Resumen corto:
CMF sugiere prohibir créditos a convivientes civiles de directores de bancos y a quienes tengan más del 5% de participación. Consulta pública en el sitio web de la CMF.
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23 de enero de 2025.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó en consulta pública modificaciones a la normativa que regula la prohibición de otorgar créditos a directores y apoderados de bancos y personas relacionadas. Los ajustes precisan la definición de la sociedad sujeta a dicha prohibición e incorpora al conviviente civil como persona relacionada equivalente al cónyuge.
Cabe recordar que la Ley General de Bancos y el Capítulo 12-12 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) para bancos de la CMF, prohíben a los bancos conceder, directa o indirectamente, créditos a sus directores y a cualquier persona que se desempeñe como apoderado general de la respectiva institución. Tampoco permite otorgar créditos a los cónyuges e hijos menores, ni a las sociedades en que cualquiera de los mencionados forme parte o tenga participación.
Adicionalmente, también indica que la CMF tiene la facultad de excluir de tal condición a sociedades en que tales personas tengan una participación agregada que no sobrepase un determinado porcentaje, junto con establecer una sanción para las entidades que la contravengan: una multa igual al valor del crédito o su exceso.
Exclusión
La normativa vigente establece una exclusión de la prohibición cuando “la sociedad en que participe indirectamente alguna de esas personas, tenga giro efectivo, actividad real y patrimonio proporcionado a su giro, de manera que no exista la más leve duda sobre una posible interposición de personas que pretenda evadir la prohibición legal”.
Con el objetivo de precisar los alcances de dicha exclusión, se propone una definición que aplique en créditos otorgados a sociedades donde haya participación directa, o indirecta a través de una o más sociedades, en las que participan las personas afectas a la restricción o sus relacionados, con un porcentaje mayor al 5% de participación en capital o utilidades.
En tanto, considerando la aplicación de la Ley 20.830 que crea el Acuerdo de Unión Civil, se incorpora al conviviente civil dentro de las personas relacionadas y afectas a la prohibición.
La normativa en consulta incorpora además ajustes de concordancia en el Capítulo 12-4 de la RAN, sobre límites de créditos otorgados a personas relacionadas.
El detalle de la propuesta está disponible en la sección Normativa en Consulta del sitio web institucional. La CMF también publica un Informe Normativo que presenta los principales contenidos junto con la evaluación de su impacto.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-89867.html