Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CHILQUINTA ENERGIA S.A. 2010-02-25 T-09:43

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Resumen corto:
($) CHILQUINTA energía HECHO ESENCIAL CHILQUINTA ENERGIA S.A. INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE VALORES N?* 893 GG-112010 Valparaíso, 24 de febrero de 2010. Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros Av. Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449, Piso 1 Santiago De mi conside
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($) CHILQUINTA energía

HECHO ESENCIAL CHILQUINTA ENERGIA S.A.
INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE VALORES N?* 893

GG-112010

Valparaíso, 24 de febrero de 2010.

Señor

Guillermo Larraín Ríos

Superintendente de Valores y Seguros

Av. Libertador Bernardo O’Higgins N* 1449, Piso 1

Santiago

De mi consideración,

Para los efectos establecidos en los artículos 9% y 10% inciso segundo de la ley N* 18.045; lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 30 emitida por esa Superintendencia, informo a usted y al mercado en general, en carácter de hecho esencial, respecto de Chilquinta Energía S.A., lo siguiente:

a) En la Sesión Ordinaria del Directorio de Chilquinta Energía S.A., celebrada con esta misma fecha, se acordó aprobar la Política General de Habitualidad de Chilquinta Energía S.A. para Operaciones Ordinarias del Giro Social con Partes Relacionadas (la Política de Habitualidad), según lo indica el artículo 147 letra b) de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas.

b) De acuerdo a lo indicado por el artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas, dicha Política de Habitualidad permitirá a la Sociedad eximirse del cumplimiento de los requisitos y procedimientos indicados en los números 1 al 7 de dicho artículo, para aprobar operaciones con partes relacionadas que sean de aquellas indicadas en la referida Política de Habitualidad.

Cc) Se hace presente que la Política de Habitualidad que se adjunta en este hecho esencial, será puesta a disposición de los accionistas sociales y en el sitio de Internet de Chilquinta Energía S.A. (www.chilquinta.cl).

Saluda atentamente a usted,

Cristián Arnolds Reyes Gerente General Chilquinta Energía S.A.

eE Bolsa de Comercio de Santiago Bolsa de Valores de Chile Bolsa de Valores de Valparaíso

Dirección: General Cruz 222 – Casilla 12 V Fono: (56-32) 245 2000 – Fax: (56-32) 223 1171

Valparaíso + Chile – www.chilquinta.cl

($) CHILQUINTA energía

POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD DE CHILQUINTA ENERGIA S.A.
PARA LAS OPERACIONES ORDINARIAS DEL GIRO SOCIAL CON PARTES RELACIONADAS

De conformidad con lo establecido en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas (“la Ley”), el Directorio de Chilquinta Energía S.A. (la “Sociedad), en su Sesión Ordinaria celebrada con fecha 24 de febrero de 2010, acordó por la unanimidad de los Directores presentes aprobar la presente “Política General de Habitualidad de Chilquinta Energía S.A. para las Operaciones Ordinarias del Giro Social con Partes Relacionadas” (la “Política de Habitualidad'”).

1.- Objetivo y Alcance de la Política de Habitualidad.

La presente Política de Habitualidad tiene por objeto determinar las operaciones habituales de la Sociedad que, siendo ordinarias en consideración a su giro social, podrán celebrarse, ejecutarse yo llevarse a cabo con partes relacionadas (las “Operaciones Habituales”), sin necesidad de cumplir con los requisitos, formalidades y procedimientos que se establecen en los numerales 1 al 7 del inciso 1% del artículo 147 de la Ley, en la medida que dichas operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación.

2.- Giro Social de Chilquinta Energía S.A.

Para los efectos de esta Política de Habitualidad, se deja constancia que el actual objeto social de la Sociedad es el siguiente: (a) Distribuir, transmitir, generar, transportar, transformar, comprar, suministrar y vender energía eléctrica o de cualquier naturaleza, o los elementos o insumos necesarios para producirla, en forma directa o a través de otras empresas; (b) Obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos, y solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; (c) Realizar en forma directa o a través de otras Empresas, la compra, venta, importación, exportación, elaboración o producción, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías que digan relación con la energía de toda clase, el hogar, deportes, esparcimiento o la computación;

Dirección: General Cruz 222 +Casilla 12 Fono: (56-32) 245 20 00 6-32

Valparaíso * Chile + www.chilquinta.cl (Y) CHILQUINTA energía (d) La adquisición, producción, almacenamiento, transporte, distribución, transformación y comercialización de gas natural; (e) La adquisición, producción, almacenamiento, transporte, distribución, transformación y comercialización por redes de otros gases derivados del petróleo y de gases combustibles en general; (f) La prestación de servicios, fabricación, comercialización de equipos y materiales, y ejecución de obras, relacionados con los objetos señalados anteriormente o necesarios para su operación y desarrollo; (g) Toda otra actividad necesaria o conducente al cumplimiento de los objetivos antes señalados; (h) Efectuar en forma directa o indirecta actividades relacionadas con las telecomunicaciones, el transporte, el turismo, los seguros y financieras, e

(1) Además, la Sociedad podrá destinar sus disponibilidades en el mercado de capitales y realizar actividades relacionadas con su objeto. Las actividades de la Sociedad que conforman su objeto social podrán desarrollarse en el país o en el extranjero.

Política de Habitualidad.

Se considerarán Operaciones Habituales, todas aquellas operaciones, actos, contratos, acuerdos yo negocios que la Sociedad realice con partes relacionadas, independientemente de cual sea su monto oO duración, en la medida que dichas Operaciones Habituales se correspondan con el objeto social indicado en el numeral 2 anterior, y sean necesarias yo convenientes para el normal desarrollo de las actividades de la Sociedad en el cumplimiento de su giro u objeto social.

Sin perjuicio de lo anterior, todas estas Operaciones Habituales deberán siempre tener por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación.

Entre las operaciones ordinarias del giro de la Sociedad que se realizan con partes relacionadas, y sin que la numeración que sigue sea taxativa sino meramente referencial o enunciativa, se encuentran las siguientes Operaciones Habituales:

Operaciones de compra o venta, arrendamiento, usufructo, servidumbres, sea de bienes muebles o inmuebles, según corresponda yo la prestación y contratación de diversos servicios asociados o necesarios para el desarrollo del giro social que se realicen por la Sociedad con algunas de las siguientes compañías: (i) Tecnored S.A.

(Y) CHILQUINTA energía (ii) Energía de Casablanca S.A.
(iii) Compañía Eléctrica del Litoral S.A.
(iv) Luzlinares S.A.
(v) Luzparral S.A.
(vi) Inmobiliaria Del Litoral S.A.
(vii) Generadora Sauce Andes S.A.

Si en el futuro naciera o se constituyera una nueva empresa relacionada, que pase a formar parte del mismo Grupo Empresarial, se considerará por el sólo hecho incluida en la lista precedente, sin necesidad e modificar esta Política.

En caso de dudas en la determinación del carácter ordinario o habitual de una Operación Habitual, se considerará la semejanza de dicha operación con otras que la Sociedad haya efectuado en forma ordinaria o recurrente, incluso con anterioridad a la aprobación y vigencia de la presente Política de Habitualidad.

4.- Publicidad

Para los efectos de lo dispuesto en la letra b) del inciso segundo del artículo 147 de la Ley, queda establecido que esta Política de Habitualidad se encontrará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y será debidamente publicada en el sitio de Internet de la Sociedad (www.chilquinta.cl)

5.- Vigencia.

La presente Política de Habitualidad entrará en vigencia con esta fecha y estará vigente mientras el Directorio de la Sociedad no acuerde su modificación o reemplazo, caso en el cual, las modificaciones o reemplazo serán informadas a la Superintendecia de Valores y Seguros, y se cumplirán los requisitos de publicidad exigidos por la Ley.

Valparaíso, 24 de febrero de 2010.-

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=bed32e01867f7e68740182c4e2d79a3bVFdwQmVFMUVRWGxOUkVGNFRucFZNRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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