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CLUB DE DEPORTES VALLE ESCONDIDO S.A. 2024-05-14 T-17:19

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Resumen corto:
Notario certifica acta de sesión ordinaria de Club Deportes Valle Escondido S.A. en Gertrudis Echenique 30, Las Condes. Firmado digitalmente por Magdalena Sofia Latorre Larrain. Firmas de Pablo Alemparte Gueneau De Mussy, Carmen Román Arancibia, Marcelo Cibié Bluth, Matías Larraguibel Rubio. Acuerdos y poderes detallados. Firmado por Sergio Huidobro Martínez.

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Notario Santiago Patricio Raby Benavente

Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de REDUCCION A ESCRITURA PUBLICA ACTA SESIÓN ORDINARIA DE DIRECTORIO CLUB DE DEPORTES VALLE ESCONDIDO S.A. otorgado el

07 de Mayo de 2024 reproducido en las siguientes páginas.

Notario Santiago Patricio Raby Benavente.-

Gertrudis Echenique 30 oficina 32, Las Condes Santiago..- Repertorio Nro: 3804 – 2024.-

Santiago, 07 de Mayo de 2024.- [ AAN |] Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
123456900231 2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13102006 de la www.fojas.cl Excma. Corte Suprema.-

Certificado Nro 123456900231.- Verifique validez en http: fojas.cld.php?cod=not71patricrabybenaventéndoc=123456900231.- .- CUR Nro: F110-123456900231.-

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Firmado digitalmente por: MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN Fecha: 07.05.2024 16:25 Razón: Notario Suplente Ubicación: Santiago Pag: 11 PATRICIO RABY BENAVENTE NOTARIO PUBLICO GERTRUDIS ECHENIQUE 30 OF. 32, LAS CONDES 225992453 EMAIL: notariaraby(Mnotariaraby.cl

1 REPERTORIO N?*3804-2024

2 REDUCCION A ESCRITURA PUBLICA

3 ACTA

4 SESIÓN ORDINARIA DE DIRECTORIO

5 CLUB DE DEPORTES VALLE ESCONDIDO S.A.

ej En Santiago de Chile, a siete de mayo del año dos mil | veinticuatro, ante mí, MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, e| Abogado, Notario Público suplente del Titular de la Quinta
9) Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente, según 101 Decreto Judicial protocolizado con fecha dos de Mayo de dos 111 mil veinticuatro, ambos domiciliados en calle Gertrudis 12, Echenique número treinta, oficina treinta y dos, Las Condes, 13 Santiago, COMPARECE: don SERGIO ANDRÉS HUIDOBRO MARTÍNEZ, 14 chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad
15) número diez millones quinientos seis mil quinientos noventa 16 y cinco guión siete, mayor de edad guien acredita su 17| identidad con la cédula antes citada y expone: Que 18| debidamente facultado viene a reducir a escritura pública el 19 acta de la SESIÓN ORDINARIA DE DIRECTORIO CLUB DE DEPORTES 20| VALLE ESCONDIDO S.A.- Declara el compareciente que el acta 21 se encuentra firmada por: PABLO ALEMPARTE GUENEAU DE MUSSY; 22| CARMEN ROMÁN ARANCIBIA; MARCELO CIBIÉ BLUTH; MATÍAS

23| LARRAGUIBEL RUBIO.- El acta es del tenor siguiente: SESIÓN

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24| ORDINARIA DE DIRECTORIO CLUB DE DEPORTES VALLE ESCONDIDO

25 S.A.- EN SANTIAGO DE CHILE, a veinticinco de abril de dos

Certificado No 26 mil veinticuatro, siendo las dieciocho horas, en el 123456900231 Verifique validez en http: www.fojas.cl

21 domicilio social, se reunió el Directorio de la sociedad 28] Club de Deportes Valle Escondido S.A., con la asistencia

29 de sus directores don Pablo Alemparte Gueneau De Mussy, doña

30| Carmen Román Arancibia, don Marcelo Cibié Bluth y don Matías

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Larraguibel Rubio. Excusaron su asistencia don Carlos Fernández Calatayud, don Ignacio Cueto Plaza y don Jorge Ihnen. Presidió la Sesión don Pablo Alemparte Gueneau De Mussy y actuó como Secretario, especlalmente para tal efecto, don Marcelo Cibié Bluth. I.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR. Se dio lectura al Acta de la Sesión anterior, la cual fue aprobada por unanimidad de los directores presentes. II.- ACTUAL DIRECTORIO. El Presidente, recuerda que en la Junta Ordinaria de Accionistas del Club de Deportes Valle Escondido S.A., celebrada el nueve de junio de dos mil veintidos, resultaron elegidos como Directores de la sociedad los señores Jorge Ihnen Aravena, Matías Larraguibel Rubio, Pablo Alemparte Gueneau De Mussy, Marcelo Cibié Biuth, Carlos Fernández Calatayud, lgnacio Cueto Piaza y Carmen Román Arancibia. Pe acuerdo a lo dispuesto en el artículo octavo los Estatutos de la sociedad, reducidos a escritura pública con fecha once de enero de dos mil uno ante doña Yelica Jacqueline Lusic Nadal, Notario Público suplente de don Eduardo Pinto Peralta, los Directores duran tres años en sus Cargos, debiendo renovarse totalmente al final de su período. 1III.- CONFORMACIÓN DE MESA DIRECTIVA. En este acto los miembros del Directorio acuerdan que la nueva Mesa Directiva se conforme designándose como Presidente a don Pablo Alemparte Gueneau De Mussy, como Vicepresidente a don Matías Larraguibel Rubio y como Secretario a don Marcelo Cibié Bluth. IITI.- ACTUAL GERENTE GENERAL DEL CLUB DE DEPORTES VALLE ESCONDIDO S.A. El Presidente recordó que el actual Gerente General del Club de Deportes Valle Escondido S.A., don Alejandro Cicarelli Vila, fue designado en la Sesión de

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1| Directorio del veinte de junio de dos mil veintitres. IV.- bo

ACTUALES PODERES DE LA SOCIEDAD CLUB DE DEPORTES VALLE 3| ESCONDIDO S.A. El Presidente señaló que los actuales poderes

44 de la sociedad Ciub de Deportes Valle Escondido S.A. son los (57 que constan en el Acta de la Sesión de Directorio del veinte | de junio de dos mil veintitrés, reducida a escritura pública T7 con fecha once de octubre de dos mil veintitrés ante el 8] Notario de Santiago don Patricio Raby Benavente, Repertorio 9 Número diez mil seiscientos veinticinco guión doscientos 10| veintitres. Los mencionados poderes son los siguientes: A) 11 PODERES A MIEMBROS DEL DIRECTORIO. Se otorgan poderes a los 12, miembros del Directorio de la sociedad Club de Deportes 13l Valle Escondido S.A. mencionados en esta Acta, esto es, 14 señores Jorge Ihnen Aravena, cédula nacional de identidad is número diez millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil le setecientos veintiseis guión cero, Matías Larraguibel Rubio, 290l cédula nacional de ¡identidad número dieciseis millones :8| doscientos ocho mil setecientos sesenta guión seis, Pablo 19d Alemparte Gueneau De Mussy, cédula nacional de identidad 20l número seis millones sesenta y cuatro mil seiscientos trece 211 guión nueve, Marcelo Cibié Bluth, cédula nacional de 22l identidad número siete millones treinta y cinco mil cal seiscientos sesenta y siete guión ocho, Carlos Fernández

Pag: 417 al Calatayud, cédula nacional de identidad número cinco

25, millones doscientos trece mil novecientos treinta y ocho

Certificado N* 26 guión cuatro, Ignacio Cueto Plaza, cédula nacional de Verifique validez en http: www.fojas.cl

29 identidad número siete millones cuarenta mil trescientos 28l veinticuatro guión dos y Carmen Román Arancibia, cédula

29. nacional de ¡identidad número diez millones trescientos

30l treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno guión

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30 nueve, para que, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, representen a la Sociedad con las siguientes facultades: Uno.- Celebrar contratos de promesa; Dos.- Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar, a cualquier título, todas clase de bienes, raíces O muebles, corporales O incorporales; Tres.- Dar y tomar en arrendamiento, administración, concesión y otras formas de cesión O tenencia temporal, toda clase de bienes corporales 0 incorporales, raíces o muebles; Cuatro.- Dar y tomaf bienes en comodato; Cinco.- Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo; Seis.- Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario, y en secuestro; Siete.- Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; posponer hipotecas; servirlas y alzarlas; Ocho.- Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosa mueble vendida a plazo, sin desplazamiento u otras especiales; alzarlas y cancelarlas; Nueve.- Celebrar contratos de transacción, de novación; Diez.- Celebrar contratos de cambio; Once.- Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de correduría; Doce.- Celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, celebrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar o impugnar liquidaciones de siniestros, etcétera; Trece.- Celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, imponerse de su movimiento y aprobar y rechazar saldos;

Catorce.- Celebrar contratos de trabajo, colectivos 0

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EMAIL: notariaraby(Onotariaraby.cl individuales; contratar y despedir obreros o empleados y contratar servicios profesionales o técnicos y poner término a los mismos; Quince.- Celebrar cualquier otro contrato, nominado co no. En los contratos que se celebren en representación de la Sociedad y en los ya otorgados por elia, los mandatarios quedan facultados para convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente en las leyes, y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales, así como su enmienda, modificación o complementación; para fijar preclos, rentas, nonorarios, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y de entrega; para individualizar bienes, fijar cabida y deslindes; para cobrar, percibir, recibir, entregar, pactar solidaridad o indivisibilidad, tanto activa como pasiva, convenlr cláusulas penales yo multas a favor o en contra de la Sociedad, aceptar toda clase de cauciones, sean reales oO personales, y toda clase de garantías a favor de la Sociedad; para pactar prohibiciones de enajenar yo gravar; y para ejercitar y renunciar acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones, rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de los contratos, exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas y, en general, ejercitar todos los derechos y todas las acciones que competen a la Sociedad.
Podrán también otorgar cauciones para que la Sociedad garantice obligaciones de terceros, constituyéndola incluso en fiadora yo codeudora solidaria; Dieciséis.- Contratar préstamos en cualquier forma, con toda clase de organismos oO

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30 instituciones de crédito yo fomento, de derecho público oO privado, sociedades civiles 0 comerciales, sociedades financieras y, en general cualquier persona natural 0 jurídica, nacional o extranjera; Diecisiete.- Representar a la Sociedad ante los bancos, nacionales o extranjeros, estatales o particulares, con Jas más amplias facultades que puedan necesitarse; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarlas, de depósito yo de crédito; depositar, autorizar cargos, girar y sobregirar en ellas, imponerse de sus movimientos; y cerrar unas y otras; todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar u objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; dar órdenes de no pago; solicitar protestos de cheques; contratar préstamos, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarilos, avances contra aceptación, sobregl1ros créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, sea en cualquier otra forma; arrendar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarias y poner término a su arrendamiento; colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia 0 garantía y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos, en moneda nacional o extranjeta; efectuar operaciones de cambio; tomar boletas de garantía y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarlas en moneda nacional o extranjera; Dieciocho.- Abrir cuentas de ahorro, reajustables 0 no, a plazo, a la vista O condicionales, en el Banco del Estado de Chile o en otras instituciones bancarias, en ¡instituciones de previsión social o en cualquier otra institución de derecho público oO

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GERTRUDIS ECHENIQUE 30 OF. 32, LAS CONDES [03]

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EMAIL: notariarabyOnotariaraby.cl de derecho privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar e impugnar saldos y cerrarlas; Diecinueve.- Representar a la sociedad en las actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile, el Servicios de Aduanas, bancos comerciales u otras autoridades, en relación con la importación o exportación de mercaderías, sean temporales o definitivas, con facultades para suscribir todos los documentos y formular todas las declaraciones que sean necesarias para ello. En el ejercicio de este cometido y sin que la enunciación que sigue sea taxativa sino enunciativa, podrán presentar y firmar registros e informes de importación y exportación, solicitudes anexas, cartas, explicativas y todas clase de documentación que fuere exigida por el Banco Central de Chile; tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía, en los casos en que tales cauciones fueren procedentes, y pedir la devolución de dichos documentos; entregar y retirar y endosar conocimientos de embarque; solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha sido autorizada una determinada operación; firmar en representación de la Sociedad la declaración Jurada de valores que forma parte del texto de los registros, 0 informes de importación; celebrar compras y ventas de divisas, incluso condicionales Y a futuro, hacer declaraciones juradas; y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas la actuaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento del encargo que se les confiere; Veinte.- Girar, emitir, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, avalar, endosar en dominio, q RAY E Cy ‘ ” – ,

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30 cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, Cancelar, cobrar, transferir, extender, disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden O al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la Sociedad correspondan en relación con tales documentos; Veintiuno.- Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden O al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio. Veintidós.- Invertir los dineros de la Sociedad, celebrando al efecto, en: su representación todos los contratos que sean aptos paa ello, con toda clase de personas, naturales 0 jurídicas, de derecho público o de derecho privado. Quedan comprendidos en el ámbito de esta facultad los depósitos a plazo en bancos comerciales, particulares O estatales, y la ¡inversión en pOonos hipotecarios, en bonos de fomento reajustables, en pagarés del Banco Central de Chile, en pagarés de Tesorería General de la República, en sociedades financieras O en instituciones de intermediación financiera, en los demás instrumentos del mercado de capitales y, €n general, en cualquier otro sistema de inversión, de fondos mutuos, de ahorro, reajustables o no, a plazo corto, mediano o largo, a la vista o condicional que actualmente exista en el país oO que pueda establecerse en el futuro. Los mandatarios podrán, en relación con estas inversiones y con las que actualmente mantenga vigentes la Sociedad, abrir cuentas, depositar en ellas, retirar, en todo o en parte, y en cualquier momento, los dineros de la Sociedad, imponerse de sus movimientos y

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NOTARIO PUBLICO GERTRUDIS ECHENIQUE 30 OF. 32, LAS CONDES 225992453 EMAIL: notariarabyOnotariaraby.cl cerrarlas; aceptar cesiones de créditos hipotecario; 2 capitalizar, en todo o en parte y en cualquier tiempo, 3 intereses y reajustes aceptar o impugnar saldos; liquidar en

4 cualquier momento, en todo o en parte tales inversiones, si: etcétera; Veintitrés.- Contratar préstamos en cualquier forma con instituciones de crédito yo fomento y, en general ey) | con cualquier persona natural o jurídica, de derecho público

19 o de derecho privado; Veinticuatro.- Celebrar contratos para constituir o ingresar en sociedades de cualquier objeto, 10 sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, en lil comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie, 12 constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, 13 Cuentas en participación, sociedades de hecho, cooperativas, ¡4 representar a la sociedad con su voz y voto en otras a] sociedades, cualquiera que sea su clase u objeto, ¿el comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho, cooperativas, etcétera, en las que la a

Sociedad tenga interés o pueda llegar a tenerlo, con cx facultades para modificarlas, ampliarlas, formar otras 2op nuevas 0, en cualquier forma, alterarlas, pedir su >” disolución o terminación, incluso anticipada; expresar su intención de no continuarlas; pedir su liquidación 0 participación y llevar a cabo una y otra; y, en general, no) uu)

Pag: 1017 ejercitar y renunciar las acciones y dar cumplimiento a las ¡0 a == obligaciones que a la Sociedad correspondan como socia,

Certificado N’ comunera, gerente, liquidadora, etcétera, de tales 123456900231 Verifique validez en http: www.fojas.cl

9) sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en cel participación, sociedades de hecho, cooperativas, etcétera;

23 Veinticinco.- Pagar y, en general, extinguir por cualquier sol medio, las obligaciones de la Sociedad, cobrar y percibir

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30 extrajudicialmente todo cuanto se adeude a ella, a cualquier título que sea, por cualquiera persona natural oO jurídica, de derecho público o de derecho privado, incluso al Fisco, servicios o instituciones estatales, instituciones de previsión social, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, etcétera, ya sea en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales, raíces O muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, etcétera; Veintiséis.- Firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; Veintisiete.- Gravar con derecho de uso, usufructo y habitación los bienes de la sociedad y constituir servidumbres activas y pasivas; Veintiocho.- Concurrir ante toda clase de autoridades, sean de orden político, administrativo, tributario, aduanero, municipal, que se relacionen con el comercio exterior, Judiciales o de cualquiera otra clase y ante cualquier persona, de derecho público o de derecho privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios, etcétera, con toda clase de presentaciones y declaraciones, incluso obligatorias; modificarlas O desistirse de ellas; Veintinueve.- Tramitar documentos de embarque, desembarque y transbordo; extender, endosar 0 firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de libre tránsito, pagarés u órdenes de entrega de aduanas oO de intercambio de mercaderías oO productos y ejecutar, en general, toda clase de operaciones aduaneras, pudiendo al efecto otorgar mandatos especiales, presentar o

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PATRICIO RABY BENAVENTE NOTARIO PUBLICO GERTRUDIS ECHENIQUE 30 OF. 32, LAS CONDES 225992453 EMAIL: notariarabyQOnotariaraby cl suscribir solicitudes, declaraciones y cuantos instrumentos

Pa públicos o privados se precisen ante aduanas y desistirse de ¡4 ellas; Treinta.- Entregar o recibir de las oficinas de 44 Correos, telégrafos, terrestre, marítimo, aéreo, toda clase $ de correspondencia, certificada o no , plezas postales,

1d giros reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la Sociedad o expedidas

00 por ella; Treinta y Uno.- Solicitar para la Sociedad S concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto ¿2 y sobre cualquier clase de bienes corporales o incorporales, vil raíces o muebles; Treinta y Dos.- Por cuenta propia o ajena,
12) inscribir propiedad industrial, intelectual, nombre 13| comerciales, marcas comerciales y modelos industriales; 14| patentar inventos, deducir oposiciones y solicitar nulidades 5 y, en general efectuar todas las tramitaciones y actuaciones “| que sean procedentes en relación con esta material; Treinta 17 y Tres.- Representar a la Sociedad en todos los juiclos y 18 gestiones Judiciales en que tenga interés o pueda llegar a 19| tenerlo, ante cualquier tribunal ordinario, especial, so arbitral, administrativo o de cualquier otra naturaleza, así 21 intervenga la sociedad como demandante, demandada o tercero 20 de cualquier especie, pudiendo ejercer toda clase de cal acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de

Pag: 1217 cal 3urisdicción no contenciosa o de cualquier otra naturaleza.

sl En el ejercicio de este poder judicial los mandatarios

Certificado NO 2 123456900231

Verifique validez en http: www.fojas.cl mm quedan facultados para representar a la Sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato cel judicial, pudiendo desistirse en primera instancia de la >90l acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda

30l contraria, renunciar los recursos y los términos legales,

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30 transigir, compromete, otorgar a los Arbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación 0 avenimiento, celebrar unas UU otras, aprobar convenios y cobrar Yy percib1r; y Treinta y Cuatro.- Conferir mandatos judiciales y extrajudiciales, Y delegar una o más de sus facultades en otras personas, Y revocarlos cuantas veces lo estimen necesario. B) PODERES AL GERENTE GENERAL.- Sin afectar de manera alguna el mandato conferido en virtud del acuerdo precedente, el Directorio acordó conferir un mandato especial al nuevo Gerente General de la sociedad Club de Deportes Valle Escondido S.A., don ALEJANDRO CICARELLI VILA, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos sesenta y Cuatro mil novecientos noventa y dos guión uno, para que, sin perjuicio de la limitación se establece más adelante, represente a la Sociedad con las siguientes facultades: Uno.- Representar a la Sociedad en todos los asuntos, negocios y gestiones que fuere necesario realizar ante el Gobierno de Chile 0 cualesquiera otras autoridades 0 entidades “gubernamentales, sean políticas, económicas, administrativas, civiles o de cualquier otra naturaleza y, en particular, ante 1os Ministerios, Municipalidades, el Banco Central de Chile, el Comité de Inversiones Extranjeras, el Servicio de Impuestos Internos, la Comisión para el Mercado Financiero, así como ante cualquier persona natural o jurídica, pública oO privada, pudiendo firmar las solicitudes, memoriales, peticiones, declaraciones, actos y contratos, escrituras públicas 0 privadas, que fueren necesarias o convenientes pata el buen desempeño de su cometido; Dos.- Representar a la Sociedad ante bancos,

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EMAIL: notariarabyQOnotariaraby.cl

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0) nacionales o extranjeros, estatales o particulares; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarias, de depósitos yo de crédito; depositar, autorizar cargos, girar y sobregirar en ellas; imponerse de sus movimientos; y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera; aprobar u objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos, dar órdenes de no pago, solicitar protestos de cheques, contratar préstamos, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, sea en cualquier otra forma, arrendar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambio; tomar boletas de garantia y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional O extranjera; Tres.- Girar, emitir, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, rovalidad, endosar en dominio o cobro, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la Sociedad le correspondan en relación tales documentos; Cuatro.- Facultades de contratación en general, y especialmente de celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales;

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30 contratar y despedir obreros o empleados, Y contratar servicios profesionales 0 técnicos y poner término a 1l10S mismos y Cinco.- Cobrar y percibir todo cuanto se adeude a la Sociedad, a cualquier título que sea, por cualquier persona natural O jurídica, de derecho público o de derecho privado, incluso el Fisco, instituciones del Estado, instituciones de previsión social, ya sea en dinero o en otra clase de bienes muebles, corporales O incorporales y Firmar recibos, finigquitos y cancelaciones. Se deja especial constancia que el Gerente General podrá ejecutar y celebrar los actos, contratos Y convenciones comprendidos en el mandato que se le confiere en virtud de este acuerdo, números: uno, dos, tres y cuatro, sólo en la medida que el valor de cada uno de dichos actos, contratos, y títulos de créditos, efectos de comercio y convenciones sea igual o inferior al equivalente en pesos, moneda nacional, de doscientas unidades de fomentos. V.- REDUCCION DEL ACTA A ESCRITURA PÚBLICA. El Directorio acordó conferir poder al abogado Serglo Huidobro Martínez para que reduzca Aa escritura pública en todo o en parte la presente Acta, una vez que se encuentre firmada por todos los asistentes y pueda realizar todas las anotaciones, inscripciones Y subinscripciones que fueren procedentes ante quien corresponda. VIlI.- CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS. 5€e acordó dejar constancia que el Acta de la presente Sesión se entenderá aprobada desde el momento en que se encuentre firmada por todos los asistentes, pudiendo los acuerdos de que ella da cuenta ser llevados a efecto de inmediato, sin necesidad de la aprobación en otra posterior. No habiendo otro asunto que tratar, el Presidente levantó la Sesión,

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NOTARIO PUBLICO GERTRUDIS ECHENIQUE 30 OF. 32, LAS CONDES 225992453 EMAIL: notariarabyOnotariaraby.cl | siendo las dieciocho cuarenta Y cinco horas. El compareciente declara que hay firmas de PABLO ALEMPARTE

GUENEAU DE MUSSY; CARMEN ROMÁN ARANCIBIA; MARCELO CIBIÉ tal

4 BLUTH; MATÍAS LARRAGUIBEL RUBIO.- Conforme con el acta que si consta en el Libro respectivo.- En comprobante y previa (ay lectura firma el compareciente.- Doy fe. A

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