Resumen corto:
CMF publica ajustes al Capítulo 18-3 de la RAN, CNC y MSI para bancos, detallados en la Circular N°2.348. Detalles en https://www.cmfchile.cl/institucional/legislacion_normativa/normativa2.php?tiponorma=CIR&numero=2348
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16 de mayo de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó hoy ajustes al Capítulo 18-3 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN), referido al Compendio de Normas Contables (CNC) y al Manual del Sistema de Información (MSI) para bancos.
La nueva versión introduce una distinción en la forma en cómo se ajustan los parámetros y aspectos de orden técnico contenidos tanto en el CNC como en el MSI.
Respecto de estos ajustes, al no corresponder a cambios de índole normativo, se realizarán por medio de la emisión de un Oficio Circular, el cual será publicado, junto al plazo previsto para su implementación, en el sitio web de la CMF. Además, las modificaciones serán incorporados a los textos actualizados de las normas correspondientes.
En tanto, al igual que en la versión anterior, los cambios que correspondan a modificaciones de carácter normativo a las disposiciones tanto del CNC como del MSI, serán introducidos mediante Circular, cumpliendo para ello con los trámites previstos en dicho caso.
Cabe consignar que la Circular N°2.348 hoy publicada y que introduce el nuevo Capítulo 18-3 precisa los tipos de ajustes a los archivos y formularios normativos que serán informados mediante Oficio Circular, los cuales actualmente se encuentran, además del MSI para bancos, en la Circular N° 108 Cooperativas; Circular N° 23 de sociedades de apoyo al giro; Circular N° 1 de empresas emisoras de tarjetas de pago; Circular N° 1 de empresas operadoras de tarjetas de pago; y Circular N° 1 de entidades de créditos fiscalizados por la ley N°18.010.
En este sentido, las nuevas disposiciones también son extensivas a aquellas normas que las modifiquen o reemplacen.
De igual manera, para la información periódica de índole contable, que actualmente se encuentran contenidas en el Capítulo C-3 del CNC para bancos, Capítulo H-3 del CNC para cooperativas y en el Anexo N°3 de la Circular N°1 de empresas emisoras de tarjetas de pago, las actualizaciones a las líneas o ítem de los modelos de información financiera requeridos por la CMF, así como sus descripciones u otras especificaciones de la misma naturaleza que no correspondan a innovaciones o interpretaciones normativas, también serán ajustados vía Oficio Circular.
Para acceder al detalle de la normativa, puede ingresar en la sección Normativa del sitio web de la CMF.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-81348.html