraventa, teniendo además en consideración que la
Sociedad no mantiene patrimonios separados y en general no ha realizado operaciones propias de
su giro desde su constitución a la fecha, ni tampoco se espera que opere en el futuro.

Sin otro particular, se despide cordialmente,

Varrubias Fernández
Gerente General
CREDICORP CAPITAL S.A. SECURITIZADORA

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ab50c90ca983c32e84ad8fd333cdd6e4VFdwQmVFNTZRVFZOUkVVelRVUk5NMDFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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