Banco de Chile
GERENCIA GENERAL
Santiago, 14 de marzo de 2019.
0018314
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Ref: HECHO ESENCIAL. Emisor: BANCO DE CHILE
Señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N° 18.045 y el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, informo como Hecho Esencial respecto de esta institución que en Sesión Ordinaria N° BCH 2.897, de fecha 14 de marzo en curso, el Directorio del Banco de Chile acordó que se deberá constituir provisiones para dividendos mínimos del 60% de la utilidad líquida distribuible que se vaya generando durante el curso del ejercicio. Para estos efectos se entenderá por utilidad líquida distribuible la cantidad resultante de rebajar a la utilidad líquida del periodo correspondiente, la corrección del valor del capital pagado y reservas por efecto de la variación del Índice de Precios al Consumidor, ocurrida entre el mes anterior de que se trate y el mes de noviembre del ejercicio anterior.
Saluda atentamente a usted,
Gerente General
Eduardo Sperger Orrego
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e405684cbd84f7ac961527a20d847daeVFdwQmVFOVVRWHBOUkVFd1RYcFpNazlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108