Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CREDICORP CAPITAL ASSET MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS 2016-02-09 T-17:41

C

HECHO ESENCIAL
Credicorp Capital Asset Management S.A.
Administradora General de Fondos

Santiago, 8 de febrero de 2016

Señor,

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente de Valores y Seguros

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449
Presente

De nuestra consideración:

Por la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del
artículo 10 de la Ley N” 18,045 y lo contemplado en la Norma de Carácter General N” 30
emitida por esta Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, comunico a usted
y al mercado en general, en carácter de hecho esencial, lo siguiente respecto a Credicorp
Capital Asset Management S.A. Administradora General de Fondos (la “Sociedad”):

De conformidad a lo establecido en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley N*
18.046 sobre Sociedades Anónimas, el directorio de la Sociedad en su sesión celebrada el día 8
de febrero de 2016, acordó modificar la Política General de Habitualidad, acordada en sesión
de directorio de fecha 20 de noviembre de 2015, quedando ésta en los términos contenidos en
el documento que se adjunta.

Se deja constancia que la referida política queda a disposición de los accionistas en las oficinas
sociales y se mantendrá publicada en el sitio Web de la Sociedad.

Sin otro particular, se despide atentamente,

Álvaro áladriz Mellado
Gerente General
CREDICORP CAPITAL ASSET MANAGEMENT S.A.
ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS

POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD DE CREDICORP CAPITAL ASSET
MANAGEMENT S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS (LA
“SOCIEDAD”)

1. OBJETIVO Y ALCANCES DE LA POLÍTICA GENERAL DE
HABITUALIDAD. La presente Política General de Habitualidad tiene por objeto
determinar las operaciones habituales de la Sociedad que, siendo ordinarias en
consideración a su giro social, podrán efectuarse, ejecutarse y/o celebrarse con partes
relacionadas (las “Operaciones Habituales”), sin necesidad de cumplir con los requisitos,
formalidades y procedimientos que se establecen en los numerales 1) al 7) del inciso
primero del artículo 147 de la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas (la “Ley”), en la
medida que dichas operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en
precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su
celebración.

2. GIRO DE LA SOCIEDAD. Para los efectos de la presente Política General de
Habitualidad, se deja constancia que el objeto exclusivo de la Sociedad es la administración
de recursos de terceros, sin perjuicio de poder realizar las demás actividades
complementarias a su giro autorizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros.

3. POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD. Se considerarán operaciones
ordinarias habituales de la Sociedad con partes relacionadas, todas aquellas operaciones,
actos, contratos y/o negocios que ésta realice, ejecute y/o celebre con partes relacionadas,
independiente de cuál sea su monto o cuantía y cualquiera sea la duración, extensión y/o
periodicidad de su contratación con ellas, en la medida que dichas operaciones se
enmarquen dentro su objeto social indicado en el número 2 precedente, y/o sean necesarias
para el normal desarrollo de las actividades de la Sociedad en el ejercicio y cumplimiento
de su giro social.

Sin perjuicio de lo anterior, estas operaciones deberán además, y en todo caso, tener por
objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas
que prevalezcan en el mercado al tiempo de su realización, ejecución y/o celebración.

En caso de llegar a existir dificultades en la determinación del carácter habitual de una
operación en particular, con tal finalidad podrá tomarse en consideración la similitud de
dicha operación con otras que la Sociedad haya desarrollado ordinaria y/o recurrentemente,
incluso con anterioridad a la fecha de aprobación de esta Política General de Habitualidad.

Entre las operaciones ordinarias del giro de la Sociedad que, por cuenta propia y/o ajena
ésta realiza habitualmente, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino meramente
referencia, se encuentran especialmente las siguientes:

1. La administración de los fondos que conforme a su objeto social la Sociedad pueda
administrar (los “Fondos”).

2. La compra y venta de activos por y para la Sociedad y/o los Fondos, la ejecución
realización y celebración de todo tipo de operaciones financieras, actos y contratos

4.

ou

10.

11.

12.

13.

14.

autorizados en relación a los activos de la Sociedad y/o a los recursos de las carteras
de los Fondos, tales como: operaciones de bolsa, de compra y venta de acciones y
de todo tipo de valores, monedas extranjeras, derivados (forwards, swaps,
opciones), pactos, préstamos, etc.

La contratación de servicios de administración de recursos de las carteras de los
Fondos.

La contratación de servicios para la comercialización y distribución de productos y
para la colocación de cuotas de los Fondos, así como la contratación de agentes
colocadores.

Los aportes, rescates y/o retiros en los Fondos.

La contratación de servicios de intermediación de valores de oferta pública.

La contratación de servicios de custodia, de cobranza y otros similares, respecto a
todo tipo de valores.

La contratación de servicios y de asesorías en materias administrativas, contables,
financieras, tributarias, legales, de auditoría, informáticas, de estudio, de marketing
de publicidad; la contratación de servicios de procesamiento y administración de
datos y de asesoría en gestión, la contratación de servicios de selección,
contratación y capacitación del personal de la Sociedad; y, en general, la
contratación de cualquier servicio de back office.

La contratación de todo tipo de seguros para la Sociedad y/o para los Fondos, así
como su corretaje.

La celebración de contratos de mandato y encargo, ya sea con Bancos,
intermediarios de valores y/o entidades financieras, de custodia o de cualquier otra
naturaleza, en Chile o en el extranjero.

La realización de toda clase de operaciones financieras con bancos y entidades
financieras de cualquier naturaleza.

La compra de bienes e insumos necesarios para el desarrollo de las actividades de la
Sociedad.

La celebración de contratos de arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles
necesarios para el desarrollo de las actividades de la Sociedad.

Aquellas operaciones de cuenta corriente mercantil y/o préstamos financieros, que
se celebren con partes relacionadas para la optimización del manejo de caja de las
respectivas sociedades.

PUBLICIDAD. La presente Política General de Habitualidad de la Sociedad

quedará a disposición de los accionistas de la Sociedad en las oficinas sociales y se
publicará en el sitio web www.credicorpeapital.cl

VIGENCIA. La presente Política General de Habitualidad entrará en vigencia a contar del
9 de febrero de 2016 y se mantendrá vigente mientras el Directorio de la Sociedad no
acuerde su modificación en conformidad a la Ley.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ab2590dfdfbb3049e744bb133cc188a3VFdwQmVFNXFRWGxOUkVGNFRucEJOVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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