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COLEGIO CRAIGHOUSE S.A. 2010-10-29 T-15:24

C

Señor

COLEGIO CRAIGHOUSE S.A.
(Sociedad Anónima Abierta)
Inscripción en el Registro de Valores N* 275

HECHO ESENCIAL

Santiago, 29 de octubre de 2010

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O”Higgins 1449

Presente

De mi consideración:

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley N* 18.045, de
Mercado de Valores, y en la Norma de Carácter General N*30 de esta Superintendencia, debidamente
facultado vengo en comunicar a usted en carácter de hecho esencial lo siguiente:

En Junta Extraordinaria de Accionista (la “Junta”) de Colegio Craighouse S.A. (la “Sociedad”), celebrada
con fecha 28 de octubre de 2010, se adoptaron los siguientes acuerdos:

D

2)

3)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57 N“4 en relación al N%9 del artículo 67, ambos de
la Ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas, que exige, para la formulación o modificación de
Iquier plan de negocios que contemple la enaj ión de más del 50% del activo de una
sociedad anónima, aprobación previa de las dos terceras partes de las acciones emitidas con
derecho a voto, los accionistas de la Sociedad aprobaron, por el quórum exigido por ley, la
formulación de un plan de negocios que contempla la enajenación de la totalidad de los terrenos de
la Sociedad ubicados en Avenida El Rodeo N*12,525, La Dehesa, comuna de Lo Barnechea,
Santiago (el “Inmueble”), inscrito a fojas 8.424 N*10.232, año 1984, a fojas 11.031 N*15.198, año
1985, y a fojas 77.419 N*52.721, 1989, todas del Registro de Propiedad del Conservador de
Bienes Raíces de Santiago. El Inmueble representa más de un 50% del activo de la Sociedad.

El plan de negocios referido en el número 1) anterior, contempla la suscripción de los siguientes
documentos: (i) Otorgamiento de una opción irrevocable de compra a Sociedad de Rentas
Falabella S.A. por la totalidad del Inmueble, la que se mantendrá vigente por un plazo a ser
determinado por las partes, el que, en todo caso, no excederá del día 27 de diciembre de 2010; y
(ii) En caso de ejercerse por Sociedad de Rentas Falabella S.A. la opción de compra antes
señalada, la celebración de un contrato de compraventa, por el cual la Sociedad venderá, cederá y
transferirá a Sociedad de Rentas Falabella S.A. el Inmueble. Con la celebración del contrato de
compraventa referido, que implicará la enajenación del Inmueble, se concretará el plan de
negocios aprobado por la Junta.

Se facultó y autorizó ampliamente al directorio de la Sociedad, para los efectos de la ejecución,
materialización y cumplimiento de los acuerdos adoptados en la Junta, para adoptar todas las
resoluciones que estime necesarias para perfeccionar la enajenación del Inmueble, en los términos
aprobados por la Junta, sin limitación ni exclusión alguna, quedando especialmente facultado para
designar el o los mandatarios que procederán a otorgar la o las escrituras públicas necesarias para
la materialización de la misma, incluyendo los instrumentos aclaratorios o complementarios que
pudieran ser requeridos, y para practicar todos y cada uno de los trámites, diligencias y
actuaciones que sean necesarias para formalizar la enajenación del Inmueble y los demás acuerdos
adoptados en la Junta.

Sin perjuicio de lo anterior, informamos a Ud., en cumplimiento con lo dispuesto en la Norma de Carácter
General N930, sección 11, número 2.3, letra L), que por haberse aprobado el plan de negocios referido en
los números 1) y 2) anteriores, que contempla la enajenación de más de un 50% del activo de la Sociedad, y
conforme lo dispone el N%3 del artículo 69 de la Ley N*18.046 sobre Sociedades Anónimas, el o los
accionistas disidentes tendrán derecho a retirarse de la Sociedad. Para los efectos del derecho a retiro, se
considerará como accionistas disidentes a todos aquellos que en la Junta se hubiesen opuesto a la
aprobación del plan de negocios antes referido, y a todos aquellos que, no habiendo concurrido a la Junta,
manifiesten su disidencia por escrito a la Sociedad dentro del plazo de 30 días contados desde la
celebración de la Junta.

El derecho a retiro podrá ser ejercido por los accionistas que hayan manifestado su disidencia mediante
comunicación escrita enviada a la Sociedad por carta certificada o por presentación escrita entregada en el
lugar en que funcione la gerencia por un notario público que así lo certifique, dentro del plazo de 30 días
constados desde la celebración de la Junta, esto es, hasta el día 27 de noviembre de 2010.

Esta información es sin perjuicio de hacer llegar en su oportunidad copia del acta de la Junta Extraordinaria
de Accionistas correspondiente.

Saluda atentamente a usted,

/

Ello

Paul Velasco Vignola
Gerente General
Colegio Craighouse S.A.

ac: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaíso

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=773bed2332674555a3d7ea20b54c783cVFdwQmVFMUVSWGROUkVWNlRucFplRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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