CMPC
Santiago, 10 de agosto de 2017
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref.: HECHO ESENCIAL
Empresas CMPC S.A.
Inscripción Registro de Valores N°115
Señor Superintendente:
En virtud de lo establecido en el artículo 9° e inciso segundo del artículo 10° de la Ley de Mercado de Valores y a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N°30 de la Superintendencia a su cargo, encontrándome debidamente facultado, por la presente informo a vuestra Superintendencia, como Hecho Esencial de Empresas CMPC S.A., Inscripción Registro de Valores N°115, lo siguiente:
1.
Como es de público conocimiento, la planta de celulosa Guaiba 2 (Planta Guaiba), ubicada en el Estado brasilero de Río Grande do Sul, detuvo su operación por 38 días en el mes de febrero de este año, a raíz de la existencia de daños en la caldera recuperadora. Con posterioridad a ese evento, la Planta operó hasta su mantención programada en el mes de julio.
Con esta fecha, la Compañía tomó conocimiento de un informe técnico efectuado por especialistas en el marco de la mantención descrita, el cual concluye que la caldera recuperadora presenta daños en diversas zonas de su interior. En consideración a lo anterior, el Directorio de CMPC en su sesión de hoy, tomó conocimiento de la necesidad de extender la paralización de la Planta hasta efectuar la reparación definitiva del equipo dañado.
Considerando la disponibilidad de componentes y el tiempo necesario para efectuar los trabajos, se estima, con la información disponible a esta fecha, que la Planta Guaiba reanudará su operación el 11 de noviembre de 2017. Esto significará una pérdida de producción de aproximadamente 400.000 toneladas de celulosa, adicionales a las informadas respecto del incidente de febrero.
El efecto de esta paralización se estima en aproximadamente US$ 200 millones, monto que comprende un menor margen de contribución asociado a la disminución de venta de celulosa en torno a US$ 140 millones, el que se irá reflejando durante el período de detención, y US$ 60 millones de costos asociados a la reparación de la caldera. El daño indicado se encuentra cubierto por las pólizas de seguro que la Empresa mantiene vigentes al efecto, habiéndose efectuado ya la notificación a las aseguradoras en tal sentido.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
c.C.:
MabmY
Hernán Rodríguez Wilson
Gerente General
Empresas CMPC S.A.
Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaíso
Comisión Clasificadora de Riesgo
EMPRESAS CMPC S.A.
Agustinas 1343 – Santiago, Chile – Teléfono: (562) 24412000 – www.cmpc.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=270257973c8ae378d8bff20a7ff049a9VFdwQmVFNTZRVFJOUkVVd1RWUlZNRTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909