Banco de Chile
GERENCIA GENERAL
Santiago, 30 de diciembre de 2015
0013988
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Ref: HECHO ESENCIAL.
Señor Superintendente:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N° 18.045 y el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, informo como hecho esencial respecto de esta institución que con esta fecha el Banco de Chile y su filial Banchile Corredores de Seguros Limitada, han suscrito con Banchile Seguros de Vida S.A. los convenios en materia de seguros que se detallan a continuación, todos con vigencia desde el 1 de enero de 2016 al 1 de enero de 2020, excluyendo de los mismos aquellos seguros asociados a créditos hipotecarios que deben ser objeto de licitación pública de acuerdo al artículo 40 del DFL 251 de 1931:
1. Convenio de Intermediación suscrito entre la sociedad filial Banchile Corredores de Seguros Limitada y la sociedad relacionada Banchile Seguros de Vida S.A.
2. Convenios suscritos por Banco de Chile con Banchile Seguros de Vida S.A.:
a) Convenio de Recaudación, Cobranza y Administración de Datos.
b) Convenio de Uso de Canales de Distribución.
c) Convenio de Uso de Marca Banchile.
d) Convenio de Desgravamen.
3. Acuerdo Marco para Banca Seguros suscritos entre Banco de Chile, Banchile Corredores de Seguros Limitada y Banchile Seguros de Vida S.A.
Se hace presente que Banchile Seguros de Vida S.A. es una empresa relacionada al Banco de Chile de acuerdo a lo previsto en el artículo 146 de la Ley sobre Sociedades Anónimas. A su turno, Banchile Corredores de Seguros Limitada es una sociedad filial del Banco de Chile, constituida de acuerdo al artículo 70 letra a) de la Ley General de Bancos.
Arturo Taglé Quiroz
Gerente General
Saluda atentamente a usted,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=74ee928bd24476bd548a77df616b8522VFdwQmVFNVVSWGxOUkVVeFRucEplazVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909