HECHO ESENCIAL
Compañía Chilena de Tabacos S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 88
Santiago, 14 de Mayo de 2010
Señores
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref: Demanda Philip Morris Chile
Comercializadora Limitada
Estimados señores:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 e inciso 2” del artículo 10* de la ley N?
18.045, y en la Norma de Carácter General N* 30 de esa Superintendencia,
encontrándome debidamente facultado, comunico a usted, como hecho esencial
respecto de la Sociedad, sus negocios y sus valores de oferta pública o de la oferta
de ellos, lo siguiente: Con fecha 14 de Mayo de 2010, la Compañía fue notificada de
una demanda por infracción a la libre competencia interpuesta en contra de la
Sociedad por Philip Morris Chile Comercializadora Limitada (PM) ante el Tribunal
de Defensa de la Libre Competencia (IDLC) por el supuesto incumplimiento de lo
resuelto mediante sentencia TDLC N*26/2005, lo que infringiría el DL 211 por
abuso de posición dominante. PM ha solicitado que la Sociedad sea condenada a
una multa de 20.000 UTA, que se ordene el cese de inmediato de las conductas y
se abstenga de realizarla en el futuro, con expresa condena en costas.
La Sociedad niega absolutamente los hechos en que se funda la demanda y
utilizará las instancias legales pertinentes para desvirtuar las imputaciones de PM.
Saluda atentamente a ustedes,
c.c.: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Valores de Valparaíso
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=32cdefe49176ef34beb698b96b7e789aVFdwQmVFMUVRVEZOUkVFeFRXcFpNMDFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909