Resumen corto:
CMF modifica normativa para filiales bancarias operadoras de tarjetas de pago, según Circular N° 2.355 publicada el 30 de julio de 2024. Cambios introducidos por el BCCh en Capítulo III.J.2 del Compendio de Normas Financieras.
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30 de julio de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó modificación a la normativa que define el régimen regulatorio aplicable a las sociedades filiales bancarias reguladas en el artículo 70 letra b) de la Ley General de Bancos, que ejerzan la actividad de operación de tarjetas de pago.
Lo anterior en virtud de las modificaciones introducidas por el Consejo del Banco Central de Chile (BCCh) al Capítulo III.J.2 de su Compendio de Normas Financieras, publicadas en el Diario Oficial el pasado 2 de julio.
La Circular N° 2.355, publicada hoy, introduce cambios en el Capítulo 11-6 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) sobre “Inversiones en Sociedades en el País”, así como a la Circular N° 8 refundida de Filiales bancarias. Dichos cambios dicen relación con el régimen regulatorio aplicable a las sociedades filiales bancarias que tengan el objeto social de operador de tarjetas de pago, incluyendo la información periódica que deberán aportar a la Comisión.
Cabe destacar que el Consejo de la CMF, a través de resolución fundada, ha eximido del trámite de consulta pública a la presente modificación normativa, dado que el cambio normativo se circunscribe a una ejecución de un Acuerdo del Consejo del BCCh, haciendo extensible a filiales bancarias normas en actual aplicación respecto de los restantes operadores de tarjetas de pago.
Para acceder al detalle de la normativa, los interesados pueden ingresar en la sección Normativa del sitio web institucional, en que se pone a disposición del público un Informe Normativo que evalúa el impacto de esta norma.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-83604.html