CLUB HIPICO DE PUNTA ARENAS 8.A.
Señor
HECHO ESENCIAL
Punta Arenas, 09 de Abril de 2013
Fernando Coloma Correa
Supenntendente de Valores y Seguros
Superintendencia de Valores y Seguros
Presen
De nuestra consideración:
En mi calidad de Gerente General de la sociedad Club Hipico de Punta Arenas S.A., de
conformidad a lo dispuesto en el articulo 9* e inciso segundo del articulo 10* de la Ley de
Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N* 30 de esa Superintendencia y
debidamente facultado por la Sociedad al efecto, por la presente comunico a Ud., en
carácter de Hecho Esencial lo siguiente.
Con fecha 08 de abril de 2013, se llevó a cabo la Junta Ordinaria de Accionistas de la
Sociedad Club Hipico de Punta Arenas S.A., la cual se constituyó con un quórum de
99,8%
Durante la Junta Ordinaria se tomaron y aprobaron los siguientes acuerdos:
E
En relación a la Memoria, Balance, Estados de Resultado e Informe de los
Auditores Externos, respecto del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2012
Los accionistas presentes acuerdan unánimemente omitir la votación, procediendo
a su aprobación por aclamación.
Con respecto a la Distribución de Utilidades, atendido que no existen utilidades, no
resulta procedente su distribución. Sin embargo, se propone fijar como política de
distribución de dividendos, el reparto de al menos 30% de las utilidades liquidas
del ejercicio, destinando el saldo a fondo de reserva, una vez absorbidas las
pérdidas acumuladas. La junta aprueba este punto por la unanimidad de las
acciones presentes.
En relación a la remuneración de los Directores y dado los resultados de la
empresa se propone que el directorio no perciba remuneración por el presente año
2013. La junta aprueba este punto por la unanimidad de las acciones presentes.
En cuanto a los Auditores Externos se acordó elegir a la firma de auditoría IPA
SA.
Se informó a la asamblea las operaciones con personas relacionadas, de
conformidad con lo dispuesto en la ley 18.046.
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A CLUB HIPICO DE PUNTA ARENAS S.A.
6. Con respecto a la designación del periódico para las publicaciones que determina
la ley. La asamblea acuerda por la unanimidad de las acciones presentes designar
a “El Pingúino” como el periódico para las publicaciones sociales.
7, Finalmente se faculto al abogado Sr. Mauricio Sandoval Romero para que reduzca
el acta de esta Junta a escritura pública y al portador de copia autorizada de la
misma para que solicite las inscripciones, anotaciones y publicaciones que sean
necesarias o se estimen menester. Lo cual es acordado por la unanimidad de las
acciones presente.
Una copia certificada del acta correspondiente a la citada Junta será enviada a la
Superintendencia, dentro del plazo establecido para ello en la Norma de Carácter General
N? 30 de esta institución.
Hago presente que en cada oportunidad los representantes de la Sociedad Club Hípico de
Punta Arenas S.A., manifestaron su aprobación a viva voz.
Sin otro particular, le saluda atentamente.,
Villegas
Gerente General
DCV./ggg )
c.c.: Archivo
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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d4004223ee28f9c80a7c6be7fbcd4860VFdwQmVFMTZRVEJOUkVGNlRWUnJNVTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909