Resumen corto:
La CMF modifica la Norma N° 136 sobre mutuos hipotecarios endosables y la Circular N° 1.713. La Ley N° 21.673 permite que mutuos superiores al 80% del valor del inmueble sean representativos de reservas técnicas con garantías estatales.
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27 de agosto de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió una modificación a la Norma de Carácter General N° 136, que establece normas relativas al otorgamiento y adquisición de mutuos hipotecarios endosables por las entidades aseguradoras y reaseguradoras y al registro y operación de los agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables.
La Ley N°21.673, de 30 de mayo de 2024, que adopta medidas para combatir el sobreendeudamiento, modificó el artículo 90 del Decreto con Fuerza de Ley N° 251, de 1931, permitiendo que los mutuos hipotecarios endosables, cuyo monto otorgado exceda del 80% del valor de tasación del inmueble dado en garantía hipotecaria, puedan ser representativos de reservas técnicas y patrimonio de riesgo de las compañías de seguros y reaseguros cuando existan seguros o garantías estatales que garanticen el pago de la cantidad que exceda dicho porcentaje. Previo a la modificación legal señalada, la condición sólo contemplaba la existencia de seguros.
La modificación normativa establece como condición, en el caso de garantías estatales, que se trate de fondos de garantía estatal fiscalizados por la Comisión.
Dicha modificación normativa entró en vigencia el día de ayer.
Adicionalmente, se ha modificado la Circular N°1.713 que instruye a los agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables el envío de la información mensual de mutuos en administración. Conforme a los cambios efectuados a la Circular, a contar del reporte del mes de agosto se ha incorporado la posibilidad de que se informen mutuos con garantía estatal. Mientras que, a contar del reporte de diciembre 2024, los agentes administradores de mutuos hipotecarios podrán informar el traspaso y administración de mutuos hipotecarios endosables que hubieren sido otorgados por bancos o cooperativas.
Link al archivo en CMFChile: https://cmfchile.cl/portal/prensa/615/w3-article-84394.html