Santiago, 29 de Junio de 2011
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Avenida Libertador Bernardo O”Higgins N* 1449 – Piso 12
Presente
Ref.: Coca Cola Embonor S.A.
Registro de Valores N*%0622
Comunica HECHO ESENCIAL
De mi consideración:
Por la presente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 e
inciso segundo del artículo 10 de la Ley 18.045 y lo contemplado en la Norma de Carácter
General N* 30 de esa Superintendencia, encontrándome debidamente facultado, vengo en
comunicar en carácter de Hecho Esencial, lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en la letra b) del inciso segundo
del artículo 147 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, el Directorio de Coca-Cola
Embonor S.A., en su sesión celebrada el día de ayer, acordó ratificar íntegramente la
“Política General sobre Operaciones Ordinarias Habituales del Giro Social” que la
Sociedad mantenía vigente a esa fecha, la cual fue originalmente acordada por el Directorio
en sesión celebrada el 22 de Diciembre de 2009 e informada de conformidad con lo
dispuesto por el referido artículo 147. Adjunta a la presente encontrará una copia de la
referida Política.
Se deja constancia que la Política aprobada queda a disposición de
los accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá publicada en el sitio de Internet de la
Compañía (www.embonor.cl).
Saluda atentamente a Usted,
Cristián Hohlberg Recabarren
Gerente General
Coca-Cola Embonor S.A.
c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Y Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores
1 Avda. Apoquindo 3721 | Piso 10 | Las Condes | Santiago | Chile | Teléfono (562) 299 1400 | www.embonor.cl
S (bcatola Embenor
POLÍTICA GENERAL SOBRE OPERACIONES ORDINARIAS HABITUALES
DEL GIRO SOCIAL DE COCA-COLA EMBONOR S.A.
En sesión de directorio celebrada con fecha 28 de Junio de 2011, se acordó
ratificar integramente la presente Política relativa a las operaciones ordinarias
habituales del giro social de Coca-Cola Embonor S.A. (en adelante también e
indistintamente la “Sociedad”.
Todas las operaciones de la Sociedad con partes relacionadas, de acuerdo con la
definición contenida en el artículo 146 de la Ley de Sociedades Anónimas, deben
tener por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y
condiciones a aquellas que prevalecen en el mercado.
En consecuencia, se definen como operaciones ordinarias y habituales de acuerdo
al giro social de Coca-Cola Embonor $S.A., que se indica, las siguientes:
(a) Giro ordinario de Coca-Cola Embonor $S.A.:
De acuerdo con su objeto social, el giro social de Coca-Cola Embonor S.A.
comprende el producir, envasar o embotellar y conservar, distribuir y
comercializar bebidas gaseosas, sencillas y en base a jarabes, jugos, aguas,
otro tipo de bebidas y productos alimenticios y helados, entre otros, giro que
desarrolla directamente y a través de sus sociedades relacionadas.
(b) Operaciones Ordinarias y Habituales del Giro Social:
Para la aplicación de la presente Política, se consideran como operaciones
habituales, aquellas que se ejecutan periódicamente y sin las cuales la
empresa no podría desarrollar normal, adecuada y eficientemente su giro,
dependiendo por lo tanto de las mismas para el sustento de su operación y el
correcto desenvolvimiento en su vida comercial diaria. Lo anterior, sin
perjuicio de que su contratación sea por periodos mensuales, anuales o de
mayor extensión.
En virtud de lo anterior, se definen como operaciones ordinarias y habituales
en consideración al giro social de Coca-Cola Embonor S.A., entre otras, las
siguientes:
(1) La adquisición y contratación de insumos para su operación de
producción, envasado, embotellado y comercialización de los productos
propios del giro social, de los cuales, los principales son el jarabe o
concentrado para la elaboración de bebidas; las preformas, moldes,
matrices, botellas, latas, tapas y envases en general para el envasado
de los productos; la energía eléctrica para el funcionamiento de sus
Plantas; y las materias primas como azúcar, endulzantes y CO2;
(ii) La contratación de servicios de logística y transporte para la distribución
de los productos en las distintas regiones del país;
(iii) La adquisición y arriendo de bienes, así como la contratación de
servicios necesarios para la operación, mantención, cumplimiento de
requisitos sanitarios, resguardo y seguridad de las Plantas y de los
activos de la Sociedad;
(iv) La contratación de servicios de publicidad y marketing para el desarrollo,
promoción y apoyo de productos, categorías y marcas;
(v) La realización de operaciones bancarias y financieras, tales como la
inversión en fondos mutuos y depósitos a plazo, la contratación de
líneas de crédito y sobregiro en cuenta corriente, y las demás
actividades necesarias para el manejo de los recursos líquidos de la
Sociedad;
(vi) La realización de operaciones de cambios internacionales, como la
compra y venta de divisas en el mercado interno, la remesa de divisas al
exterior y la internación de divisas mantenidas o recibidas en el
extranjero;
(vii) La realización de operaciones destinadas al financiamiento de las
inversiones de la Sociedad y para el financiamiento de su capital de
trabajo, ya sea mediante la contratación de créditos como a través de la
colocación de instrumentos de deuda en los mercados nacionales o
internacionales;
(viii) La contratación de asesorías en materias financieras, contables,
administrativas, tributarias y legales; y
(ix) La contratación de asesorías y servicios, así como la adquisición de
activos, bienes e insumos, necesarios para la operación de las oficinas y
equipos de administración de la Sociedad.
Se deja constancia que la Política aprobada queda a disposición de los
accionistas en las oficinas sociales y se mantendrá publicada en el sitio de internet
de la Sociedad (www.embonor. cl).
Santiago 29 de Junio de 2011.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=2888ab8183b82ee92f687039d154ccc4VFdwQmVFMVVRVEpOUkVFMVQwUmplVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909