CRUZ DEL SUR
AS STRVICIOS FINANCIEROS
HECHO ESENCIAL
Compañía de Seguros de Vida Cruz del Sur S.A.
Santiago, 28 de noviembre de 2013.
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Ref. Operaciones Habituales con Partes Relacionadas.
De mi consideración,
Por medio de la presente y en conformidad a la Ley 18.046 sobre Sociedades
Anónimas y a la Norma de Carácter General N” 30 de la Superintendencia de Valores y
Seguros, informo a Ud. lo siguiente:
Por medio de la presente y, en conformidad con lo dispuesto en el artículo del
artículo 10 inciso 2” de la Ley 18.045 y lo dispuesto en la Norma de Carácter General
N*30 de esa Superintendencia, vengo en comunicar en carácter de Hecho Esencial, lo
siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del inciso 2” del artículo 147 de la
Ley de Sociedades Anónimas, el Directorio de Compañía de Seguros de Vida Cruz del
Sur S.A., en su sesión celebrada el día 27 de noviembre en curso, se acordó por
unanimidad aprobar una Política General Relativa a las Operaciones Ordinarias
Habituales de la Sociedad con Partes Relacionadas, que corresponden a su giro y que
tienen por objeto contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y
condiciones a aquellas que prevalecen en el mercado, copia de la cual, se adjunta a la
presente.
La Política aprobada queda a disposición de los accionistas en las oficinas de la
compañía y se publicará en el sitio web de la misma www.cruzdelsur.cl.
Sin otro particular, saluda atentamente a u ted,
|
Alejandro Alzérreca’Luna
Gerente General
Compañía de Seguros de Vida Cruz del Sur S.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CRUZ DEL SUR S.A.
Av. El Golf 150, Piso 4. Las Condes, Santiago. Tel: (56-2) 2461 8000 Fax: (56-2) 2461 8334 www.cruzdelsur.cl
POLITICA DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES CON
PARTES RELACIONADAS
1. OBJETIVO
El propósito de la política de habitualidad para operaciones con partes
relacionadas es determinar las operaciones ordinarias en consideración al giro
social de Compañía de Seguros de Vida Cruz del Sur S.A., dando cumplimiento
con el inciso final del artículo 147 de la Ley 18.046, que entró en vigencia el 1* de
eS
enero de 2010.
2. ALCANCE
Todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de la Compañía de
Seguros de Vida Cruz del Sur S.A. con sus personas relacionadas. *RRReeseRR
3. POLÍTICA
Se entenderá por operaciones habituales de la Compañía de Seguros de Vida
Cruz del Sur S.A., aquellas que ésta realice corrientemente con partes
relacionadas dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal
desarrollo de las actividades de la Compañía. Lo anterior, sin perjuicio de que su
contratación sea por períodos mensuales, anuales o de mayor extensión. A este
efecto y para facilitar la determinación respecto a la habitualidad de una operación,
podrá tomarse en consideración la similitud de dicha operación con operaciones
que la sociedad ha realizado ordinaria y/o recurrentemente, antes del 1” de enero
de 2010 y durante el transcurso de los años 2010, 2011, 2012 y 2013. “++ORRR
En todo caso, las operaciones con partes relacionadas que fueran a celebrarse
con la sola autorización previa del Directorio, por ser éstas ordinarias en
consideración al giro social y enmarcarse en la presente política, deberán tener
por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones
a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación. PARAR
Esta política entrará en vigencia a contar de esta fecha y durará hasta el Directorio
que se realice con posterioridad a la celebración de la Junta Ordinaria de
Accionistas en que se renueve el Directorio. ARARARKAAARARERARARA KA KA RRA RRA KARA
Para la aplicación de la presente política, se considerarán como operaciones
habituales aquellas que se ejecutan periódicamente por la sociedad y sin las
cuales esta no podría desarrollar en forma normal, adecuada y eficientemente su
giro, dependiendo por tanto de las mismas para el sustento de su operación y el
correcto desenvolvimiento de su vida comercial habitual. “PRADA
A continuación se definen como operaciones habituales y ordinarias en
consideración al giro de la Compañía de Seguros de Vida Cruz del Sur S.A., entre
otras, las que se indican:
(a) Inversión en sociedades, valores mobiliarios, fondos mutuos, títulos de
inversión y ahorros; tanto en la compra y venta. “++? anna
(b) Realización de operaciones bancarias y financieras como la contratación de
créditos, derivados financieros, y demás necesarias para el manejo de sus
inversiones y excedentes de caja y realización de operaciones de cambios
internacionales. RRARERAKAKKK KARA * AAA ARA
(c) Contratación de asesorías en materias financieras, inmobiliarias,
administrativas, legales, informáticos y de sistemas, contables y tributarias.
ARA RRRRRRORICIRRRIN
(d) Contratación de seguros en general, “*+wRaRonanaar
(e) Contratación de servicios de viajes, pasajes y hotelería. “*HEARRT0A
Contratación de servicios de marketin, ublicidad para el desarrollo y
. e 9 .
promoción de los servicios y productos del Grupo Security. “+LARRRATRARAAA
Contratación de servicios de procesamiento y administración de datos y de
p y
Í A RARA ARA AA RARARRARARAR AAA AA
asesoría en gestión.
(h) Contratar y dar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e
inmuebles. * * eisdiiilad +
Sin perjuicio de todo lo anterior, la Compañía de Seguros de Vida Cruz del Sur
S.A. sólo podrá realizar operaciones con partes relacionadas cuando éstas se
ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el
mercado. RO dede FR RARA AAA RAN
Finalmente, el Directorio de la Compañía conocerá y deberá pronunciarse de
todas las operaciones con partes relacionadas cada tres meses, respecto de las
realizadas en el trimestre anterior, coincidentes con el cierre para los estados
financieros trimestral y una vez al año la Junta Ordinaria de accionistas conocerá y
deberá pronunciarse de todas las operaciones con partes relacionadas realizadas
en el ejercicio del año anterior. ARAAARAAA RA AA * * KAKAA KK AKAAAAAKK
La presente política deberá ser publicada en el sitio web de la Compañía
www.cruzdelsur.cl y quedará a disposición de los accionistas en las oficinas de la
sociedad. A EAS
ARKAEAARARARERA RAR RARA ARA
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=934d5b29473945198642f83323e68462VFdwQmVFMTZSWGhOUkVWNFRXcEZNMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909