Banco de Chile
GERENCIA GENERAL
Santiago, 12 de marzo de 2020.
0020021
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
“Presente
Ref: HECHO ESENCIAL. Emisor: BANCO DE CHILE
Señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N° 18.045 y el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas para Bancos, informo como Hecho Esencial respecto de esta institución que en Sesión Ordinaria N° BCH 2.918, de fecha 12 de marzo en curso, el Directorio del Banco de Chile acordó que, a contar del presente ejercicio, se deberán constituir provisiones para dividendos mínimos sobre el saldo de la utilidad líquida mensual que resulte de rebajar o agregar a la utilidad líquida del periodo correspondiente, la corrección del valor del capital pagado y reservas por efecto de la variación del Índice de Precios al Consumidor, ocurrida entre el mes anterior de que se trate y el mes de noviembre del ejercicio anterior. Se acordó asimismo mantener en un 60% la provisión mensual sobre el saldo de la utilidad así calculada.
Saluda atentamente a
ed,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a18c5cbdeeef8ebc7a93366bc0aac53aVFdwQmVVMUVRWHBOUkVFeFRXcE5OVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108