Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

COMPAÑIA MARITIMA CHILENA S.A. 2018-03-14 T-11:55

C

A
cmc

Valparaíso, 14 de marzo de 2018

Inscripción Registro de Valores N* 129

Señores
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: HECHO ESENCIAL
Señores:

Conforme a lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10” de la Ley
N*18.045, y a lo indicado en la Sección 11, punto 2.2, de la Norma de Carácter General
N*30 de esa Comisión, adjuntamos hecho esencial debidamente suscrito por el Gerente
General, tal como fue facultado.

Sin más, les saluda muy atentamente,

erente General

CC: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, Santiago – eBox
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores, Santiago
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores, Valparaíso
Archivo

www.cmcshipping.cl

HECHO ESENCIAL

IDENTIFICACION DEL EMISOR:

Inscripción en el Registro de Valores N? 129

chu ea

R.U.T.: 90.596.000-8

Razón Social Compañía Marítima Chilena S.A.
Domicilio Legal y Administrativo Urriola 87, piso 4

Teléfono (32) 2556344

Casilla 1410

Ciudad Valparaiso

Región 5

La presente comunicación se hace en virtud de lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo
del artículo 10” de la Ley N” 18.045, y que trata de un hecho esencial respecto de la sociedad,
sus negocios, sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos; como asimismo considerando
la Sección ll, punto 2.2, de la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el Mercado
Financiero.

HECHO ESENCIAL

Cumplo con informar que en sesión extraordinaria realizada el día de ayer, martes 13 de marzo
de 2018, el Directorio de Compañía Marítima Chilena S.A. ((CMC”) ha constatado que la
Sociedad ha dejado de cumplir con los requisitos copulativos establecidos en el artículo 50 bis
de la Ley N”18.046 sobre Sociedades Anónimas y, por lo tanto, ésta ya no se encuentra sujeta
a la obligación de contar con un Comité de Directores.

Asimismo, en la misma sesión indicada en el párrafo precedente, el Directorio de CMC acordó –
con el voto en contra de sólo un Sr. Director – que la Sociedad no optará por acogerse
voluntariamente a las normas contenidas en el artículo 50 bis de la Ley N*18.046 sobre
Sociedades Anónimas y que, en consecuencia, el Comité de Directores de CMC ha cesado en
sus funciones.

Se autorizó a) suscrito-para efectuar las comunicaciones pertinentes.

) Diué

Marcelo Ramos De Aguirre
Gerente General

Valparaíso, 14 de marzo de 2018

www.cmcshipping.cl

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c2157716b475d5fd5f44337416e4d801VFdwQmVFOUVRWHBOUkVFd1RsUlJOVTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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