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NUIT
HECHO ESENCIAL
San Fernando, 28 de Octubre de 2010.-
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendencia de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449
Presente
Ref.: Comunica HECHO ESENCIAL de COPEVAL S.A., Inscripción en el Registro de Valores N*
828.
De mi consideración:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10? de la Ley 18.045 y
en la Norma de Carácter General N* 30 de la Superintendencia, por medio de la presente comunico a
Ud. el siguiente Hecho Esencial:
Con fecha 27 de octubre de 2010, el Directorio de la Compañía acordó inscribir en la
Superintendencia de Valores y Seguros dos Líneas de bonos, en adelante las “Líneas de Bonos” por
un cantidad que, considerando ambas Líneas, podrá ser de hasta 2.500.000 Unidades de Fomento.
El plazo máximo de la Primera Línea de Bonos será de 10 años y el plazo máximo de la
Segunda Línea de Bonos será de 30 años, ambos contados desde la fecha en que cada una de las
mencionadas líneas sea inscrita en el Registro de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Los fondos obtenidos de la colocación de los bonos emitidos con cargo a las Líneas de
Bonos, serán destinados a: i) Al pago y/o prepago de pasivos de corto o largo plazo de la Sociedad
y/o de sus sociedades filiales e independientemente de que estén expresados en moneda nacional o
extranjera; ii) Al financiamiento de las inversiones de la Sociedad y/o de sus sociedades filiales; ii) A
otros fines corporativos generales de la Sociedad y/o de sus sociedades filiales. Los fondos podrán
destinarse exclusivamente a uno de los referidos fines o, simultáneamente, a dos o más de ellos y en
las proporciones que se indiquen en cada una de las emisiones de Bonos con cargo a las Líneas de
Bonos.
Los Bonos emitidos con cargo a las Líneas de Bonos podrán ser colocados en el mercado en
general, serán desmaterializados, al portador y no serán convertibles en acciones de la Sociedad.
Además, y de acuerdo con lo que se establezca en cada emisión, los Bonos podrán estar expresados
en unidades de fomento, pesos moneda nacional o en otra moneda y podrán contemplar distintas
unidades o formas de reajuste o no establecer reajuste alguno.
Las Líneas de Bonos estarán sujetas a la aprobación de la Superintendencia de Valores y
Seguros. Una vez obtenida dicha aprobación, y dependiendo de las condiciones de mercado, la
Compañía podrá colocar los bonos antes referidos.
Sin otro particular, saluda atentamente a Uste
–
COPEVAL S.A.
C.C. Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa de Valores de Valparaíso
Bolsa Electrónica d Chile
Archivo
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f9b6593fb9a0858eb840b77a82151bb4VFdwQmVFMUVSWGROUkVWNlRtcFpNazlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909