Av. Apoquindo 4775, piso 11
Las Condes, Santiago – Chile
Tel.: (56-2) 460 40 00
Fax: (56-2) 460 40 05
HECHO ESENCIAL
COLBUN S.A.
Inscripción Registro de Valores N° 0295
Santiago, 2 de Marzo de 2011
GG N° 023/2011
Señor Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, piso 9
PRESENTE
Ref.: Modificación acuerdo sobre política de operaciones ordinarias habituales del giro social de Colbún S.A.
De mi consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9 e inciso 2° del Artículo 10 de la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N° 30 de esa Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, por la presente comunico a usted la información esencial respecto de Colbún S.A. (“Colbún”) que se indica a continuación.
De conformidad con lo establecido en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en su texto incorporado a la Ley sobre Sociedades Anónimas por la Ley N° 20.382, publicada en el Diario Oficial con fecha 20 de Octubre de 2009, el Directorio de Colbún S.A., en su sesión celebrada el día 1° de Marzo de 2011, acordó modificar la política general relativa a las operaciones ordinarias habituales de la Sociedad que corresponden a su giro, acordada en Sesión de Directorio celebrada el día 21 de Diciembre de 2009, quedando ésta en los términos contenidos en el documento que se adjunta.
Se deja constancia que la referida política queda a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá publicada en el sitio de internet de la compañía (www.colbun.cl).
Saluda atentamente a usted,
c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores
Comisión Clasificadora de Riesgo
POLÍTICA GENERAL SOBRE OPERACIONES ORDINARIAS HABITUALES DEL GIRO SOCIAL.
En sesión de directorio celebrada con fecha 21 de Diciembre de 2009, se aprobó una política relativa a las operaciones ordinarias habituales del giro social de Colbún S.A. (en adelante también e indistintamente la “Sociedad”), modificada posteriormente por acuerdo adoptado en sesión de directorio celebrada con fecha 1 de Marzo de 2011.
Todas las operaciones de la Sociedad con partes relacionadas, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 146 de la Ley de Sociedades Anónimas, deben tener por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalecen en el mercado.
En consecuencia, se definen como giro social y como operaciones ordinarias y habituales de acuerdo al giro social de Colbún S.A., las siguientes:
(a) Giro social de Colbún S.A.: Conforme a su objeto social corresponde a la producción, transporte, distribución, venta y suministro de energía eléctrica y potencia a través de la operación de centrales de generación eléctrica y de activos dedicados a la transmisión de energía eléctrica.
(b) Operaciones Habituales: Las operaciones ordinarias y habituales de Colbún S.A., dentro de su giro, son las siguientes:
(1) La compra y venta de energía eléctrica, tanto en el mercado regulado como a clientes libres, ya sea bajo contratos de suministro o no;
(ii) La compra y venta de potencia;
(iii) La contratación de servicios de asesoría en materias relacionadas con la producción, distribución y venta de energía eléctrica y potencia; la contratación de proyectos y estudios de ingeniería, ambientales y de otras especialidades, para el desarrollo, operación y mantención de los activos de la sociedad, tanto de generación como de transmisión; los demás servicios que resulten accesorios para lo anterior;
(iv) La adquisición y arriendo de bienes, así como la contratación de servicios y personal, necesarios para la el desarrollo, operación y mantención de los activos de la Sociedad, tanto de generación como de transmisión;
(v) La adquisición de los combustibles y demás insumos necesarios para la operación de las centrales de generación térmica e hídrica de la Sociedad, así como para la operación de sus demás activos, tanto de generación como de transmisión;
(vi) La contratación de los servicios y la compra de los bienes necesarios para el estudio, desarrollo y construcción de centrales de generación eléctrica, así como todas las actividades que resulten necesarias para lo anterior;
(vii) La realización de operaciones bancarias y financieras de toda clase, tales como la inversión en fondos mutuos y depósitos a plazo, la contratación de líneas de crédito y sobregiro en cuenta corriente, y las demás actividades necesarias para el manejo de los recursos líquidos de la Sociedad;
(viii) La realización de operaciones de cambios internacionales, como la compra y venta de divisas en el mercado interno, la remesa de divisas al exterior y la internación de divisas mantenidas o recibidas en el extranjero;
(ix) La realización de operaciones destinadas al financiamiento de las inversiones de la Sociedad y para el financiamiento de su capital de trabajo, ya sea mediante la contratación de créditos como a través de la colocación de instrumentos de deuda en los mercados nacionales o internacionales;
(x) La contratación de asesorías en materias financieras, contables, administrativas, tributarias y legales;
(xi) La contratación de servicios publicitarios; y
(xii) La contratación de asesorías y servicios, así como la adquisición de activos, bienes e insumos, necesarios para la operación de las oficinas y equipos de administración de la Sociedad.
(xiii) La realización de aportes de capital y el otorgamiento de préstamos, créditos y financiamiento en general, en que Colbún S.A. o sus sociedades filiales y coligadas, directas o indirectas, participen como acreedor, socio o accionista, y en que actúen como deudor o receptor de los referidos aportes o financiamiento cualquiera de dichas sociedades; y
(xiv) La realización de aportes y donaciones a la Fundación Colbún.
Se deja constancia que la política aprobada queda a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá publicada en el sitio de internet de la compañía (www.colbun.cl).
Santiago, 2 de Marzo de 2011.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9ac5874b05911ac45f633157cdd4e44dVFdwQmVFMVVRWHBOUkVGNlQxUkZORTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909