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$ Camanchaca
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_. HECHO ESENCIAL
COMPANIA PESQUERA CAMANCHACA S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 1.060
Santiago, 3 de agosto de 2016.
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9? y en el inciso segundo del artículo
10? de la Ley 18.045 sobre mercado de valores, y en la Norma de Carácter General N* 30
de la Superintendencia de Valores y Seguros, en mi carácter de gerente general de
COMPAÑIA PESQUERA CAMANCHACA S.A. (la “Compañía” o “Camanchaca”) y
debidamente facultado por su directorio, comunico a usted la siguiente información
esencial respecto de dicha sociedad:
Complementando los hechos esenciales de fecha 2 y 8 de junio de 2015 y la
información entregada en la junta general ordinaria de accionistas celebrada el 22 de
abril del presente año, relativa al proceso de relocalización de las instalaciones de
procesamiento de pesca de Compañía Pesquera Camanchaca S.A. ubicadas en el Puerto
de Iquique, informo que la Compañía ha suscrito con esta fecha, un contrato de uso de
área portuaria con la Empresa Portuaria de Iquique (“EPT”), que comenzará a regir el día
11 de octubre de 2016, esto es, el día siguiente de la expiración del contrato de concesión
de uso de inmuebles que las rige actualmente y que normará las condiciones de uso y
restitución de los terrenos que actualmente ocupa la planta industrial de Camanchaca en
el Frente de Atraque N?1 del mencionado puerto.
El contrato firmado con esta fecha señala que Camanchaca podrá seguir
utilizando el área donde actualmente se encuentra su planta de procesamiento de pesca al
interior del recinto portuario de Iquique, pagando por ello una renta mensual de 3.300
Unidades de Fomento, esto es, aproximadamente un 300% superior al actual costo por
metro cuadrado utilizado.
De acuerdo al contrato suscrito hoy, las actividades de la mencionada planta y las
Operaciones de descarga de pesca podrán continuar normalmente en el año 2017 y 2018,
y deberán cesar definitivamente a partir del 1 de enero de 2019. Luego de ello,
Camanchaca restituirá los terrenos utilizados por la planta de procesamiento, no más allá
del 30 de abril de 2019. El acuerdo considera la opción de Camanchaca de reducir la
renta mensual conforme efectúe entregas parciales del terreno utilizado. Sobre esto
último, la Compañía estima que restituirá aproximadamente un tercio de la superficie en
los próximos 3 a 4 meses.
En relación a los servicios y operaciones portuarias, y uso de los espacios e
instalaciones necesarias para el funcionamiento de la flota pesquera de la Compañía,
tales como avituallamiento, mantenciones y embarque y desembarque de tripulaciones,
Camanchaca mantendrá aquello en los términos y condiciones habituales y conforme a
las políticas de tarificación de EPI, quien deberá dar aviso previo de 3 años en caso de
solicitar la restitución de estos espacios.
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato,
la Compañía comprometió títulos de crédito y boletas de garantía por un total de 95.000
Unidades de Fomento.
Camanchaca estima que la suscripción del Contrato no tendrá efectos
significativos o materiales en los estados financieros de la Compañía.
Saluda atentamente al señor Superintendente,
COMPAÑIA PESQUERA CAMANCHACA S.A.
Ricardo García Holtz
Gerente General
c.c. Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Valores de Valparaíso
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f7ab0f7a5de5490edfb6f10032ae2e4fVFdwQmVFNXFRVFJOUkVFMVQwUlJlazUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909