Resumen corto:
CMF multa a Banco Falabella, Banco Consorcio, Ahorrocoop y El Detallista por UF 1.104,42 por no cumplir la Ley N°14.908 sobre pensiones alimenticias.
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30 de septiembre de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo aplicó sanciones de multa a dos bancos y dos cooperativas de ahorro y crédito por un total de UF 1.104,42, por otorgar créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, sin cumplir con lo establecido en la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
La Ley N°14.908 establece que las instituciones financieras deberán consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de otorgar un crédito y, en caso de que el solicitante figure como deudor de pensiones de alimentos, retener hasta el 50% del crédito otorgado para el pago de las pensiones adeudadas.
Las instituciones financieras sancionadas no dieron total cumplimiento de esta obligación.
Las sanciones aplicadas por la CMF son las siguientes:
- Banco Falabella, multa de UF 513,48. Resolución N° 8842.
- Banco Consorcio, multa de UF 153,72. Resolución N° 8787.
- Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Financieros Ahorrocoop Diego Portales Limitada, multa de UF 138,28. Resolución N° 8845.
- Cooperativa de Ahorro y Crédito El Detallista Limitada, multa de UF 298,94. Resolución N° 8788.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-85557.html