Santiago, 4 de Junio de 2019
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Avda. Libertador Bernardo O”Higgins 1449
PRESENTE
Ref.: Informa hecho relevante.
De nuestra consideración:
En conformidad a lo dispuesto en los artículos 9? y 10? de la Ley N*18.045, sobre Mercado
de Valores, y en las Circulares N* 662 y N* 991 de la Superintendencia de Valores y Seguros
(hoy, Comisión para el Mercado Financiero), el suscrito, debidamente facultado para ello, en
representación de Chubb Seguros de Vida Chile S.A. (la “Compañía”) informo a usted lo
siguiente en carácter de Hecho Relevante en relación con los negocios de la Compañía:
Que tal como se indicó en Hecho Relevante de fecha 28 de Enero del año en curso, la
Compañía, Chubb Seguros Chile S.A., Banchile Corredores de Seguros Limitada y Banco de
Chile suscribieron un Contrato Marco de Alianza Estratégica (el “Contrato Marco”), que
contempla distribución exclusiva de seguros de vida y generales, a través de múltiples
canales, incluyendo en sucursales, cajeros automáticos, marketing directo y una serie de
canales digitales. Banchile Corredores de Seguros Limitada distribuirá los productos de
seguros de las compañías de seguros Chubb.
En esa ocasión también se informó que la Alianza Estratégica quedaría sujeta a la condición
suspensiva de que la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) apruebe la celebración de los
contratos a través de los cuales se estructura dicha alianza, esto es, Contrato de Acceso
Exclusivo a Canales de Distribución, dos Contratos de Suministro, Intermediación y
Distribución de Seguros, dos Contratos de Recaudación y un Convenio de Uso de Marca (los
“Contratos de la Alianza Estratégica”).
Que, habiéndose cumplido todos los trámites acordados por las partes para efectos del
cumplimiento de la mencionada condición suspensiva y, habiendo sido notificada por parte
de la FNE su resolución por medio de la cual resolvió que la transacción notificada no
constituiría una operación de concentración, informamos a Ud. que las partes han suscrito con
esta fecha los Contratos de la Alianza Estratégica, razón por la cual, dicha alianza ha
comenzado su vigencia de acuerdo a/los términos y condiciones que se estipulan en cada
contrato. |
Sin otro particular, saluda atentamente a Usted,
carlo Merello
Gerente de Administración y Finanzas
Chubb Seguros de Vida Chile S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b8ee59c02826dafedbf25b224ed95ba9VFdwQmVFOVVRVEpOUkVFMVRtcEJlVTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108