Santiago, 9 de Mayo de 2017.
GG/162/ 2017
Señor
Carlos Pavez Tolosa.
Superintendencia de Valores y Seguros
PRESENTE
REF.: COMUNICA HECHO ESENCIAL
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores y
en el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras, ltaú Corpbanca comunica a Ud. el siguiente hecho esencial:
Con esta fecha, la Corte Suprema desechó el recurso de queja presentado por la Superintendencia
de Bancos e Instituciones Financieras (*SBIF”), con ocasión de la sentencia definitiva dictada por la
Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 31 de Agosto de 2016, por medio de la cual se acogió la
reclamación interpuesta por el Banco con el objeto de dejar sin efecto las multas aplicadas por la SBIF
mediante carta N? 16191 por un total de $21.764.507.494, declarándose, en consecuencia, su
ilegalidad.
Como se informara anteriormente, las referidas multas fueron reconocidas como gasto en el resultado
del ejercicio 2015, En atención a esta decisión de la Corte Suprema, se procederá oportunamente a
registrar el reverso de dicho gasto y los demás efectos financieros correspondientes.
Sin otro particular, le saluda cordialmente,
Cristián Toro Cañas
Gerente Corporativo Legal
Itaú Corpbanca
CC: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
CC: Bolsa de Comercio de Santiago
CC: Bolsa Electrónica de Chile
CC: Bolsa de Corredores de Valparaíso
2000211
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=73486c6cf2543a808652839181fe318fVFdwQmVFNTZRVEZOUkVFMFRrUkZNVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909