Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CHUBB SEGUROS DE VIDA CHILE S.A. 2021-03-31 T-18:39

C

CHUBBS Chubb T +562.2549.8300

Miraflores 222, Piso 11 F +562.2632.6289
Santiago www.chubb.com/cl
Chile

Santiago, 31 de marzo 2021

Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Santiago
Presente
Ref.: Comunica Hecho Relevante y Esencial

De nuestra consideración,

En virtud de la presente, y de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente de esta Comisión, informo a usted en
carácter de Hecho Esencial y Relevante de CHUBB SEGUROS DE VIDA CHILE S.A. (“CHUBB VIDA” o la “Sociedad”),
lo siguiente:

Que, con fecha 31 de marzo de 2021, se realizó una Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad donde se aprobó,
con el voto favorable del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto, lo siguiente:

1. Fusionar a BANCHILE SEGUROS DE VIDA S.A. (“BANCHILE”) y CHUBB VIDA, mediante la absorción de BANCHILE
por CHUBB VIDA, e incorporándose a CHUBB VIDA la totalidad de los activos, pasivos, patrimonios y accionistas de
BANCHILE.

2. Los documentos que sirvieron de base para la fusión, en particular, los balances auditados de CHUBB VIDA y de
BANCHILE al 31 de diciembre de 2020, el informe pericial y la relación de canje de las actuales acciones de BANCHILE
por acciones de CHUBB VIDA que esta sociedad emitirá para ser entregadas a los accionistas de BANCHILE.

3. El aumento del capital social en la suma de $3.251.248.792 y la modificación de los artículos quinto y primero
transitorio del estatuto de la Sociedad, para reflejar los efectos de la fusión.

4. Un texto refundido y actualizado del estatuto de la Sociedad, que incluye los cambios antes indicados y otros necesarios
para ajustar los mismos a la Ley N” 18.046 sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento.

5. El otorgamiento de poderes que sean necesarios para la aprobación, formalización y materialización de la fusión de
sociedades.

En consecuencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 de la ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la
aprobación de la fusión por la Junta Extraordinaria de Accionistas de CHUBB VIDA concede al accionista disidente o
ausente el derecho a retirarse de la Sociedad, previo pago por ésta del valor de sus acciones. Teniendo en consideración
que se encontraron presentes y debidamente representadas en la Junta el 100% de las acciones que la Sociedad tiene
emitidas, y que la fusión por incorporación de BANCHILE en CHUBB VIDA fue aprobada con el voto favorable del total
de dichas acciones, no se ha originado derecho a retiro.

Sin otro particular, lo saluda atentamente,

pl by:
barna draga.

a >MH-47E2CFS92982426.
Karina Araya Liberona

Gerente Legal £ Cumplimiento
Chubb Seguros de Vida Chile S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=6e09842f6c7e22a3f8c67166ccfebe99VFdwQmVVMVVRWHBOUkVWNVRYcFpkMDFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
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