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CMF publica en consulta modificaciones asociadas a cambios en el Compendio de Normas Financieras del Banco Central sobre regulación de emisores y operadores de tarjetas de pago. 2024-12-18 T-16:15

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Resumen corto:
CMF publica consulta para modificar regulación de tarjetas de pago tras cambios del BCCh; incluye PSP, adquirencia transfronteriza y nuevos deberes de información. Consulta abierta hasta 15/01/2025.

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18 de diciembre de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó en consulta modificaciones normativas derivadas de cambios en los Capítulos III.J del Compendio de Normas Financieras (CNF) del Banco Central de Chile (BCCh) relacionados a modificaciones en regulación de emisores y operadores de tarjetas de pago.

El 2 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial el Acuerdo N°2650-01-240627 del Consejo del BCCh, por medio del cual se actualizó la regulación sobre emisión y operación de tarjetas de pago. Estas modificaciones se incorporaron a los Capítulos de la Sección III.J de su CNF, adaptando la normativa en línea con la evolución de la industria de pagos minoristas.

Conforme explica el BCCh, los cambios, en lo medular, “reformulan la regulación de los Proveedores de Servicios para Procesamiento de Pagos (PSP) e incorporan dos nuevos modelos de negocio: sistemas alternativos para pagos en el exterior con tarjetas de pago emitidas en Chile (modelos de adquirencia transfronteriza) y sistemas de pago entre cuentas de un mismo emisor de tarjetas de prepago (sistemas de pago cerrados)”.

Por otra parte, dentro de las modificaciones realizadas, se adecúa en la normativa del BCCh la posibilidad de ejercicio del giro de operación de tarjetas de pago por parte de las filiales bancarias. Cabe destacar que respecto de sociedades filiales bancarias de la letra b) del artículo 70 de la Ley General de Bancos, estos cambios ya fueron recogidos e incorporados a la normativa de la CMF con la dictación de la Circular N°2.355 de 30 de julio de 2024.

Con motivo de las respectivas adecuaciones en el CNF es que en la presente propuesta se aborda la actualización de la normativa e instrucciones de la CMF.

De forma concisa es posible destacar las siguientes modificaciones:

  • Se introducen precisiones en materia de transferencias electrónicas de fondos (“TEF”) en el caso de Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos (“TPPF”) en la Circular N°1 sobre Empresas Emisoras de Tarjetas de Pago No Bancarias (“Circular N°1 Emisores No Bancarios”).
  • Se incorporan requerimientos y lineamientos asociados a la relación contractual entre emisores y operadores sub-adquirentes y PSP.
  • La inclusión de la figura del “Operador Sub-Adquirente” a la Circular N°1 sobre Empresas Operadoras de Tarjetas de Pago (“Circular N°1 Operadores”), y la modificación al régimen aplicable para PSP.
  • La inclusión de las actividades de adquirencia y sub-adquirencia transfronteriza, considerando sus requisitos de ejercicio como sus condiciones de autorización.
  • La incorporación de nuevos deberes de información y el perfeccionamiento de los actuales mecanismos de reportería asociado a la actividad de operación de tarjetas de pago, con el fin de que la CMF pueda monitorear y supervisar a estas nuevas entidades y estos nuevos servicios.
  • Se imparten instrucciones en relación con el régimen de adecuación al que se encuentran afectas las entidades que se detallan en las disposiciones transitorias del Capítulo III.J.2 del CNF.

Finalmente, se indica que como parte del proceso consultivo se espera recibir comentarios sobre la pertinencia y conveniencia de ampliar el conjunto de actividades complementarias dada la inclusión al perímetro de los Operadores Sub-adquirentes y la adquirencia transfronteriza como servicio.

La consulta pública estará vigente hasta el día 15 de enero de 2025.

En la sección Normativa del sitio web institucional, los interesados pueden acceder al Informe Normativo, con el detalle de estas modificaciones, y enviar sus comentarios.

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Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-88616.html

Por Hechos Esenciales
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