2] CONSORCIO
HECHO ESENCIAL
COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA
CONSORCIO NACIONAL DE SEGUROS S.A.
Santiago, 11 de diciembre de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref.: Comunica Hecho Esencial
De mi consideración:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 9” y en el inciso 2” del artículo 10” de la Ley N2
18.045 sobre Mercado de Valores y demás normativa vigente, actuando debidamente
facultado al efecto, informo como hecho esencial de Compañía de Seguros de Vida
Consorcio Nacional de Seguros S.A., lo siguiente:
1. De acuerdo a lo informado en carácter de Hecho Esencial Reservado a la Comisión
para el Mercado Financiero con fecha 28 de octubre de 2020, en sesión
extraordinaria de Directorio de Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de
Seguros S.A. (“Consorcio Vida” o la “Compañía”) celebrada con esa fecha, el
Directorio fue informado de las negociaciones llevadas a cabo con Cardif Seguros
Rentas Vitalicias S.A., antes Scotia Vida Seguros de Vida S.A., actualmente BNP
Paribas Cardif Seguros de Vida S.A, (en adelante “Cardif”), relativas a la posible
adquisición por parte de nuestra Compañía, de una cartera de 993 contratos de
Rentas Vitalicias Previsionales y los respectivos activos asociados a dicha cartera, de
propiedad de Cardif (la “Operación”).
2. Dicha negociación se llevó a cabo en los términos definidos en Acuerdo de
Confidencialidad suscrito entre las partes con fecha 10 de agosto de 2020.
2] CONSORCIO
3. Luego de las respectivas negociaciones, las partes han celebrado con fecha de hoy
un Contrato de Promesa de Cesión de Cartera mediante escritura pública otorgada
en la Notaría de Santiago de don Roberto Cifuentes (el “Acuerdo de Cesión”),
mediante el cual la Compañía prometió comprar, aceptar y adquirir para sí, a Cardif,
quien prometió vender, ceder y transferir a Consorcio Vida, la Cartera de Rentas
Vitalicias referida precedentemente junto a los respectivos Activos Elegibles, de
conformidad a lo establecido en la Circular N* 925 de la CMF y los demás términos y
plazos establecidos en el Acuerdo de Cesión. La cartera de pólizas objeto de la cesión
al 30 de septiembre representaba una reserva técnica de UF 1.654.419,61. El precio
del contrato de cesión definitivo será la cantidad de UF 176.579, pagaderas por
parte de Cardif a Consorcio Vida, sujeto a eventuales ajustes de precio a la fecha de
firma del contrato de cesión definitivo.
4. El Acuerdo de Cesión, se encuentra condicionado a la autorización de la operación
por parte de la Comisión para el Mercado Financiero, una vez que se presenten en
tiempo y forma los antecedentes correspondientes para tal efecto, no existiendo
negociaciones pendientes entre las partes.
5. Hacemos presente que considerando el volumen de contratos a ser cedidos y la
valorización estimada de los activos a ser adquiridos, la materialización de la
operación no implica efectos financieros significativos sobre el patrimonio,
patrimonio de riesgo y/o reservas técnicas de la Compañía.
6. Considerando lo indicado precedentemente y en atención a lo señalado en la Norma
de Carácter General N” 30, por medio del presente Hecho Esencial cumplimos con
informar el cese del carácter reservado conferido a los acuerdos adoptados por el
Directorio, comunicados por el hecho reservado comentado precedentemente.
Hacemos presente que cualquier hecho relevante que se produzca con ocasión del Acuerdo
de Cesión será debidamente informado por la Compañía tanto a la CMF como al público en
general.
Sin otro partigular, se despide atentamente,
XA
Christian Unfger Vergara
Gerente General
Compañía de Seguros de Vida
Consorcio Nacional de Seguros S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=726da62aaf7915d79400ffd8a743c283VFdwQmVVMUVSWGxOUkZWM1RWUk5NMDUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108