(Y FOSFOROS..
Santiago, 3 de Junio de 2010
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
PRESENTE
Ref: Hecho esencial
N? Inscripción 0153
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley
de Mercado de Valores y artículo 63 de la Ley de Sociedades Anónimas y debidamente
facultada, informamos a usted como hecho esencial de la sociedad Compañía Chilena de
Fósforos S.A., lo siguiente:
Con fecha 2 de Junió de 2010, ha sido notificada la resolución pronunciada por Excma.
Corte Suprema en Recurso de Reclamación interpuesto en contra de la sentencia dictada por
el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en causa Rol N* 165-2008, caratulada
“Fiscalía Nacional Económica y Canadá Chemicals S.A. con Compañía Chilena de
Fósforos S.A.”.
Dicha resolución establece el pago de una multa ascendente a 1.500 Unidades Tributarias
Anuales (1.500 U.T.A.) por supuesta infracción a las disposiciones del Decreto Ley N* 211.
En lo que respecta a los efectos en Compajía Chilena de Fósforos S.A. la multa impuesta
afectará los Resultados del Ejercicio de la Fociedad.
Sin otro particular, le saluda muy atent:
COMPAÑÍA C
Viviana HorterPometto –
Gerente General
cc: Bolsa de Comercio
Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=3c2af93d3c6cc9ddfacf50940e771a24VFdwQmVFMUVRVEpOUkVFeFQxUlJlazlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909