Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CONCRECES LEASING S.A. 2016-08-01 T-11:25

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Mail: d.donosoortiz(Agmail.com

Teléfonos: 2543320-2543321-2543322 : DA NOTA DDO.¡Carátula N*121801
PROTOCOLO INSTRUMENTOS PUBLICOS. IV BIMESTRE 2016

REPERTORIO N*5.358-2016.-

ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

CONCRECES LEASING S.A.

EN LA CIUDAD DE LA SERENA, REPUBLICA DE CHILE, a dieciocho
de Julio del año dos mil dieciséis, ante mí, JOHN GALLARDO
GÓMEZ, Abogado, Notario Público Suplente del titular don
Oscar Fernández Mora, según Resolución número setecientos
doce de fecha quince de Julio del año dos mil dieciséis, de
la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, y del
Decreto Económico número ciento treinta y tres, de fecha
dieciocho de Julio del año dos mil dieciséis, del Segundo
Juzgado de Letras de La Serena, ambas copias autorizadas se
encuentran protocolizadas bajo el número ochenta y uno, al
final del protocolo de instrumentos público, con domicilio
en calle Cordovez numero quinientos othenta y ocho, oficina
ciento ocho, Edificio Don Oscar, comparece: doña GENOVEVA
YOLANDA ILDEFONSO ARRIAGADA, chilena, soltera, abogado,
cédula nacional de identidad número diez millones
seiscientos cincuenta y seis mil trescientos setenta y ocho
guión cero, domiciliada para estos efectos en calle Manuel
Antonio Matta número doscientos veintiuno, La Serena, la
compareciente mayor de edad, quién me acredita su identidad
con la cédula respectiva y expone: Que debidamente
facultada, viene en reducir a escritura pública el Acta de
la Junta Extraordinaria de Accionistas de Concreces Leasing
S.A., que es del tenor siguiente: “ACTA JUNTA

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “CONCRECES LEASING S.A.” En

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La Serena, á siete de Julio de dos mil dieciséis, siendo
las diez: cero cero horas, en las oficinas de la sociedad
ubicadas en calle Matta N* doscientos veintiuno, La Serena,

se celebró Junta Extraordinaria de Accionistas de la

sociedad “CONCRECES LEASING S.A.”, con la asistencia de
doña María Alejandra Mas Valdés, quien concurre en
representación de “INVERSIONES ECOMAC S.A.” y de

“INVERSIONES ALEDAN LIMITADA” y de don Iván Humberto Araos,
quien participa por la “SOCIEDAD DE INVERSIONES A Y H
LIMITADA. Preside la Junta doña María Alejandra Mas Valdés
y actúa como Secretario don Iván Humberto Araos, por
acuerdo de la Junta. Asiste a la presente Junta el Notario
Público Suplente don John Galiardo Gómez, de la Segunda
Notaría de La Serena. Los concurrentes convienen en dejar
constancia de los siguientes hechos: Uno. Que los
participantes representan la totalidad de las novecientas
dos mil ochocientas dieciocho acciones de la sociedad,
conforme al Registro de Accionistas, divididas en
ochocientas ochenta y cuatro mil setecientas sesenta y dos
acciones de “Inversiones Ecomac S.A.”, trece mil
novecientas tres acciones de “Inversiones Aledan Limitada”
y cuatro mil ciento cincuenta y tres acciones de “Sociedad
de Inversiones A y H Limitada. Dos. Formalidades de
citación. Que, en atención a que se encuentran
presentes en esta Junta Extraordinaria la totalidad de
los accionistas, que representan, como se ha dicho, el
cien por ciento de las acciones de la sociedad, se han
omitido las formalidades de citación dispuestas en el
artículo cincuenta y nueve de la Ley dieciocho mil

cuarenta y seis, publicada en el Diario

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OSCAR FERNANDEZ MORA / y Fs. NATA
NOTARIO PUBLICO LA SERENA / NOT
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Teléfonos: 2543320-2543321-2543322 > a DDO.Carátula N*

Oficial número treinta y. mó. moventa y seis, de
fecha veintidós de Octubre de mil novecientos ochenta
y uno, sobre “Sociedades Anónimas”, y lo dispuesto en
el artículo ciento cuatro de su Reglamento, contenido
en el Decreto Supremo número setecientos dos, del
Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial
de fecha seis de Julio de dos mil doce, lo anterior,
en virtud de lo autorizado en el artículo sesenta de
la Ley ya citada. Tres. Calificación de poderes: Se
conviene dejar constancia que las representaciones de
las personas naturales que concurren por las
sociedades accionistas son las siguientes: a) La de
doña María Alejandra Mas Valdés por “Inversiones
Aledan Limitada” consta de la escritura pública de
fecha tres de agosto de dos mil nueve otorgada en la
Notaría de La Serena de don Oscar Fernández Mora; b)
La de doña María Alejandra Mas Valdés por “Inversiones
Ecomac S.A.” consta de la escritura pública de fecha
ocho de mayo de dos mil trece otorgada en la Notaría
de La Serena de don Oscar Fernández Mora, y xx) La de
don Iván Humberto Araos por “Sociedad de Inversiones A
y H Limitada” consta de la escritura pública de fecha
once de diciembre de mil novecientos noventa y seis
otorgada en la Notaría de La Serena servida por don
Jaime Morandé Miranda; las que fueron exhibidas y
aprobadas por la sala, acordándose no insertarlas.
Cuatro. Se deja constancia que, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo sesenta y tres de la ley
dieciocho mil Cuarenta y seis, sobre “Sociedades

Anónimas”, se notificó a la Superintendencia de

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Valores y Seguros de la realización de esta Junta. Al
respecto, se deja constancia que no concurre a esta
junta ningún representante de la Superintendencia.
TABLA. . Punto Único. MODIFICACIÓN ESTATUTO SOCIAL.
Señala la señora Presidenta que la convocatoria a la
presente Junta tiene por objeto someter a
consideración de los accionistas la modificación al
estatuto de social consistente en la periodicidad de
las reuniones ordinarias de directorio de la sociedad
y en establecer una remuneración para los directores
de la sociedad asociado a xxsu asistencia a las
reuniones de Directorio. Señala que para tales
efectos, la propuesta de la administración es acordar
que las reuniones sean de carácter mensual y que los
directores sean remunerados por su asistencia a las
reuniones, remuneración que será fijada anualmente por
la Junta Ordinaria de Accionistas. Los accionistas
analizan la modificación indicada adoptando por
unanimidad los siguientes acuerdos. Acuerdo Número
Uno: Se acuerda que las reuniones ordinarias. de
directorio deberán celebrarse al menos cuatro veces al
año. Acuerdo Número Dos: Se acuerda que los directores
de la sociedad serán remunerados, remuneración que
será fijada anualmente por la Junta Ordinaria de
Accionistas. Acuerdo Número Tres: A continuación y
como consecuencia de lo aprobado por la Junta de
Accionistas, la Presidenta señala que se debe proceder
a la reforma de los estatutos de manera de hacerlos
concordantes con el acuerdo previo. Conforme con lo

antes expuesto, Inversiones Ecomac S.A., Inversiones

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Aledan Limitada y Sociedad de Inversiones A y H
Limitada debidamente representadas, en su calidad de
actuales accionistas de la sociedad Concreces Leasing
S.A. acuerdan por unanimidad de las acciones con
derecho a voto de la sociedad sustituir el artículo
Sexto de los estatutos sociales que consta en la
escritura pública de constitución con fecha treinta de
abril de mil novecientos noventa y seis otorgada en la
Notaría de La Serena de don Oscar Suárez Alvarez;
sociedad inscrita a fojas ciento setenta y ocho N’
ciento treinta y uno del Registro de Comercio del

Conservador de La Serena del año mil novecientos

noventa y seis, por los siguientes artículos del
estatuto social que los reemplazan: “Artículo Sexto:

La sociedad será administrada por un Directorio
compuesto de seis miembros titulares, quienes no
tendrán necesariamente la calidad de accionistas. Los
directores durarán tres años en sus funciones y podrán
ser reelegidos indefinidamente. Al final de cada
período deberá procederse a la elección de la
totalidad de los miembros del Directorio. El quórum
para sesionar será de cuatro directores y los acuerdos
se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores
asistentes a la sesión. En caso de empate, decidirá el
voto del que preside la reunión. Las sesiones
ordinarias deberán celebrarse por lo menos cuatro
veces al año. El Directorio podrá reunirse en sesiones
extraordinarias cuando las cite especialmente el
Presidente, por sí o por indicación de uno o más

directores, previa calificación que el Presidente haga

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de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea
solicitada por la mayoría absoluta de los directores,
caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la
reunión, sin calificación previa. En las sesiones
extraordinarias sólo podrá tratarse las materias
específicas de la convocatoria. El Directorio elegirá
de su seno en la primera sesión que se celebre después
de su elección por la Junta Ordinaria de Accionistas,
un Presidente, que lo será también de la sociedad y de
la Junta de Accionistas. Al Presidente de la sociedad
le corresponderá especialmente presidir las Asambleas
de Accionistas y las sesiones de Directorio, citar al
Directorio a sesiones ordinarias y extraordinarias
cuando proceda, citar a las asambleas de accionistas y
ejercer las demás facultades y cumplir las demás
obligaciones que estos estatutos o el Directorio le
señale. Los directores serán remunerados por cada
reunión a la que asistan, remuneración que será fijada
anualmente por la Junta Ordinaria de Accionistas. Si
por cualquier causa no se celebrare, en la época
establecida, la Junta de Accionistas llamada a hacer
la elección de los directores, se entenderán
prorrogadas las funciones de los que hubieren cumplido
su período hasta que se les nombre reemplazante, y el
Directorio está obligado a convocar, dentro del plazo
de treinta días, una asamblea para hacer el
nombramiento.”. Acuerdo Número Cuatro: Los accionistas
acuerdan establecer como remuneración de los
directores para el presente año, a contar del mes de

julio, la suma equivalente en pesos moneda de curso

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NOTARIO PUBLICO LA SERENA
Mail: d.donosoortizMgmail.com – y
Teléfonos: 2543320-2543321-2543322 ‘ sl DDO. Carátula N*

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legal a diez Unidades de tomeñto por cada reunión
ordinaria del Directorio a la que asistan, suma que
deberá ser pagada dentro de los treinta días
siguientes a la fecha de la reunión, por el Gerente
General de la sociedad. REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA.
Se faculta a los abogados don Edmundo Ramírez Chacón y
doña Genoveva Ildefonso Arriagada, para que,
indistintamente y por separado, reduzca a escritura
pública los acuerdos tomados por la Junta en la
presente sesión y que sean procedentes, una vez
firmada el acta. No habiendo otro asunto que tratar,
se levanta la sesión siendo las diez: treinta horas.

Hay una firma ilegible. María Alejandra Mas Valdés.

Hay una firma ilegible. Iván Humberto Araos.
Certificado. John Gallardo Gómez, Notario Público

Suplente de la Segunda Notaría de La Serena, certifica
haber asistido y presenciado la JUNTA EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS CONCRECES LEASING S.A. celebrada el día
siete de Julio de dos mil dieciséis, a las diez: cero
cero horas en calle Matta N”* doscientos veintiuno,
comuna de La Serena. Asimismo, certifica que en la
referida Junta de Accionistas se adoptaron todos los
acuerdos que se consignan en el acta respectiva, que
se cumplieron con todos los requisitos estatutarios,
legales y reglamentarios para la reforma de sus

estatutos, especialmente en lo referente a los quórum

de asistencia, quórum para sesionar y adoptar
acuerdos.” La presente escritura ha sido leída por el
compareciente, de conformidad al artículo

cuatrocientos siete del Código Orgánico de Tribunales,

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declarando que acepta expresamente el tenor de la
misma, por lo que firma en señal de aceptación,
estampando su impresión digito pulgar derecho junto a
sus firma, conforme al artículo cuatrocientos nueve

del citado Código. Se da copia. DOY FE.

Impresión Dactilar

Firma:

<=
GENOVEVA 3

Derechos
s 2% – 000–
Boleta

“Y 93).

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=69624b75f3cd1b6e3d218b9bd6ac62b0VFdwQmVFNXFRVFJOUkVFMVRtcGpNMDVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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