Resumen corto:
CMF consulta sobre Capítulo 21-10 de la RAN sobre garantías de riesgo de crédito, alineando con estándares internacionales. Consulta en: normativa_tramite.php.
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06 de enero de 2025.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa el inicio de la consulta pública del nuevo Capítulo 21-10 de la Recopilación Actualizada de Normas para bancos (RAN), sobre los requisitos y condiciones mínimas que deben cumplir las garantías constituidas a favor de un banco para ser aceptadas y utilizadas como mitigadores de riesgo de crédito.
La propuesta introduce un marco general de los elementos requeridos para el uso de garantías como mitigadoras de riesgo de crédito, así como para la adecuada gestión de éstas, de manera de minimizar los riesgos asociados. Lo anterior, aplica con independencia del propósito que tengan éstas, por ejemplo, para efectos de cómputo de provisiones, capital, límites de exposición u otro marco normativo.
Para definir los elementos que son necesarios para garantizar la idoneidad de las garantías y aquellos relacionados con los procesos prudentes de su valoración, se recopilaron los lineamientos locales existentes en la materia de los distintos cuerpos normativos y se compilaron en el nuevo Capítulo 21-10 de la RAN.
Dichos lineamientos, a su vez, se complementaron con los requisitos estipulados por el Comité de Basilea (BCBS), la Autoridad Bancaria Europea (EBA) y reguladores de otras jurisdicciones (OSFI, APRA, PRA), de modo de hacer concordante el marco de provisiones y capital, a los estándares internacionales.
Cabe recordar que en 2022 la CMF informó la finalización del Programa de Evaluación del Sector Financiero (FSAP) realizado por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial, cuyo reporte contempló análisis específicos enfocados en el desarrollo del mercado financiero en materias de competencia, inclusión financiera digital, finanzas verdes, endeudamiento de hogares y protección al consumidor, entre otras.
A su vez, dicho reporte identificó espacios de mejora normativa señalando la inexistencia de una orientación explícita sobre las garantías elegibles como mitigadoras de riesgo de crédito y la valoración de éstas para la determinación de provisiones.
En particular, se indicó que las regulaciones actuales no exigen que las garantías se valoricen en determinadas frecuencias y que se deberían elaborar normas que rijan el proceso de evaluación de garantía de los bancos considerando su admisibilidad, valor y perfil de riesgo del banco.
De esta forma, la CMF avanza en el cierre de brechas detectadas por el FSAP y continúa con la implementación del estándar internacional de Basilea III en todas sus materias, así como una mayor integración con los mercados financieros internacionales.
Capítulo 21-10 y ajustes en consistencia
El Capítulo 21-10 establece los lineamientos para realizar una adecuada y correcta gestión de las garantías y de sus riesgos asociados. En particular, la nueva propuesta en consulta establece:
- Responsabilidades, políticas, procedimientos y controles que debe tener un banco para un adecuado proceso de gestión de garantías.
- Requisitos generales y específicos de admisibilidad de garantías.
- Requisitos mínimos que debe contener la evaluación legal de las garantías.
- Definiciones y criterios generales y específicos de valorización y revalorización de las garantías.
- Otros lineamientos para el registro, custodia, alzamiento y ejecución de las garantías mantenidas como mitigadores de riesgo de crédito.
Adicionalmente, se ajusta en concordancia el Capítulo B-1 del Compendio de Normas Contables para bancos, particularmente, en aquellos requerimientos asociados a la admisibilidad de garantías y su valorización, así como los aspectos relacionados a la gestión de garantías, citando las instrucciones establecidas en el nuevo Capítulo 21-10 de la RAN y eliminando la duplicidad de instrucciones.
A su vez, se realizan modificaciones al Capítulo 1-13 de la RAN que tienen por objetivo destacar la gestión de garantías dentro del proceso general de gestión del riesgo de crédito.
Impacto normativo
Los ajustes planteados generan un ordenamiento y coherencia regulatoria respecto del tratamiento de garantías como mitigadores de riesgo de crédito, permitiendo identificar los requerimientos de cada uno de los marcos normativos que utilizan este tipo de instrumentos como mitigadores, la distinción de los distintos tipos de garantías admisibles en cada marco y la unificación de conceptos usualmente utilizados pero que no contaban con una definición normativa clara.
Lo anterior, entrega mayor consistencia y transparencia en el enfoque regulatorio de la Comisión y en cómo los bancos reconocen las garantías en línea con el riesgo expuesto y mitigado.
En cuanto a los niveles computados de provisiones, capital y márgenes de crédito individual, éstos se mantendrán, ya que la propuesta normativa no genera ajustes en el cálculo ni que los nuevos requerimientos de admisibilidad y/o valorización descuenten garantías ya contabilizadas.
Para acceder al detalle de la normativa, los interesados pueden ingresar en la sección Normativa en consulta del sitio web Institucional. Adicionalmente, la CMF pone a disposición de los interesados el informe normativo que, entre otras cosas, evalúa el impacto de esta propuesta.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-89303.html